NOM-050-PESC--2004: Pesca Responsable en el Embalse del Lago de Tecocomulco en el Estado de Hidalgo. Especificaciones para el Aprovechamiento de los Recursos Pesqueros.

DependenciaSecretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación
ClaveNOM-050-PESC--2004
Tipo de normaDefinitiva
Rama de la Actividad EconómicaPesca, Caza y Captura
ProductoPescado

NORMA Oficial Mexicana NOM-050-PESC-2004, Pesca responsable en el embalse del Lago de Tecocomulco en el Estado de Hidalgo. Especificaciones para el aprovechamiento de los recursos pesqueros.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación.

NORMA OFICIAL MEXICANA NOM-050-PESC-2004, PESCA RESPONSABLE EN EL EMBALSE DEL LAGO DE TECOCOMULCO EN EL ESTADO DE HIDALGO. ESPECIFICACIONES PARA EL APROVECHAMIENTO DE LOS RECURSOS PESQUEROS.

LILIA ISABEL OCHOA MUÑOZ, Coordinadora General Jurídica de la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 35 fracciones XXI incisos d) y e) y XXII de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 1o., 2o., 3o. fracciones VI y IX, 22, 23, 24 fracciones III, IV, VI, VIII, XII, XVI, XVII, XVIII, XIX, XX, XXI, XXII, XXIII, XXIV y XXV de la Ley de Pesca; 1o., 2o. fracciones I, III, V, VI, VII, VIII, XIII, XIV y XVIII, 3o., 5o., 16 fracción II, 24, 25, 26, 29, 32, 34, 35, 36, 39, 40, 41, 45 fracciones I, II, V, VI, VII, VIII, X, XI, XII y XIII; 47, 80, 83, 86, 88, 89, 90, 91, 92, 93, 94, 95, 98, 99, 100, 125, 128, 129 fracciones I, III y V, 130 y 144, 145, 146, 147 y 148 de su Reglamento; 1o., 2o. fracción II, 3o. fracciones IX, XI y XVI, 5o., 6o., 38 fracción II, 40 fracciones I, X, XIII, XVIII, y último párrafo, 41, 43, 44, 45, 46, 50, 52, 56, 62, 63, 64, 73 y 74 de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización y 28, 32, 33 y 34 de su Reglamento, así como el artículo 15 fracciones XXX y XXXI del Reglamento Interior de la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación, he tenido a bien expedir la presente Norma Oficial Mexicana NOM-050-PESC-2004, Pesca responsable en el embalse del Lago de “Tecocomulco” en el Estado de Hidalgo. Especificaciones para el aprovechamiento de los recursos pesqueros.

INDICE

  1. Introducción

  2. Objetivo y campo de aplicación

  3. Referencias

  4. Definiciones

  5. Especificaciones para el aprovechamiento de los recursos pesqueros en el embalse del Lago de Tecocomulco en el Estado de Hidalgo

  6. Grado de concordancia con Normas y recomendaciones internacionales

  7. Bibliografía

  8. Observancia de esta Norma

  9. Evaluación de la Conformidad

0. Introducción

0.1 Considerando que el embalse del Lago de Tecocomulco se encuentra al Sureste del Estado, en la cuenca hidrológica del mismo nombre, comprendida entre dos regiones de integración territorial al Norte con la de Tulancingo y al Sur con el Municipio de Cuautepec. El lago se localiza a 17 km al Noroeste de Ciudad Sahagún, en la confluencia de los municipios de Tepeapulco, Cuautepec y Apan. Es considerada como un humedal que forma parte de la cuenca hidrográfica del Valle de México y representa actualmente uno de los cuerpos de agua más importantes del Estado, no sólo por su extensión, sino por lo poco contaminado de sus aguas y lo bien conservado de su flora acuática.

0.2 Que esta cuenca es una división regional hidrológica de la Cuenca del Valle de México y cubre una superficie de 49,300 hectáreas, con un volumen promedio de 2,718.24 m3 y con una capacidad máxima de 6,099,912 m3, inundando un área de 1,769 hectáreas.

0.3 Que actualmente sus usos son la pesca comercial, turismo náutico, cacería y la extracción de agua en determinadas épocas a través de canales artificiales para el riego agrícola y también se utiliza como abrevadero de ganado ovino y vacuno.

0.4 Que en el embalse del Lago operan dos organizaciones de pescadores, legalmente reconocidas por la autoridad, operando en conjunto 33 pescadores y cuentan con un control de las artes y equipos de pesca registrados.

0.5 Que siendo la carpa una especie introducida en el embalse y que se aprovecha comercialmente, y que no existe ningún tipo de normatividad oficial con respecto a su aprovechamiento; sin embargo la Subdelegación de Pesca de la SAGARPA en el Estado en coordinación con las organizaciones de pescadores, han establecidos sistemas de aprovechamiento de los recursos de manera consensuada, así como áreas de protección para el desarrollo de crías y juveniles, ya que existe conciencia para preservar la biodiversidad de los hábitats y ecosistemas acuáticos con el propósito de proteger las especies en peligro. Además de que es el punto de partida de la migración de aves a Norteamérica, que han dado origen a convenciones y Consejos de protección internacionales.

0.6 Que el diagnóstico de la Subdelegación de Pesca en el Estado, se determinó la existencia de una comunidad íctica constituida por: charal (Chirostoma sp), carpa espejo o Israel (Cyprinus carpio specularis), carpa barrigona (Cyprinus carpio rubrofuscus), carpa herbívora (Ctenopharyngodon idella), carpa plateada (Hypophthalmichthys molitrix), carpa brema (Amblycephala megalobrema), carpa dorada (Carassius auratus) y carpa negra (Mylopharyngodon piceus) además el ajolote (Ambystoma velasci), la rana (Rana moctezumae), y aves acuáticas, entre ellas 20 especies de patos, garzas, corbejones, entre otros.

0.7 Que la pesca comercial en el Lago de Tecocomulco se realiza sobre las especies: carpa espejo o Israel (Cyprinus carpio specularis), carpa barrigona (Cyprinus carpio rubrofuscus), carpa herbívora (Ctenopharyngodon idella), carpa plateada (Hypophthalmichthys molitrix), carpa brema (Amblycephala megalobrema), carpa dorada (Carassius auratus) y carpa negra (Mylopharyngodon piceus)

0.8 Que también se requiere normar la pesca de consumo doméstico, para que se lleve a cabo en concordancia con las demás actividades productivas del sistema de la presa.

0.9 Que para inducir un aprovechamiento sustentable de los recursos pesqueros existentes, revirtiendo los efectos adversos y previniendo otros posibles efectos sobre su capacidad de renovación y sobre el ecosistema, se hace necesario establecer normas y medidas que conformen un marco de actuación para los agentes productivos, buscando un desarrollo armonioso, ordenado y...

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