PROY-NOM-003-SECRE-2005: Distribución de Gas Natural y Gas Licuado de Petróleo por Ductos.

DependenciaSecretaría de Energía
ClavePROY-NOM-003-SECRE-2005
Tipo de normaProyecto
Rama de la Actividad EconómicaAgua y Suministro de Gas por Ductos
ProductoGas

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Comisión Reguladora de Energía. PROYECTO DE NORMA OFICIAL MEXICANA PROY-NOM-003-SECRE-2005, DISTRIBUCION DE GAS NATURAL Y GAS LICUADO DE PETROLEO POR DUCTOS.

FRANCISCO BARNES DE CASTRO, Presidente del Comité Consultivo Nacional de Normalización de Gas Natural y de Gas Licuado de Petróleo por Medio de Ductos, con fundamento en los artículos 40 fracciones I y XIII, 44 párrafo tercero, 45, 46, 47 fracción I, 51 y 63 de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización; 4o., 9o., 14 fracción IV y 16 de la Ley Reglamentaria del Artículo 27 Constitucional en el Ramo del Petróleo; 33 fracciones I y XII de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 1 y 3 fracción XV de la Ley de la Comisión Reguladora de Energía; 28, 32, 33 y 40 del Reglamento de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización; 1o., 7o. y 70 fracción VII del Reglamento de Gas Natural; 1o. y 3o. del Reglamento de Gas Licuado de Petróleo, y 3o. y 34 fracciones XIX a la XXV del Reglamento Interior de la Secretaría de Energía, me permito ordenar la publicación en el Diario Oficial de la Federación del siguiente Proyecto de Norma Oficial Mexicana PROY-NOM-003-SECRE-2005, Distribución de gas natural y gas licuado de petróleo por ductos.

El presente Proyecto de Norma Oficial Mexicana se publica a efecto de que los interesados, dentro de los siguientes sesenta días naturales, contados a partir de la fecha de su publicación en el Diario Oficial de la Federación, presenten sus comentarios al Comité Consultivo Nacional de Normalización de Gas Natural y de Gas Licuado de Petróleo por Medio de Ductos, sito en Horacio 1750, colonia Polanco, Delegación Miguel Hidalgo, código postal 11510, México, Distrito Federal.

México, D.F., a 7 de enero de 2009.- El Presidente del Comité Consultivo Nacional de Normalización de Gas Natural y de Gas Licuado de Petróleo por Medio de Ductos, Francisco Barnés de Castro.

PROYECTO DE NORMA OFICIAL MEXICANA PROY-NOM-003-SECRE-2005, DISTRIBUCION DE GAS NATURAL Y GAS LICUADO DE PETROLEO POR DUCTOS

En la elaboración de este Proyecto de Norma Oficial Mexicana participaron las instituciones siguientes: Secretaría del Medio Ambiente y Recursos Naturales, Secretaría de Gobernación (Dirección General de Protección Civil), Comisión Reguladora de Energía, Asociación Mexicana de Gas Natural, A.C., Consorcio Mexi-Gas, S.A. de C.V., Gas Natural México, S.A. de C.V., Sempra Energía de México S.A. de C.V. y Compañía de Inspección Mexicana S.A. de C.V.

INDICE

  1. Introducción

  2. Objeto

  3. Campo de aplicación

  4. Referencias

  5. Definiciones

  6. Criterios de diseño

    5.1 Tuberías

    5.1.1 Tubería de acero

    5.1.2 Tubería de polietileno

    5.1.3 Tubería de cobre

    5.1.4 Tubería CSST

    5.1.5 Tubería multicapa (polietileno-aluminio-polietileno)

    5.2 Accesorios

    5.2.1 Generalidades

    5.2.2 Accesorios de Acero

    5.2.3 Accesorios de Polietileno

    5.2.4 Accesorios de Cobre

    5.2.5 Accesorios de CSST

    5.2.6 Accesorios de tubería multicapa (polietileno-aluminio-polietileno)

  7. Materiales y equipo

    6.1 Generalidades

  8. Construcción de la red de distribución

    7.1 Generalidades

    7.2 Señalización en los sistemas de distribución de tubería enterrada

    7.3 Separación de tuberías

    7.4 Obra civil

    7.4.1 Excavación de zanjas

    7.4.2 Tendido

    7.4.2.1 Tubería de polietileno

    7.4.2.2 Tubería de acero

    7.4.2.3 Tubería de cobre

    7.5 Relleno y reposición de piso terminado

  9. Instalaciones

    8.1 Estaciones de regulación y estaciones de regulación y medición

    8.2 Registros

    8.3 Válvulas de seccionamiento y control

    8.4 Medidores

    8.5 Rectificadores

    8.6 Odorización

  10. Tomas de servicio

  11. Inspección

  12. Pruebas

  13. Puesta en servicio

  14. Mantenimiento del sistema distribución

  15. Programa de Protección Civil

  16. Distribución de Gas Licuado de Petróleo

  17. Bibliografía

  18. Concordancia con normas internacionales

  19. Vigilancia

  20. Vigencia

    Apéndice I. Odorización del Gas Natural

    Apéndice II. Control de la corrosión externa en tuberías de acero enterradas y/o sumergidas

    Apéndice III. Monitoreo, detección y clasificación de fugas de gas natural y gas LP en ductos

    Apéndice IV. Procedimiento de Evaluación de la Conformidad

  21. Introducción

    La apertura de la industria del gas natural a la iniciativa privada, en lo relativo al transporte, almacenamiento y distribución de gas natural ha hecho necesario establecer las bases bajo las cuales se debe garantizar la confiabilidad, la estabilidad, la seguridad y la continuidad de la prestación del servicio de distribución, en un entorno de crecimiento y cambios tecnológicos en esta industria. Asimismo, el transporte y distribución de gas L.P. por ductos, deben ser actividades que se realicen bajo un mínimo de requisitos de seguridad. Por lo anterior, resulta necesario contar con una Norma que establezca y actualice permanentemente las medidas de seguridad para el diseño, construcción, operación, mantenimiento y protección de los sistemas de distribución.

    De conformidad con la NOM-008-SCFI-2002, Sistema general de unidades de medida, en su Tabla 21 "Reglas para la escritura de los números y su signo decimal, se señala: "El signo decimal debe ser una coma sobre la línea (,). Si la magnitud de un número es menor que la unidad, el signo decimal debe ser precedido por un cero.

  22. Objeto

    Esta Norma establece los requisitos que deben cumplirse en el diseño, construcción, pruebas, inspección, operación, mantenimiento y seguridad, de los sistemas de distribución de gas natural y de gas LP por ductos.

  23. Campo de aplicación

    2.1 Esta Norma es aplicable desde el punto de transferencia del transportista al distribuidor hasta la salida del medidor del usuario final. (Ver Cuadro 1)

    Antes del punto de transferencia, aplica la norma de transporte de gas natural o de gas LP y desde la salida del medidor, la norma de instalaciones de aprovechamiento de gas natural, que en su momento se encuentren en vigor.

    2.2 Esta norma no pretende incluir todos los requerimientos necesarios para el diseño, construcción, pruebas, inspección, operación y mantenimiento de un sistema de distribución. En lo no previsto por la presente Norma, se deberán aplicar las prácticas internacionalmente reconocidas.

    CUADRO 1.- Campo de Aplicación de la Norma

  24. Referencias

    Listado de normas oficiales mexicanas indispensables en su consulta para la aplicación de la presente norma.

    NOM-001-SECRE-2003, Calidad del gas natural

    NOM-002-SECRE-2003, Instalaciones de Aprovechamiento de Gas Natural

    NOM-007-SECRE-1999, Transporte de Gas Natural

    NOM-014-SCFI-1997, Medidores de desplazamiento positivo tipo diafragma para gas natural o LP con capacidad máxima de 16 metros cúbicos por hora con caída de presión máxima de 200 Pa (20,4 mm de columna de agua).

    NOM-026-STPS-1998, Colores y señales de seguridad e higiene, e identificación de riesgos por fluidos conducidos en tuberías.

  25. Definiciones

    Para efectos de la aplicación de esta Norma se establecen las definiciones siguientes:

    4.1 Area unitaria: Porción de terreno que teniendo como eje longitudinal la tubería de gas, mide 1600 metros de largo por 400 metros de ancho.

    4.2 Caída de presión: Pérdida de presión ocasionada por fricción u obstrucción al pasar el gas a través de tuberías, válvulas, accesorios, reguladores y medidores.

    4.3 Camisa: Ducto en el que se aloja una tubería conductora de gas para protegerla de esfuerzos externos.

    4.4 Clase de localización: Area unitaria clasificada de acuerdo a la densidad de población para el diseño de las tuberías localizadas en esa área.

    4.5 Combustión: Proceso químico de oxidación entre un combustible y un comburente que produce la generación de energía térmica y luminosa acompañada por la emisión de gases de combustión y partículas sólidas.

    4.6 Comisión: Comisión Reguladora de Energía.

    4.7 Corrosión: Destrucción del metal por acción electroquímica de ciertas sustancias.

    4.8 Dispositivo de seguridad: Elemento protector contra sobrepresión o baja presión en un sistema de

    distribución, por ejemplo válvulas de seguridad, reguladores en monitor, entre otros.

    4.9 Distribuidor: El titular de un permiso de distribución en los términos del Reglamento de Gas Natural o del Reglamento de Gas Licuado de Petróleo.

    4.10 Ducto de ventilación: Ducto o tubería que permite desalojar hacia la atmósfera el gas acumulado dentro de un registro o camisa subterránea.

    4.11 Electrofusión: Método para unir tubería y conexiones de polietileno, mediante el calor generado por el paso de corriente eléctrica a través de una resistencia integrada en una conexión de unión.

    4.12 Energético o combustible: Material que genera energía térmica durante el proceso de combustión.

    4.13 Estación de regulación: Instalación destinada a reducir y controlar la presión del gas a la salida de la instalación dentro de límites previamente definidos.

    4.14 Estación de regulación y medición: Instalación destinada a cuantificar el flujo de gas y controlar la presión de éste dentro de límites previamente definidos.

    4.15 Explosión: Reacción física y química de una mezcla combustible de gases iniciada por un proceso de combustión, seguida de la generación violenta y propagación rápida de la flama y de una onda de presión confinada, misma que al ser liberada produce daños al recipiente, estructura o elemento en el que se encontraba contenida dicha mezcla.

    4.16 Franja de desarrollo del sistema (antes derecho de vía): Franja de terreno donde se alojan las tuberías del sistema de distribución.

    4.17 Gas: Gas natural o gas Licuado de Petróleo.

    4.18 Gas inerte: Gas no combustible ni tóxico ni corrosivo.

    4.19 Gas Licuado de Petróleo (gas LP): Mezcla de hidrocarburos compuesta primordialmente por butano y propano.

    4.20 Gas natural: Mezcla de hidrocarburos compuesta primordialmente por metano.

    4.21 Gravedad específica: Relación de la densidad de un gas con la...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR