Decreto por el que se modifica el diverso para el fomento de la industria manufacturera, maquiladora y de servicios de exportación

AutorJosé Pérez Chávez - Raymundo Fol Olguín
Páginas677-680

Page 677

(Publicado en el Diario Oficial de la Federación el 16 de mayo de 2008)

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Me-xi ca nos.- Pre si den cia de la Re pú bli ca.

FELIPE DE JESUS CALDERÓN HINOJOSA, Presidente de los Estados Unidos Mexicanos, en ejercicio de la facultad que me confiere el artículo 89, fracción I, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, con fundamento en los artículos 131 de la propia Constitución; 31y 34 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 63-A, 90, 104 a 112 de la Ley Aduanera; 4o., fracciones II, III y VI, 5o., fracciones XI y XII, 90 y 91 de la Ley de Comercio Exterior, y

CONSIDERANDO

Que el 1o. de noviembre de 2006 se publicó en el Diario Oficial de la Federación, el Decreto por el que se modifica el diverso para el fomento y operación de la Industria Maquiladora de Exportación, para quedar como Decreto para el fomento de la Industria Manufacturera, Maquiladora y de Servicios de Exportación (Decreto IMMEX);

Que el Decreto IMMEX tiene por objeto fomentar y otorgar facilidades a las empresas manufactureras, maquiladoras y de servicios de exportación para realizar procesos industriales o de servicios a mercancías de exportación y para la prestación de servicios de exportación;

Que el artículo 5o., fracción III, del Decreto IMMEX establece que la Secretaría de Economía, previa opinión de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, determinará mediante Acuerdo publicado en el Diario Oficial de la Federación, las actividades que podrán realizarse bajo la modalidad de servicios, así como los requisitos específicos que deberán cumplirse;

Que el anexo 3.2.4 del Acuerdo por el que la Secret aría de Economía emite reglas y criterios de carácter general en materia de Comercio Exterior, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 6 de julio de 2007, modificado mediante los diversos dados a conocer en el mismo medio informativo el 3 de septiembre y el 12 de octubre de 2007, así como el 28 de enero de 2008, establece las actividades que podrán autorizarse bajo la modalidad de servicios de los Programas para el fomento de la Industria Manufacture-Page 678ra, Maquiladoray de Servicios de Exportación (Programas IMMEX), sin que se especifiquen los insumos, partes o componentes, maquinaria o equipo, que puedan importarse a fin de prestar dichos servicios;

Que los representantes de la industria azucarera nacional han manifestado su conformidad...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR