Eliminar las situaciones de crisis

AutorMaría Amparo Casar
Páginas55-60

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5. Eliminar las situaciones de crisis

Ya se ha argumentado que el sistema político mexicano no estuvo diseñado y no ha sido reformado para operar en un escenario en el que ninguna fuerza política —en particular el partido del Presidente— consiga y posea la mayoría en el Congreso. Además, durante los setenta años de hegemonía o dominio por parte del Partido Revolucionario Institucional (pri), jamás se tuvieron que poner a prueba cada una de las normas constitucionales que definen las faculta- des de los poderes de la Unión ni, especialmente, aquellas referidas a la dinámica de su colaboración y a su sistema de contrapesos.

En un escenario de pluralidad y en un contexto ya sistemático de go- biernos sin mayoría (1997 a 2006), las reglas e instituciones han sido puestas a prueba en diversas ocasiones. Es necesario reconocer que con mayor o menor éxito, las instituciones han resistido y al final se ha evitado una crisis “terminal”, pero es innegable que nos hemos acercado a situaciones delicadas que han puesto al sistema al borde de la inestabilidad. Tal es el caso de la falta de aprobación del presupuesto en las fechas previstas por la Constitución.

En otros casos, el sistema no ha tenido que enfrentar la even-tualidad de aplicar ciertas reglas inscritas en la Constitución, pero no puede descartarse que en algún momento haya necesidad de ello. Este sería el caso de la falta absoluta de Presidente.

En el tema de la previsión —y prevención— de situaciones de crisis, identificamos cuatro áreas que reclaman urgente revisión.

5.1 Sustitución del presidente de la República en caso de falta absoluta

México tiene un sistema “mixto” para la sustitución del Presidente, que hoy, cuando no hay mayorías garantizadas en el Congreso, resulta inadecuado y peligroso.

Según la Constitución, de ocurrir la vacancia en los primeros dos años, el Congreso nombrará por mayoría absoluta (con quorum de dos terceras partes) a un Presidente interino, y convocará en los

Situaciones críticas en un marco de pluralidad y de gobiernos sin mayoría

Sistema de sustitución

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56 La Reforma Política del Estado

diez días siguientes a elecciones a celebrarse en un plazo no menor de 14 meses ni mayor de 18 (artículo 84 constitucional). El Presiden- te así elegido ocupará el cargo durante el resto del periodo original. Si el Congreso no estuviera en sesiones, la Comisión Permanente nombrará un Presidente provisional y convocará a una sesión extraordinaria para se que proceda de la manera descrita.

Si la vacante ocurriese en los últimos cuatro años del periodo presidencial, el Congreso deberá designar un Presidente substituto, el cual concluirá el periodo original de seis años.

En contraste, para solucionar el problema de la ausencia del Presidente, en la mayoría de los países se cuenta con fórmulas más sencillas, más expeditas y, sobre todo, que no exigen el acuerdo entre las fuerzas políticas con representación en el Congreso. Fórmulas cuya aplicación es —por decirlo de alguna manera—, automática y que dan certidumbre.

La fórmula más frecuente para cubrir la eventual falta de Presidente es por la vía del vicepresidente, quien también puede reclamar legitimidad, ya que fue electo por voto popular (como ejemplos se encuentran los Estados Unidos de América y la mayoría de los paí- ses latinoamericanos). Ahí donde la figura del vicepresidente no existe, las Constituciones establecen la persona que ocupará el cargo en caso de la falta absoluta de Presidente: presidente de la Asamblea, presidente del Senado, presidente de la Suprema Corte de...

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