Ejercicios

AutorRicardo Méndez Castro
Cargo del AutorLicenciado en Comercio Exterior y Aduanas por el Tecnológico de Baja California Universidad, campus Tijuana
Páginas215-236
CONTRIBUCIONES AL COMERCIO EXTERIOR 215
CAPITULO XI
EJERCICIOS
1. DETERMINACION DE DTA EN PEDIMENTO CONSOLIDADO DE AC-
TIVO FIJO
La empresa Conectores de la Frontera, S.A. de C.V., con registro
IMMEX, importa temporalmente herramienta y refacciones para la repara-
ción de maquinaria a través de un pedimento consolidado con clave “AF”
con destino a la región fronteriza. Parte de la mercancía se va a importar al
amparo del TLCAN con certificado de origen, por ser originaria de Estados
Unidos (USA) y otra parte es originaria de China (CHN). Adicionalmente,
esta operación se despachó por medio de 8 remesas consolidadas, es de-
cir, se utilizaron 8 vehículos distintos para transportar las mercancías hasta
su destino final.
Datos:
Fórmulas aplicables:
Valor Dólares: 102,900.00
Tipo de Cambio: 19.0000
Valor Aduana M.N.: 1,955,100
DTA: 1.76 al millar a pagar
DTA: 8 al millar únicamente para deter-
minar IVA
IVA: 16%
VA = Valor Dólares * Tipo de Cambio
DTA = Valor Aduana * Tasa % de DTA
DTA = Suma DTA de cada remesa
IVA = Base Gravable * Tasa % de IVA
PEDIMENTO CONSOLIDADO
Cantidad
de
vehículos
Valor
Dólares
Total
Valor
Aduana
M.N.
Originario
Valor
Aduana
M.N. No
Originario
Origen
Sujeto a
DTA
DTA
1.76
Millar
DTA 8
Millar
para IVA
IVA 16%
1
14,000
266,000
CHIN
468.16
2128
2 20,500 389,500 CHN 685.52 3116 62,818.56
3 22,000 418,000 CHN 735.68 3344 67,415.04
4 5,700 108,300 0 USA-TL-
CAN
Exento Exento 17,328.00
5 18,000 342,000 CHN 601.92 2736 55,157.76
6 12,400 235,600 CHN 414.65 1,884.8 37,997.56
7 4,800 91,200 0 USA-TL-
CAN
Exento Exento 14,592.00
8 5,500 104,500 0 USA-TL-
CAN
Exento Exento 16,720.00
Importe Total de DTA e IVA a Pagar
Importe Redondeado (Art. 20 CFF)
2,905.9
2,906
13,208.8
13,209
214,929.4
314,929
EDICIONES FISCALES ISEF 216
Comentarios:
En esta operación se determina un DTA por cada operación, es decir,
se considera a cada vehículo de transporte como una operación distinta,
en términos del artículo 49 de la Ley Federal de Derechos.
De lo anterior, se observa que no todas las remesas causaron DTA, de-
bido a que algunas de ellas se están exentando del pago de DTA, debido
a que cuentan con certificado de origen de TLCAN. En consecuencia, no
se encuentran sujetas al pago del DTA de conformidad con la regla 5.1.4
de las RGCE.
Por otra parte, una opción para reducir el importe a pagar de DTA es
agrupar todas las mercancías no originarias en un solo vehículo para su
despacho, y transportando las mercancías originarias en otro vehículo con
el objetivo de pagar sólo por aquellas sujetas a la obligación de DTA.
Asimismo, es posible utilizar la relación de facturas amparada con un
sólo formato de “Aviso de Consolidado”, en lugar de imprimir dicho docu-
mento para cada factura. Esta opción es aplicada cuando se despachan
dos o más facturas en un mismo vehículo, en términos de las reglas 1.9.19
y 3.1.22 de las RGCE. Ejemplo: una relación de facturas de 5 facturas pa-
ga un DTA y 5 facturas separadas, cada una de ellas paga DTA.
Por último, en este ejercicio se determina el Impuesto al Valor Agregado
de conformidad con el artículo 27 de la Ley del IVA, y el Boletín P002 de
2015, emitido por el SAT, que consiste en determinar un DTA del 8 a millar
como si se tratará de una operación de importación definitiva.
2. DETERMINACION DE DTA PEDIMENTO CONSOLIDADO DE INSU-
MOS
La Maquiladora del Norte, S.A. de C.V. importó temporalmente a la re-
gión fronteriza resina de plástico PVC, así como colorante para someterlo
al proceso de elaboración de diversos productos de plástico. Esta ope-
ración se realizó mediante un pedimento consolidado con clave “IN”, la
cual fue despachada con un total de 8 vehículos. Asimismo, parte de la
mercancía era originaria de Estados Unidos, en donde se aplicó trato pre-
ferencial del TLCAN por anexar certificado de origen, y otra parte de la
mercancía es originaria de Taiwán.
Datos: Fórmulas aplicables:
Valor Dólares: 83,615.00
Tipo de Cambio: 19.0000
Valor Aduana M.N.: 439,296
DTA: Cuota fija 287
DTA: 8 al millar únicamente para deter-
minar IVA
IVA: 16%
VA = Valor Dólares * Tipo de Cambio
DTA = Total Vehículos * Cuota Fija DTA
DTA = Valor Aduana * Tasa % de DTA
DTA = Suma DTA de cada remesa
IVA = Base Gravable * Tasa % de IVA

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