Disposiciones generales

AutorAnnamaria Bonomo
Páginas63-65
63
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Uni-
dos Mexicanos. Presidencia de la República.
ERNESTO ZEDILLO PONCE DE LEON, Presidente de los Esta-
dos Unidos Mexicanos, a sus habitantes sabed:
Que el Honorable Congreso de la Unión, se ha servido dirigirme
el siguiente
DECRETO
El Congreso de los Estados Unidos Mexicanos, decreta:
LEY FEDERAL DEL DERECHO DE AUTOR
TITULO I
DISPOSICIONES GENERALES
CAPITULO UNICO
ARTICULO 1o. La presente Ley, reglamentaria del artículo 28
constitucional, tiene por objeto la salvaguarda y promoción del acer-
vo cultural de la Nación; protección de los derechos de los autores,
de los artistas intérpretes o ejecutantes, así como de los editores, de
los productores y de los organismos de radiodifusión, en relación
con sus obras literarias o artísticas en todas sus manifestaciones, sus
interpretaciones o ejecuciones, sus ediciones, sus fonogramas o vi-
deogramas, sus emisiones, así como de los otros derechos de pro-
piedad intelectual.
ARTICULO 2o. Las disposiciones de esta Ley son de orden pú-
blico, de interés social y de observancia general en todo el territorio
nacional. Su aplicación administrativa corresponde al Ejecutivo Fe-
deral por conducto del Instituto Nacional del Derecho de Autor y, en
los casos previstos por esta Ley, del Instituto Mexicano de la Propie-
dad Industrial.
Para los efectos de esta Ley se entenderá por Instituto, al Instituto
Nacional del Derecho de Autor.
ARTICULO 3o. Las obras protegidas por esta Ley son aquéllas de
creación original susceptibles de ser divulgadas o reproducidas en
cualquier forma o medio.
1-3LEY DERECHO AUTOR/DISPOSICIONES GENERALES

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