Ejecutoria de Suprema Corte de Justicia, Pleno

Número de resolución186/2005
Fecha de publicación01 Diciembre 2007
Fecha01 Diciembre 2007
Número de registro20623
LocalizadorGaceta del Semanario Judicial de la Federación. Tomo XXVI, Diciembre de 2007, 695
MateriaSuprema Corte de Justicia de México
EmisorPleno

MINISTRO PONENTE: JOSÉ DE J.G.P..

SECRETARIA: MARÍA AMPARO HERNÁNDEZ CHONG CUY.


Con fundamento en el punto único del Acuerdo Número 6/2005, de siete de febrero de dos mil cinco, del Tribunal Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, relativo a la publicación de las sentencias dictadas en las controversias constitucionales y acciones de inconstitucionalidad, el M.G.I.O.M., Presidente de este Alto Tribunal, ordenó la publicación íntegra de la sentencia emitida al resolver la acción de inconstitucionalidad 10/2007, así como de los puntos resolutivos y de los datos de identificación de la sentencia dictada en la acción de inconstitucionalidad 11/2007 que se refiere al mismo tema tratado en aquélla.


"Por lo expuesto y fundado, se resuelve:


"PRIMERO.-Es procedente y fundada la presente acción de inconstitucionalidad.


"SEGUNDO.-Se declara la invalidez de los artículos 14 y 44, fracciones VII y IX de la Ley de Ingresos del Municipio de F.I.M., Coahuila, para el ejercicio fiscal de dos mil siete, publicada en el Periódico Oficial de dicha entidad, el veintiséis de diciembre de dos mil seis, en la porción normativa referida en el último considerando de esta resolución.


"TERCERO.-La declaratoria de invalidez de las normas impugnadas surtirá efectos en términos del último considerando de esta ejecutoria.


"CUARTO.-Notifíquese esta resolución al Municipio de F.I.M., Estado de Coahuila.


"QUINTO.-Publíquese esta sentencia en el Diario Oficial de la Federación, en el Periódico Oficial del Estado de Coahuila y en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta."


Votos concurrentes de los señores M.J.R.C.D. y J.F.F.G.S..


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