¿Qué dicen hoy los tribunales?
| Fecha | 01 Noviembre 2023 |
| Autor | Denise Tron Zuccher y Mariana Ruiz Albarrán |
64 abogacía Noviembre 2023
En tribunales se está reinterpretando la prisión preventiva oficiosa de acuerdo con los casos resueltos por la Corte Interamericana
de Derechos Humanos en este tema. En la Suprema Corte de Justicia de la Nación, la Primera Sala se pronunció sobre la detención
administrativa de migrantes y en materia de pensiones, orfandad y viudez. Por su parte, la Segunda Sala avaló la constitucionalidad
de la regulación de beneficiario controlador en materia fiscal.
Denise Tron Zuccher y Mariana Ruiz Albarrán
Impuesto sobre adquisición
de inmuebles en la Ciudad de
México
A pesar de que el impuesto
sobre adquisición de inmue-
bles en la Ciudad de México fue
declarado inconstitucional, éste
debe pagarse sin considerar el
elemento que generó la invali-
dez, esto es, la cuota fija de la
tarifa. Registro: 2027188.
Régimen simplificado de
confianza, ¿viola la equidad
tributaria?
Este régimen, conocido como
régimen simplificado de con-
fianza, y previsto en la Ley del
Impuesto sobre la Renta, no es
aplicable a los trabajadores que
reciben ingresos por salarios
y asimilados. La Segunda Sala
de la Suprema Corte de Justi-
cia de la Nación sostuvo que
existen diferencias objetivas
entre los dos regímenes, ya
que el régimen simplificado de
confianza persigue un fin extra-
fiscal: impulsar a los contribu-
yentes con ingresos variables.
Por lo tanto, no se transgrede
el principio de equidad tributa-
ria. [Jurisprudencia] Registro:
2027247.
Beneficiario controlador
La Segunda Sala de la Suprema
Corte de Justicia de la Nación
resolvió que la regulación
sobre beneficiario controlador,
vigente desde enero de 2022,
cumple con un fin constitu-
cional, por lo que debe consi-
derarse válida. Se trata de la
obligación que tienen todas
las personas morales, fidei-
comisos y otras figuras jurí-
dicas, de entregar al Sistema
de Administración Tributaria
información sobre las personas
físicas que ejercen el control o
se benefician de ellas.
También se resolvió que el
Código Fiscal de la Federación
no vulnera el principio de segu-
ridad jurídica al establecer que
entre los obligados a identificar
a su beneficiario controlador
está “cualquier otra figura jurí-
dica”. [Jurisprudencia] Regis-
tros: 2027228 y 2027229.
Queda pendiente que
los tribunales se pronuncien
sobre la constitucionalidad de
otros aspectos; por ejemplo,
las multas por no contar con
la información del beneficiario
controlador o por no entregarla
al Sistema de Administración
Tributaria, que van de 500 000
a dos millones de pesos.
Si recibes dinero en tu cuenta
por un error, ¿tienes que com-
parecer a juicio?
Un pleno regional sostuvo que
no existe obligación de llamar
a juicio a la persona que recibió
fondos por un error en trans-
ferencias bancarias, cuando el
afectado demande al banco en
un juicio oral mercantil. [Juris-
prudencia] Registro: 2027194.
Adulto mayor presenta am-
paro por no recibir pensión del
Programa de Pensión para el
Bienestar
Cuando un adulto mayor no
sea incluido en el Programa de
Pensión para el Bienestar de
las Personas Adultos Mayores
puede reclamar esa omisión en
juicio de amparo. La Secretaría
del Bienestar es la autoridad
responsable, por ser la encar-
gada de la operación del pro-
grama. Registro: 2027156.
Bloqueo de cuentas bancarias
y juicio de amparo
La persona a la que se le incluyó
en la lista de la Unidad de Inte-
ligencia Financiera (UIF) y se le
bloquearon sus cuentas banca-
rias no podrá promover amparo
si se encuentra en trámite el
procedimiento administrativo
ante la UIF. Registro: 2027087.
En este caso se aplicó la juris-
prudencia P./J. 144/2000 del
pleno de la Suprema Corte de
Justicia de la Nación.
Incidente para sustitución de
autoridad responsable
El juez está obligado a abrir el
incidente previsto en el artí-
culo 193 de la Ley de Amparo,
si durante el trámite del juicio
la entidad pública demandada
como autoridad responsable fue
sustituida por otra. Registro:
2027090.
Pensión por orfandad del
ISSSTE
,
¿puede recibirla el nieto de la
derechohabiente
La pensión por orfandad para
los derechohabientes del ISSSTE
puede ser recibida por el nieto,
cuando su abuela era la que
ejercía la patria potestad por
falta de sus padres y esto había
sido reconocido por resolu-
ción judicial. Así lo resolvió la
Segunda Sala de la Suprema
Corte de Justicia de la Nación
al realizar una interpretación
conforme para equiparar al
nieto con los derechos que tie-
nen los hijos de los derechoha-
bientes. Registros: 2027265 y
2027266.
Pensión de viudez, ¿cesa si se
contrae nuevo matrimonio?
La Segunda Sala de la Suprema
Corte de Justitica de la Nación
resolvió que el artículo de la Ley
del ISSSTE que contempla la pér-
dida del derecho a recibir una
pensión de viudez, cuando el
pensionado contrae matrimonio
o inicia una relación de concu-
binato con posterioridad a que
fallezca su pareja, es contrario
a los principios de igualdad y
seguridad social. [Jurispruden-
cia] Registro: 2027196.
Prisión preventiva oficiosa y
suspensión en amparo
Un pleno regional interpretó los
artículos 163 y 166 de la Ley de
Amparo que establecen que la
suspensión en amparo, en con-
tra de la imposición de prisión
preventiva oficiosa al imputado,
tiene efectos limitados. Lo ante-
rior, a partir de la declaración de
inconvencionalidad efectuada
por la Corte Interamericana de
Derechos Humanos, en los casos
Tzompaxtle Tecpile y otros y
García Rodríguez y otro. Por lo
tanto, el juez de amparo deberá
dar efectos restitutorios a la
[ ¿Qué dicen hoy los tribunales? ]
ADMINISTRATIVO
AMPARO
MERCANTIL
FISCAL
PENAL
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