Los diez mandamientos y el Derecho Positivo mexicano

AutorMauricio Moisés Atri Behar
CargoAbogado asociado a Basham, Ringe y Correa. Director Jurídico de Grupo Tyco
Páginas16-19

"El mismo contenido normativo puede aparecer como mandato de la religión, de la moral, de las reglas convencionales y del derecho, como no los prueba el Decálogo." Así, "es preciso que los principios generales del derecho, tal como se contienen... en el Decálogo; sean establecidos, aplicados y ejecutados por un poder autoritario como preceptos jurídicos positivos."

Hermann Heller1

"Considerando a los Diez Mandamientos como fuente del derecho, sobre su base se elaboraron los preceptos jurídico-penales y a ese derecho se conoce como 'derecho penal mosaico' (originado en la ley de Moisés)."

Eugenio Raúl Zaffaroni2

"Y respondió Moisés al pueblo: No teman; porque para probarlos ha venido Dios, y para que su temor esté ante ustedes a fin de que no pequen."

Antiguo Testamento3

"Si en la vida mortal no diese claramente algún castigo a la variedad de delitos, creerían los mortales que no había Providencia Divina."

San Agustín4

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Con las presentes líneas llamo la atención de la existencia de cierta normatividad mexicana que cuenta con antecedentes jurídico-filosóficos, así como éticos-religiosos, derivados del Antiguo Testamento y fundamentalmente de los Diez Mandamientos, cuyas prescripciones, de una u otra manera, podemos encontrar consagradas en nuestro orden jurídico. A continuación me permito realizar un ejercicio de relación de ideas y asociación de conceptos entre el orden religioso y el ámbito legal nacional. Reconozco que, en el presente caso, se pretende comparar lo incomparable.

La Torah, esto es, la "Ley de Moisés" o el "Pentateuco", se compone de los primeros cinco libros de la Biblia, que son: Génesis, Éxodo, Levítico, Números y Deuteronomio. Y los Diez Mandamientos son el "Decálogo", las "Tablas de la Ley" mismos que se encuentran en el Éxodo capítulo XX versículos 1 a 17 de la Biblia, reiteradas en el Deuteronomio IV 13 y V 6 a 22, constituyendo los estatutos del judaismo, sus derechos y obligaciones básicas.

PRIMER MANDAMIENTO

Establece "Yo soy tu Dios, el Eterno, Todopoderoso, que te saqué de la tierra de Egipto, de casa de esclavos" (Éxodo XX 1). Lo anterior refleja la unicidad, la soberanía y fortaleza de Dios. Por otra parte, de los artículos 39, 40, 41, 49, 50, 80 y 94 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, se desprende que el Estado Mexicano es único, supremo y soberano, y que cuenta con poder público; estableciendo al efecto que dicha soberanía y potestad es única, que reside esencial y originariamente en el pueblo, dimana del pueblo y se instituye en beneficio de éste, ejerciéndose a través de los Poderes de la Unión, esto es, por medio del Poder Ejecutivo, Legislativo y Judicial (arts. 39 y 41 Constitucional). Así las cosas, el pueblo soberano debe ser libre, quedando proscrita la esclavitud (art. 2° Constitucional), situación que es sancionada por la legislación secundaria.

SEGUNDO MANDAMIENTO

Establece "no tendrás otros dioses fuera de mí" (Éxodo XX 2-6), lo cual implica una orden de fidelidad, lealtad y confianza hacia el todopoderoso, se trata de un mandato de fe, creencia y respeto hacia Dios, lo cual obliga al hombre a no cometer actos de idolatría. Por su parte el Código Penal Federal (CPF) establece una serie de delitos cuyo bien jurídico protegido es la seguridad de la nación, tutelando la fidelidad, lealtad y confianza hacia el Estado, en pos de la defensa de la independencia, la soberanía y la integridad, así como de la legalidad y del Estado de Derecho de la Nación Mexicana,con tipos penales, como la...

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