Elementos del impuesto al valor agregado

AutorJaime Domínguez Orozco
Páginas41-71
PAGOS MENSUALES DEL IVA 41
CAPITULO II
ELEMENTOS DEL IMPUESTO
AL VALOR AGREGADO
1. OBJETO DEL IVA
Del artículo 1, primer párrafo de la Ley del IVA, se desprende el
objeto del impuesto al establecer que es la realización, en territo-
rio nacional, de los actos o actividades de enajenación de bienes;
prestación de servicios independientes; otorgar el uso o goce tem-
poral de bienes y la importación de bienes o servicios.
La Ley del IVA grava la realización de actos o actividades, no
la obtención de ingresos como el ISR y, al decir la ley a “actos”,
comprenden también hechos jurídicos, ya que se tienen actos de
comercio, actos no mercantiles, actos jurídicos, etc., además im-
portaciones y nos lleva a considerar que al establecer la realización
de actos, se está refiriendo a la realización accidental o esporá-
dica de los mismos. En cambio, cuando se refiere a actividad, esto
es acción, conjunto de operaciones o tareas de una entidad o per-
sonas, se está refiriendo a una operación habitual o que tiene cierta
permanencia.
Así, por ejemplo, si una persona física enajena, en forma acciden-
tal, un inmueble destinado a actividades industriales, es la realiza-
ción de un acto, y la Ley del IVA lo considera como acto accidental.
En cambio, una empresa comercial vende mercancías como una
actividad habitual.
No se debe incurrir en el error de considerar que si una persona
no es contribuyente del ISR, tampoco sea contribuyente del IVA,
puesto que se trata de dos leyes diferentes y, en la práctica, ocurre
que muchas personas que no son contribuyentes de ISR, sí son
contribuyentes del IVA, por realizar actos gravados por la Ley del
IVA. Abordaremos en el capítulo III, con mayor detalle, los actos o
actividades que son objeto del IVA, para establecer en qué casos la
propia ley considera exentos ciertos actos o actividades y, además,
el momento en que se causa el propio impuesto.
Parte fundamental del objeto del IVA es que se gravan los actos
o actividades que se realicen en territorio nacional. Al respecto, el
EDICIONES FISCALES ISEF 42
artículo 8 del Código Fiscal de la Federación, de aplicación supleto-
ria, establece que se entenderá por territorio nacional lo que, con-
integra el territorio nacional y que, en los términos del artículo 42
comprende: El de las partes integrantes de la Federación; el de las
islas, incluyendo los arrecifes y cayos en los mares adyacentes;
el de las islas de Guadalupe y las de Revillagigedo situadas en el
Océano Pacífico; la plataforma continental y los zócalos submari-
nos de las islas, cayos y arrecifes; las aguas de los mares territoria-
les en la extensión y términos que fija el derecho internacional y las
marítimas interiores; y el espacio situado sobre el territorio nacional
con la extensión y modalidades que establezca el propio derecho
internacional. Además, para efectos fiscales, se considera también
a la zona económica exclusiva, sobre la cual, a pesar de no formar
parte del territorio, se ejercen derechos económicos.
2. SUJETOS DEL IVA
En el mismo primer párrafo del artículo 1 de la Ley del IVA, se
establece que están obligadas al pago del Impuesto al Valor Agre-
gado las personas físicas y las morales que realicen, en territorio
nacional, los actos o actividades que son objeto del IVA.
Las personas físicas, en los términos del Código Civil para el Dis-
trito Federal(1), éstas son definidas como aquellas que tienen la ca-
pacidad legal para adquirir derechos y obligaciones.
Las personas morales son definidas, en el artículo 25 del Código
Civil, como la Nación, el Distrito Federal, los estados y los munici-
pios; las demás corporaciones de carácter público reconocidas por
la ley; las sociedades civiles o mercantiles; los sindicatos, las aso-
ciaciones profesionales y las demás a que se refiere la fracción XVI
del artículo 123 de la Constitución Federal; las sociedades coope-
rativas y mutualistas; las asociaciones distintas de las enumeradas
que se propongan fines políticos, científicos, artísticos, de recreo o
cualquiera otro fin lícito, siempre que no fueren desconocidos por
la ley.
Si una persona física o moral realiza actos o actividades grava-
dos por la ley, ya sea en forma habitual o esporádica, está obli-
gado al pago del impuesto. También se debe de aclarar que, en
ocasiones, las personas físicas realizan actividades por cuenta de
personas morales, por lo que, el sujeto del impuesto será la perso-
na moral. Esto se aclara en la jurisprudencia emitida por el Tribunal
Fiscal de la Federación (Revista No. 76, abril de 1986, página 821),
que a continuación transcribimos:
(1) Actualmente hay un Código Civil Federal y un Código Civil para el Distrito Fede-
ral. Salvo en materia de personas se hará referencia al Código Civil Federal, por
ser el IVA una contribución federal.

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