Disposiciones del reglamento de la ley del impuesto sobre la renta relacionadas con pagos provisionales de personas morales

AutorJaime Domínguez Orozco
Páginas279-279
PAGOS PROVISIONALES DEL ISR 279
DISPOSICIONES DEL REGLAMENTO DE LA LEY DEL IMPUESTO SO-
BRE LA RENTA RELACIONADAS CON PAGOS PROVISIONALES DE
PERSONAS MORALES
En el D.O.F. del 8 de octubre de 2015 se publicó el nuevo Reglamento
de la Ley del ISR y los artículos aplicables en pagos provisionales son los
siguientes:
ARTICULO 10. Se calcularán hasta el diezmilésimo el coe-
ficiente de utilidad a que se refiere la fracción I del artículo
14 de la Ley.
ARTICULO 13. Para efectos del artículo 14, párrafo séptimo,
inciso a) de la Ley, los contribuyentes para determinar sus
pagos provisionales, podrán no considerar los ingresos de
fuente de riqueza ubicada en el extranjero cuando por los
mismos se hubiere pagado el impuesto en el país donde se
encuentre ubicada la fuente de riqueza, aun cuando no sean
atribuibles a sus establecimientos ubicados en el extranjero.
ARTICULO 14. Para efectos del artículo 14, párrafo séptimo,
inciso b) de la Ley, la solicitud de autorización para dismi-
nuir el monto de los pagos provisionales a partir del segun-
do semestre del ejercicio que corresponda, se presentará
a la autoridad fiscal un mes antes de la fecha en la que se
deba efectuar el entero del pago provisional que se solicite
disminuir. Cuando sean varios los pagos provisionales cuya
disminución se solicite, dicha solicitud se deberá presentar
un mes antes de la fecha en la que se deba enterar el prime-
ro de ellos.
DISPOSICIONES DE LA LEY DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA RE-
LACIONADAS CON PAGOS PROVISIONALES DE PERSONAS FISICAS
CON INGRESOS POR ACTIVIDADES EMPRESARIALES Y PROFESIO-
NALES
ARTICULO 106. Los contribuyentes a que se refiere esta
Sección, efectuarán pagos provisionales mensuales a cuen-
ta del impuesto del ejercicio, a más tardar el día 17 del mes
inmediato posterior a aquél al que corresponda el pago,
mediante declaración que presentarán ante las oficinas au-
torizadas. El pago provisional se determinará restando de
la totalidad de los ingresos a que se refiere esta Sección
obtenidos en el período comprendido desde el inicio del
ejercicio y hasta el último día del mes al que corresponde el
pago, las deducciones autorizadas en esta Sección corres-
pondientes al mismo período y la participación de los tra-
bajadores en las utilidades de las empresas pagada en el
ejercicio, en los términos del artículo 123 de la Constitución
Política de los Estados Unidos Mexicanos y, en su caso, las
pérdidas fiscales ocurridas en ejercicios anteriores que no
se hubieran disminuido.
Al resultado que se obtenga conforme al párrafo anterior, se
le aplicará la tarifa que se determine de acuerdo a lo siguien-
te:

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