De la Dirección General

AutorAlejandro Gérard Bertrand/Carlos Alejandro Corona Rabía
Páginas239-241
239
Título Cuarto
Del Instituto Mexicano del
Seguro Social
Capítulo V
De la Dirección General
Designación del Director General
Artículo 267. El Director General será nombrado por el Presidente de la República debiendo
ser mexicano por nacimiento que no adquiera otra nacionalidad y estar en pleno goce y
ejercicio de sus derechos civiles y políticos.
LSS 268 Director General; facultades
Tematización:
R. Interior 66 y 67 Dirección General
Atribuciones del Director General
Artículo 268. El Director General tendrá las siguientes atribuciones:
I. Presidir las sesiones de la Asamblea General y del Consejo Técnico;
II. Ejecutar los acuerdos del propio Consejo;
III. Representar legalmente al Instituto, con todas las facultades que corresponden a los
mandatarios generales para pleitos y cobranzas, actos de administración y de dominio,
y las especiales que requieran cláusula especial conforme al Código Civil Federal o
cualesquiera otra ley, así como ante todas las autoridades;
IV. Presentar anualmente al Consejo el informe de actividades, así como el programa de
labores y el presupuesto de ingresos y egresos para el siguiente periodo;
V. Presentar anualmente al Consejo Técnico el balance contable y el estado de ingresos y
gastos;
VI. Presentar anualmente al Consejo Técnico el informe financiero y actuarial;
VII. Proponer al Consejo la designación o destitución de los trabajadores de confianza men-
cionados en la fracción IX del artículo 264;

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