Dictamen

Página 6 3 de agosto de 2016
GOBERNADOR CONSTITUCIONAL
DEL ESTADO DE MÉXICO
DR. ERUVIEL ÁVILA VILLEGAS
(RÚBRICA).
SECRETARIO GENERAL DE GOBIERNO
JOSÉ S. MANZUR QUIROGA
(RÚBRICA).
HONORABLE ASAMBLEA
Por acuerdo de la Presidencia de la Diputación Permanente, fue remitida a las Comisiones Legislativas de Gobernación y Puntos
Constitucionales, de Finanzas Públicas, el estudio y dictamen, de la Iniciativa de Decreto por el que se reforman diversas disposiciones del
Código Civil del Estado de México y del Código Financiero del Estado de México y Municipios, presentada por el Titular del Ejecutivo
Estatal.
Destacando que, la iniciativa de decreto fue remitida, también, a la Comisión Legislativa de Procuración y Administración de Justicia para su
opinión; misma que se expresa en el dictamen.
Concluido el estudio cu idadoso de la iniciativa de decreto y ampliamente discutido por las comisiones legislativas, nos permitimos, con
fundamento, en lo establecido en los artículos 68, 70, 72 y 82 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado Libre y Soberano de
México, en relación con lo señalado en los artículos 13 A, 70, 73, 75, 78, 79 y 80 del Reglamento, someter a la aprobación de la Legislatura
en Pleno, el siguiente:
DICTAMEN
ANTECEDENTES
La iniciativa de decreto, fue presentada a la aprobación de la Legislatura, por el Titular del Ejecutivo Estatal, en ejercicio de las atribuciones
que le confieren los artículos 51 fracción I y 77 fracción V de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México, presentó, a la
Legislatura, la iniciativa de decreto que nos ocupa.
Del estudio que realizamos quienes integramos las comisiones legislativas, apreciamos que la iniciativa de decreto propone la reforma de
diversas disposiciones del Código Civil del Estado de México y del Código Financiero del Estado de México y Municipios, en materia de
extinción de inscripción registral.
CONSIDERACIONES
Es competente la “LIX” Legislatura para conocer y resolver la iniciativa de decreto conforme lo ordenado en el artículo 61 fracción I de la
Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México, que la faculta para expedir leyes, decretos o acuerdos para el régimen interior
del Estado, en todos los ramos de la administración del gobierno.
Advertimos que la propuesta legislativa para reformar el Código Civil del Estado de México y el Código Financiero del Estado de México y
Municipios, es consecuente con el Plan de Desarrollo del Estado de México 2011-2017 que sustenta una administración Municipalista, de
Gestión de Resultados y de Financiamiento para el Desarrollo.
Se trata de una iniciativa legislativa que busca actualizar disposiciones normativas para atender legítimas demandas de la sociedad
mexiquense, derivadas de la realidad actual que se vive en el ámbito registral, con motivo de la aplicación de la legislación vigente que
requiere de adecuaciones para garantizar su eficacia social.
Apreciamos que si bien es cierto el marco jurídico en materia registral en el Estado de México ha sido motivo de especial atención y de
importantes actualizaciones para su consolidación, también lo es, que necesita de diversas modificaciones para evitar que algunas de sus
disposiciones sean rebasadas por las transformaciones y cambios sociales, y se vuelvan inútiles y anacrónicas, incapaces de cumplir con
los fines para los que fueron creados y resolver la problemática derivada del incremento del tráfico inmobiliario, como se expresan en la
iniciativa de decreto.

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR