NOM-056-SCT2-2016: Para Durmientes de Madera.

DependenciaFederal
ClaveNOM-056-SCT2-2016
Tipo de normaDefinitiva
Rama de la Actividad EconómicaTransporte por Ferrocarril
ProductoEquipo tractivo ferroviario

En el documento que usted está visualizando puede haber texto, caracteres u objetos que no se muestren debido a la conversión a formato HTML, por lo que le recomendamos tomar siempre como referencia la imagen digitalizada del DOF.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Comunicaciones y Transportes. YURIRIA MASCOTT PÉREZ, Subsecretaria de Transporte y Presidenta del Comité Consultivo Nacional de Normalización de Transporte Terrestre, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 36 fracciones I, VII, VIII y XII de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 38 fracción II, 40 fracción XVIII, 41, 43, 45, 47, 51 y 73 de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización; 28¸ 33, 34, 39, 40, 80 y 81 del Reglamento de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización; 28 de la Ley Reglamentaria del Servicio Ferroviario; 36 y 42, fracciones I y IV del Reglamento del Servicio Ferroviario; 1o., 2o., fracción III y 6o., fracción XIII del Reglamento Interior de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes; y

CONSIDERANDO

Que el durmiente es uno de los elementos más importantes de la superestructura de la vía y en conjunto con los elementos de sujeción y de apoyo. Soportan y transmiten a las capas inferiores las cargas y esfuerzos longitudinales, transversales y verticales, por lo que es necesario que los mismos se encuentren en condiciones óptimas.

Que la Ley Federal sobre Metrología y Normalización en el artículo 51 cuarto párrafo establece que las normas oficiales mexicanas deberán ser revisadas en forma quinquenal, a efecto de su modificación o cancelación. En este sentido una vez efectuada la revisión correspondiente, se determinó conveniente la actualización de las especificaciones establecidas en la NOM-056-SCT2-2000. "Para durmientes de madera", publicada en el Diario Oficial de la Federación en fecha 2 de mayo del 2001.

Que habiendo cumplido el procedimiento que establece la Ley Federal sobre Metrología y Normalización y su Reglamento, el Comité Consultivo Nacional de Normalización de Transporte Terrestre, en su tercera Sesión Ordinaria celebrada el 24 de noviembre de 2015, tuvo a bien aprobar el Proyecto de Norma Oficial Mexicana PROY-NOM-056-SCT2-2015. "Para durmientes de madera".

Que durante el plazo de 60 días naturales, contados a partir de la fecha de publicación del Proyecto de Norma Oficial Mexicana, la Manifestación de Impacto Regulatorio y los análisis que sirvieron de base para su elaboración, a que se refieren los artículos 45 de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización y 32 de su Reglamento, estuvieron a disposición del público en general para su consulta, en el domicilio del Comité Consultivo Nacional de Normalización de Transporte Terrestre y los interesados presentaron sus comentarios al Proyecto de Norma Oficial Mexicana de referencia, los cuales fueron analizados y resueltos en el seno del Comité Consultivo Nacional de Normalización de Transporte Terrestre, integrándose a la Norma Oficial Mexicana, las observaciones procedentes.

Que el Comité Consultivo Nacional de Normalización de Transporte Terrestre, de conformidad con el inciso d) de la fracción II del artículo 28 del Reglamento de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización, el cual indica que la clave de la norma debe hacer referencia al año en el que ésta es aprobada por el Comité Consultivo Nacional de Normalización correspondiente, tuvo a bien aprobar por unanimidad la actualización de la clave código de la Norma Oficial Mexicana, así como la Norma Oficial Mexicana NOM-056-SCT2-2015, "Para durmientes de madera"; en su cuarta reunión ordinaria celebrada el 23 de noviembre de 2016.

En tal virtud y previa aprobación del Comité Consultivo Nacional de Normalización de Transporte Terrestre, he tenido a bien expedir la siguiente: Norma Oficial Mexicana NOM-056-SCT2-2016, "Para durmientes de madera".

Atentamente

Ciudad de México, a 12 de mayo de 2017.- La Subsecretaria de Transporte y Presidenta del Comité Consultivo Nacional de Normalización de Transporte Terrestre, Yuriria Mascott Pérez.- Rúbrica.

NORMA OFICIAL MEXICANA NOM-056-SCT2-2016. "PARA DURMIENTES DE MADERA".

PREFACIO

En la elaboración de esta Norma Oficial Mexicana participaron:

· Secretaría de Comunicaciones y Transportes

o Dirección General de Servicios Técnicos.

o Agencia Reguladora del Transporte Ferroviario (ARTF).

· Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales.

· Administradora de la vía corta Tijuana-Tecate.

· Cámara Nacional de la Industria Forestal

· Comisión Nacional Forestal.

· Ferrocarril del Istmo de Tehuantepec, S.A. de C.V.

· Ferrocarril Mexicano, S.A. de C.V.

· Ferrocarril y Terminal del Valle de México, S.A. de C.V.

· Ferrocarriles Suburbanos, S.A.P.I. de C.V.

· Ferrosur, S.A. de C.V.

· Forestal La Reforma, S.A. de C.V.

· Kansas City Southern de México, S.A. de C.V.

· Línea Coahuila Durango, S.A. de C.V.

· Universidad Autónoma Chapingo-División de Ciencias Forestales.

· Universidad Michoacana de San Nicolás de Hidalgo-Facultad de Ingeniería en Tecnología de la Madera.

ÍNDICE

  1. Introducción.

  2. Objetivo.

  3. Campo de Aplicación.

  4. Referencias.

  5. Definiciones.

  6. Especificaciones.

    5.1 Procedencia Legal de la Madera.

    5.2 Dimensiones y Características Físicas.

    5.3 Especies de Maderas.

    5.4 Defectos Permisibles y Limitantes.

    5.4.1 Galerías de insectos.

    5.4.2 Nudos.

    4.4.3 Bolsas de resina.

    5.4.4 Acebolladuras.

    5.4.5 Grietas.

    5.4.6 Rajaduras.

    5.4.7 Astilladuras.

    5.4.8 Hilo desviado.

    5.4.9 Deformaciones.

    5.4.10 Presencia de corteza.

    5.4.11 Pudrición.

    5.4.12 Gema.

    5.5 Contenido de Humedad de la Madera antes de la Impregnación.

    5.6 Proceso de Impregnación.

    5.6.1 Preservador a Impregnar.

    5.6.2 Maquinado Previo.

    5.6.3 Método de Impregnación.

    5.6.4 Retención Mínima.

    5.6.5 Penetración Mínima.

  7. Acceso a la Planta.

  8. Inspección y Criterios de Aceptación.

  9. Marcado del Durmiente.

  10. Embarque.

  11. Documentación que debe Respaldar el Embarque.

  12. Procedimiento de Evaluación de la Conformidad (PEC).

    11.1 Objetivo.

    11.2 Referencias.

    11.3 Definiciones.

    11.4 Disposiciones Generales.

    11.5 Procedimiento.

    11.6 Evaluación de Conformidad de Seguimiento.

  13. Vigilancia.

  14. Sanción.

  15. Bibliografía.

  16. Concordancia con Normas Internacionales.

  17. Vigencia.

  18. Transitorio.

    Anexos I, II, III

  19. Introducción

    La necesidad de contar con un elemento que cumpla satisfactoriamente con las funciones de mantener el escantillón de la vía, la transmisión de las cargas y los esfuerzos del riel al balasto, pero además con una larga duración en condiciones óptimas, condujo a la emisión de la Norma Oficial Mexicana, que especifica las características, propiedades, proceso de impregnación y condiciones de entrega que deben cumplir los proveedores de durmientes de madera impregnados para el sistema de transporte ferroviario en la República Mexicana.

    La presente Norma Oficial Mexicana define las condiciones y procesos que deben cumplir los durmientes de madera, como son manufactura, impregnación, inspección, aceptación y embarque, para garantizar que el durmiente de madera impregnado reúna las exigencias de resistencia y durabilidad requeridas para su utilización en el sistema de vías en la República Mexicana.

  20. Objetivo

    Establecer los valores mínimos de las propiedades físicomecánicas, requisitos de impregnación, defectos permisibles y límites que deben cumplir los durmientes de madera, además de otras disposiciones establecidas en esta norma para instalarse en vías del sistema ferroviario en la República Mexicana.

  21. Campo de aplicación

    Las especificaciones indicadas en esta Norma Oficial Mexicana son aplicables a todos los durmientes de madera impregnados, nacionales e importados que serán utilizados en los diferentes tipos de vías del sistema ferroviario en la República Mexicana.

  22. Referencias

    Para la correcta aplicación e interpretación de esta Norma Oficial Mexicana, es conveniente consultar las siguientes normas mexicanas:

    · NMX-C-410-ONNCCE-2000 Industria de la Construcción-Vivienda de Madera-Retención y Penetración de Sustancias Preservadoras en Madera-Métodos de prueba.

    · NMX-C-178-ONNCCE-2001 Industria de la Construcción Preservadores para Madera Clasificación y Requisitos.

    · NMX-C-419-ONNCCE-2001 Industria de la Construcción-Preservación de maderas-Terminología.

    · NMX-C-443-ONNCCE-2006 Industria de la Construcción-Madera-Contenido de Humedad de la Madera - Métodos de Prueba.

    · NMX-Z-12/1-1987. Muestreo para la inspección por atributos. Parte 1: Información general y aplicaciones.

    · NMX-Z-12/2-1987. Muestreo para la inspección por atributos. Parte 2: Métodos de muestreo, tablas y gráficas.

    · NMX-Z-12/3-1987. Muestreo para la inspección por atributo. Parte 3: Regla de cálculo para la determinación de planes de muestreo.

  23. Definiciones

    Para la correcta interpretación de la presente Norma Oficial Mexicana, los términos técnicos aquí indicados se definen de la siguiente manera:

    Absorción.- Volumen de solución preservante que ingresa a la madera, por unidad de volumen de madera realmente impregnada. Se expresa en litros por metro cúbico (l/m3).

    Acebolladura.- Separación de las fibras de la madera entre dos anillos de crecimiento, siguiendo la circunferencia de los mismos.

    Albura.- Parte periférica de la madera que forma el fuste del árbol, de color claro, constituida por fibras que aún mantienen su función de conducción. Presenta mayor contenido de humedad y susceptibilidad al bio-deterioro que el duramen.

    Ancho.- Dimensión transversal del durmiente que corresponde a las caras que servirán de apoyo al durmiente y a los rieles de la vía.

    Arqueadura.- Deformación que puede presentar el durmiente en dirección paralela al eje de la pieza y cuya flecha de deformación se manifiesta en una cara.

    Astilladura.- Separación longitudinal parcial de un grupo de fibras de la madera.

    Autoclave.- Recipiente de acero generalmente cilíndrico horizontal, con cierre hermético, donde se realiza la impregnación de la madera a presiones diferentes a...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR