Resolución por la que se da cumplimiento a la ejecutoria pronunciada en el juicio de amparo 452/2001 promovido por IBP, Inc. ante el Juzgado Séptimo de Distrito en Materia Administrativa en el Distrito Federal y Quinto Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito en el recurso administrativo 65/2002, en relación con la...

EmisorSecretaría de Economía

Resolución por la que se da cumplimiento a la ejecutoria pronunciada en el juicio de amparo 452/2001 promovido por IBP, Inc. ante el Juzgado Séptimo de Distrito en Materia Administrativa en el Distrito Federal y Quinto Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito en el recurso administrativo 65/2002, en relación con la resolución final de la investigación sobre elusión del pago de cuotas compensatorias impuestas a las importaciones de carne de bovino en cortes, deshuesada y sin deshuesar, mercancía clasificada en las fracciones arancelarias 0201.20.99, 0202.20.99, 0201.30.01, 0202.30.01 de la entonces Tarifa de la Ley del Impuesto General de Importación, originarias de los Estados Unidos de América, independientemente del país de procedencia.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Economía.

RESOLUCION POR LA QUE SE DA CUMPLIMIENTO A LA EJECUTORIA PRONUNCIADA EN EL JUICIO DE AMPARO 452/2001 PROMOVIDO POR IBP, INC. ANTE EL JUZGADO SEPTIMO DE DISTRITO EN MATERIA ADMINISTRATIVA EN EL DISTRITO FEDERAL Y QUINTO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA ADMINISTRATIVA DEL PRIMER CIRCUITO EN EL RECURSO ADMINISTRATIVO 65/2002, EN RELACION CON LA RESOLUCION FINAL DE LA INVESTIGACION SOBRE ELUSION DEL PAGO DE CUOTAS COMPENSATORIAS IMPUESTAS A LAS IMPORTACIONES DE CARNE DE BOVINO EN CORTES, DESHUESADA Y SIN DESHUESAR, MERCANCIA CLASIFICADA EN LAS FRACCIONES ARANCELARIAS 0201.20.99, 0202.20.99, 0201.30.01, 0202.30.01 DE LA ENTONCES TARIFA DE LA LEY DEL IMPUESTO GENERAL DE IMPORTACION, ORIGINARIAS DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA, INDEPENDIENTEMENTE DEL PAIS DE PROCEDENCIA.

En cumplimiento a la ejecutoria pronunciada en el juicio de amparo 452/2001 por el Juez Séptimo de Distrito en Materia Administrativa en el Distrito Federal, y Quinto Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito en el recurso administrativo 65/2002, en el cual se concede el amparo y protección de la justicia de la Unión a la empresa IBP, Inc., respecto de la resolución final de la investigación sobre elusión del pago de cuotas compensatorias impuestas a las importaciones de carne de bovino en cortes, deshuesada y sin deshuesar, mercancía clasificada en las fracciones arancelarias 0201.20.99, 0202.20.99, 0201.30.01 y 0202.30.01 de la entonces Tarifa de la Ley del Impuesto General de Importación, en lo sucesivo TIGI, originarias de los Estados Unidos de América, independientemente del país de procedencia, la Secretaría de Economía, en lo sucesivo la Secretaría, emite la presente Resolución de conformidad con los siguientes:

RESULTANDOS

Resolución final

  1. El 28 de abril de 2000 se publicó en el Diario Oficial de la Federación, en lo sucesivo DOF, la resolución definitiva de la investigación antidumping sobre las importaciones de carne y despojos comestibles de bovino, mercancía clasificada en las fracciones arancelarias 0201.10.01, 0202.10.01, 0201.20.99, 0202.20.99, 0201.30.01, 0202.30.01, 0206.21.01, 0206.22.01 y 0206.29.99 de la TIGI, originarias de los Estados Unidos de América, independientemente del país de procedencia.

    Cuotas compensatorias definitivas

  2. En la resolución a que se refiere el punto anterior, la Secretaría determinó lo siguiente:

    1. Se declaró concluido el procedimiento sobre las importaciones de carne en canal fresca o refrigerada y congelada, clasificadas en las fracciones arancelarias 0201.10.01 y 0202.10.01 de la TIGI, en los siguientes términos:

      1. Sin imponer cuota compensatoria a las importaciones de carne en canal fresca o refrigerada y congelada producidas y exportadas directamente por Excel Corporation y sus divisiones (Fresh Beef, Excel Specialty Products y Country Fresh Meats); IBP, Inc.; Sun Land Beef Company, Inc.; Sam Kane Beef Processors, Inc. y H&H Meat Products Company, Inc.

      2. Imponer una cota compensatoria de $0.07 dólares de los Estados Unidos de América por kilogramo legal a las importaciones de carne en canal fresca o refrigerada y congelada exportadas por cualquier otra empresa de los Estados Unidos de América.

    2. Se declaró concluida la investigación para las importaciones de carne sin deshuesar fresca o refrigerada y congelada, clasificadas en las fracciones arancelarias 0201.20.99 y 0202.20.99 de la TIGI, en los siguientes términos:

      1. Sin imponer cuota compensatoria a las importaciones de carne sin deshuesar fresca o refrigerada y congelada:

      2. Producidas y exportadas directamente por las empresas Excel Corporation (Fresh Beef, Excel Specialty Products y Country Fresh Meats) e IBP, Inc.

        ii. Exportadas por Sam Kane Beef Processors, Inc. y por Northern Beef Industries, Inc., siempre y cuando hayan sido producidas por algunas de las empresas mencionadas en los subincisos a, b y c de este inciso. En caso contrario, se aplicará la cuota compensatoria prevista en el subinciso e de este inciso.

      3. Imponer una cuota compensatoria de $0.03 dólares de los Estados Unidos de América por kilogramo legal a las importaciones de carne sin deshuesar fresca o refrigerada y congelada exportadas por la empresa Farmland National Beef Packing Company, L.P.

      4. Imponer una cuota compensatoria de $0.11 dólares de los Estados Unidos de América por kilogramo legal a las importaciones de carne sin deshuesar fresca o refrigerada y congelada exportadas por Murco Foods, Inc.; Packerland Packing Company, Inc.; H&H Meat Products Company, Inc.; y Agri-West International, Inc., siempre y cuando hayan sido producidas por algunas de las empresas mencionadas en los subincisos a, b y c de este inciso. En caso contrario, se aplicará la cuota compensatoria prevista en el subinciso e de este inciso.

      5. Imponer una cuota compensatoria de $0.16 dólares de los Estados Unidos de América por kilogramo legal a las importaciones de carne sin deshuesar fresca o refrigerada y congelada exportadas directamente por Almacenes de Tejas, Inc., siempre y cuando hayan sido producidas por algunas de las empresas mencionadas en los subincisos a, b y c de este inciso. En caso contrario, se aplicará la cuota compensatoria prevista en el subinciso e de este inciso.

      6. Imponer una cuota compensatoria de $0.80 dólares de los Estados Unidos de América por kilogramo legal, a las importaciones de carne sin deshuesar fresca o refrigerada y congelada exportadas por cualquier otra empresa de los Estados Unidos de América.

    3. Se declaró concluida la investigación para las importaciones de carne deshuesada fresca o refrigerada y congelada, clasificadas en las fracciones arancelarias 0201.30.01 y 0202.30.01 de la TIGI, en los siguientes términos:

      1. Sin imponer cuota compensatoria, a las importaciones de carne deshuesada fresca o refrigerada y congelada:

      2. Producidas y exportadas directamente por Excel Corporation (Fresh Beef, Excel Specialty Products y Country Fresh Meats) y Farmland National Beef Packing Company, L.P.

        ii. Exportadas por Northern Beef Industries, Inc., siempre y cuando hayan sido producidas por alguna de las empresas mencionadas en los subincisos a, b, d, e y f de este inciso. En caso contrario se aplicará la cuota compensatoria prevista en el subinciso g de este inciso.

      3. Imponer una cuota compensatoria de $0.13 dólares de los Estados Unidos de América por kilogramo legal a las importaciones de carne deshuesada fresca o refrigerada y congelada exportadas por IBP, Inc.

      4. Imponer una cuota compensatoria de $0.12 dólares de los Estados Unidos de América por kilogramo legal a las importaciones de carne deshuesada fresca o refrigerada y congelada exportada por Almacenes de Tejas, Inc., siempre y cuando hayan sido producidas por algunas de las empresas mencionadas en los subincisos a, b, d, e y f de este inciso. En caso contrario se aplicará la cuota compensatoria prevista en el subinciso g de este inciso.

      5. Imponer una cuota compensatoria de $0.15 dólares de los Estados Unidos de América por kilogramo legal a las importaciones exportadas directamente por Sam Kane Beef Processors, Inc., siempre y cuando hayan sido producidas por algunas de las empresas mencionadas en los subincisos a, b, d, e y f de este inciso. En caso contrario se aplicará la cuota compensatoria prevista en el subinciso g de este inciso.

      6. Imponer una cuota compensatoria de $0.25 dólares de los Estados Unidos de América por kilogramo legal, a las importaciones de carne deshuesada fresca o refrigerada y congelada exportadas por Sun Land Beef Company, Inc. siempre y cuando hayan sido producidas por algunas de las empresas mencionadas en los subincisos a, b, d, e y f de este inciso. En caso contrario se aplicará la cuota compensatoria prevista en el subinciso g de este inciso.

      7. Imponer una cuota compensatoria de $0.07 dólares de los Estados Unidos de América por kilogramo legal, a las importaciones de carne deshuesada fresca o refrigerada y congelada:

      8. Exportadas por Murco Foods, Inc.; Packerland Packing Company, Inc. y San Angelo Packing Company, Inc.

        ii. Exportadas por H&H Meat Products Company, Inc.; Agri-West International, Inc. y CKE Restaurants, Inc., siempre y cuando hayan sido producidas por algunas de las empresas mencionadas en los subincisos a, b, d, e y f de este inciso. En caso contrario se aplicará la cuota compensatoria prevista en el subinciso g de este inciso.

      9. Imponer una cuota de $0.63 dólares de los Estados Unidos de América por kilogramo legal, a las importaciones de carne deshuesada fresca o refrigerada y congelada exportadas por cualquier otra empresa de los Estados Unidos de América.

    4. En las importaciones de productos cárnicos referidos en los incisos A, B y C, deberá demostrarse de manera indubitable ante la autoridad aduanera mediante certificado expedido por el Departamento de Agricultura de los Estados Unidos de América, que cumple con la clasificación select o choice, y que no han transcurrido más de 30 días desde la fecha de sacrificio, conforme al certificado de la planta respectiva. En caso de no cumplirse con alguno de estos requisitos, se aplicarán las cuotas compensatorias...

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