Distribución exclusiva y competencia

AutorErnesto Estrada González
CargoInstituto Federal de Telecomunicaciones
Páginas403-431
403
DISTRIBUCIÓN EXCLUSIVA Y COMPETENCIA*
Ernesto Estrada González**
RESUMEN
Este artículo evalúa el impacto en competencia de los acuerdos de distribución
exclusiva. La literatura económica identica estos acuerdos como un instrumento
para alinear incentivos entre fabricantes y distribuidores, y optimizar las activida-
des de venta. También los identica como un medio para reducir la competencia,
pero esta posibilidad se observa sólo bajo condiciones especícas de mercado. Por
su parte, la legislación mexicana prohíbe la distribución exclusiva cuando la esta-
blece una empresa dominante con el objeto o efecto de desplazar competidores,
pero no señala criterios para identicar cuándo puede ocurrir. Lo anterior introdu-
ce incertidumbre de cuándo se considera ilegal y puede inhibir la conducta incluso
cuando sea eciente, o alentarla cuando sea anticompetitiva. Este artículo propone
criterios para minimizar estos riesgos con base en una revisión de la literatura eco-
nómica y de la experiencia internacional relevante.
ABSTRACT
This note evaluates the effects on competition of exclusive dealing agreements. The
economic literature identies these agreements as an instrument to align incen-
tives between manufacturers and distributors, and optimize sale activities. It also
identies them as a mechanism to reduce competition, but this possibility is only
observed under specic market conditions. In this regards, the Mexican legislation
* Palabras clave: distribución exclusiva; restricciones verticales; prácticas monopólicas. Clasicación
JEL: K21, L12, L13, L42. Artículo recibido el 4 de abril de 2013 y aceptado el 6 de junio de 2014. Las
opiniones del autor no necesariamente reejan las del IFT. El autor agradece a Giovanni Tapia Lezama
por su apoyo en la elaboración de este estudio, así como a un dictaminador anónimo de EL TRIMESTRE
ECONÓMICO por sus comentarios y recomendaciones.
** Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) (correo electrónico: ernestoestrada@ift.org.mx).
EL TRIMESTR E ECONÓMICO, vol. LXXXII (2), núm. 326, abril-junio de 2015, pp. 403- 431
EL TRIMESTR E ECONÓMICO
404
prohibits exclusive dealing when it is undertaken by a dominant rm with the pur-
pose or effect of displacing competitors, but it does not establish criteria to evaluate
when this could happen. The above introduces uncertainty regarding the legality of
exclusive dealing, and can inhibit this conduct even when it is efcient, or encour-
age it when it is anticompetitive. This note proposes criteria to minimize this risk
based on a review of the relevant economic literature and international experience.
INTRODUCCIÓN
Es frecuente encontrar que fabricantes suministren sus productos a de-
tallistas bajo la condición de que no distribuyan marcas competidoras
a cambio de descuentos u otros benecios. Esta práctica no necesariamente
implica la prohibición expresa de vender marcas competidoras, pues los fa-
bricantes pueden obtener resultados similares, por ejemplo, ofreciendo des-
cuentos a partir de cierto umbral de ventas o requiriendo amplios espacios
de exhibición o almacenamiento.
La distribución exclusiva es común en la venta de automóviles y camio-
nes, productos electrónicos, ropa y calzado, helados, equipo deportivo,
muebles, cerveza, refrescos, etc. En la mayoría de los casos promueve in-
versiones, gastos de venta o servicio al cliente que mejoran la distribución
y expanden la oferta. Sin embargo, en ciertas condiciones, también pueden
reducir la competencia e incrementar los precios.
La legislación mexicana prohíbe que un fabricante dominante1 establez-
ca exclusividades (en lo subsecuente se utiliza indistintamente distribución
exclusiva y exclusividad) con el objeto de excluir o desplazar competidores.
Sin embargo, no existen criterios generales que orienten la aplicación de esta
prohibición, esto genera incertidumbre acerca de las condiciones en que es-
tos acuerdos son considerados ilegales. Esta situación conlleva el riesgo de
inhibir esta práctica aun cuando sea procompetitiva, e introduce incentivos
para que algunas empresas promuevan la intervención gubernamental con
el n de protegerse de la competencia mediante la introducción de obstácu-
los a las actividades de sus competidores en vez de proteger la competencia.
Asimismo, podría alentar exclusividades contrarias a la competencia.
1 En lo subsecuente se utilizan indistintamente los términos dominante, con poder sustancial de mer-
cado o con poder monopólico para referirnos a una empresa con un fuerte posicionamiento de mercado
que le permite jar unilateralmente cantidades o precios de mercado, sin que esta capacidad pueda ser
contrarrestada por sus competidores, clientes o proveedores.

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR