Disposiciones de carácter general

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Al margen superior un escudo que dice: Ciudad de México. Capi-
tal en Movimiento.
DECRETO por el que se expide el Código Fiscal del Distrito Fe-
deral.
MARCELO LUIS EBRARD CASAUBON, Jefe de Gobierno del
Distrito Federal, a sus habitantes sabed:
Que la H. Asamblea Legislativa del Distrito Federal, V Legislatura
se ha servido dirigirme el siguiente:
DECRETO
Asamblea Legislativa del Distrito Federal V Legislatura Decreta
ARTICULO UNICO. Se expide el Código Fiscal del Distrito Fede-
ral, para quedar como sigue:
CODIGO FISCAL DEL DISTRITO FEDERAL
TITULO PRELIMINAR
CAPITULO UNICO
DISPOSICIONES DE CARACTER GENERAL
CARACTER DE LAS DISPOSICIONES DE ESTE CODIGO Y
OBJETO DE LAS MISMAS
ARTICULO 1. Las disposiciones de este Código, son de orden
público e interés general, tienen por objeto regular la obtención, ad-
ministración, custodia y aplicación de los ingresos del Distrito Fede-
ral, las infracciones y delitos contra la hacienda local, las sanciones
correspondientes, así como el procedimiento para interponer los
medios de impugnación que el mismo establece.
Los sujetos obligados a cumplir las disposiciones de este Código,
deberán observar que la recaudación, concentración, manejo, admi-
nistración y custodia de los ingresos locales, federales, de aplicación
automática y propios, se realice con base en criterios de legalidad,
honestidad, eficiencia, eficacia, economía, racionalidad, austeridad,
transparencia, control, rendición de cuentas, equidad de género y
derechos humanos.
DEFINICION DE LOS TERMINOS QUE SE SEÑALAN
ARTICULO 2. Para los efectos de este Código, se entenderá por:
I. Asamblea: La Asamblea Legislativa del Distrito Federal;
II. Autoridades Electorales: El Instituto Electoral y el Tribunal Elec-
toral del Distrito Federal;
IV. Comisión: La Comisión de Derechos Humanos del Distrito
Federal;
CFDF/DISPOSICIONES DE CARACTER GENERAL 1-2

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