Diario Oficial de la Federación de 31/08/2020 (Contenido completo)

EdiciónMatutina
No. de edición del mes: 26 Ciudad de México, lunes 31 de agosto de 2020
CONTENIDO
Secretaría de Relaciones Exteriores
Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana
Secretaría de Hacienda y Crédito Público
Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural
Secretaría de la Función Pública
Secretaría de Salud
Secretaría de Cultura
Instituto Mexicano del Seguro Social
Suprema Corte de Justicia de la Nación
Banco de México
Comisión Federal de Competencia Económica
Avisos
Indice en página 309
2 DIARIO OFICIAL Lunes 31 de agosto de 2020
PODER EJECUTIVO
SECRETARIA DE RELACIONES EXTERIORES
ACUERDO por el que se modifica por sexta ocasión el diverso por el que se dan a conocer los días en
que se suspenderán los plazos y términos aplicables en los trámites y procedimientos administrativos sustanciados
ante la Secretaría de Relaciones Exteriores, con motivo de la emergencia sanitaria generada por el virus
SARS-CoV2 (COVID-19).
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Relaciones
Exteriores.
MARCELO LUIS EBRARD CASAUBON, Secretario de Relaciones Exteriores, con fundamento en lo
dispuesto por los artículos 26 y 28 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 4 de la Ley
Federal de Procedimiento Administrativo, y 1, 6 y 7 del Reglamento Interior de la Secretaría de Relacio nes
Exteriores, y
CONSIDERANDO
Que el 30 de marzo de 2020, el Consejo de Salubridad General publicó en el Diario Oficial de l a
Federación el Acuerdo por el que se declara como emergencia sanitaria por causa de fuerza mayor, a la
epidemia de enfermedad generada por el virus SARS-CoV2 (COVID-19), señalando que la Secretaría de
Salud determinaría todas las acciones que resulten necesarias para atender dicha emergencia;
Que el 14 de mayo de 2020, la Secretaría de Salud publicó en el Diario Oficial de la Federación, el
Acuerdo por el que se establece una estrategia para la reapertura de las actividades sociales, educativas y
económicas, así como un sistema de semáforo por regiones para evaluar semanalmente el riesgo
epidemiológico relacionado con la reapertura de actividades en cada entidad fed erativa, así como se
establecen acciones extraordinarias, Acuerdo modificado mediante publicación en el referido medio de
difusión el 15 de mayo de 2020;
Que el día 20 de agosto de 2020, se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Acuer do por el que se
modifica por quinta ocasión el diverso por el que se dan a conocer los días en que se suspenderán los plazos
y términos aplicables en los trámites y procedimientos administrativos sustanciados ante la Secretaría de
Relaciones Exteriores, con motivo de la emergencia sanitaria generada por el virus SARS-CoV2 (COVID-19);
Que la Dirección General de Delegaciones de la Secretaría de Relaciones Exteriores, conforme a lo
dispuesto en el artículo 35 fracciones I, III y V del Reglamento Interior de la Secretaría de Relaciones
Exteriores vigente, tiene por objeto normar, autorizar y supervisar en territorio nacional las actividad es y
servicios de expedición de pasaportes y documentos de identidad y viaje, y la legalización de firmas de
documentos públicos que deban surtir efectos en el extranjero; así como administrar el sistema de expedición
de pasaportes; organizar y dirigir la supervisión y dirección de las delegaciones y subdelegaciones de la
Secretaría, con la finalidad de que cumplan con las políticas generales y específicas en materia de su
competencia;
Lunes 31 de agosto de 2020 DIARIO OFICIAL 3
Que el Gobierno de México impulsa concretizar un federalismo articulado partiendo de la convicción que la
fortaleza de la nación, proviene principalmente de sus regiones, estados y municipios, lo cual aporta a través
de la suma de esfuerzos conjuntos, alcanzar los objetivos planteados en las políticas públicas federales. Bajo
ese tenor, es que se solicitó a las autoridades sanitarias de los Estados, su opinión favorable respecto a la
reanudación de actividades correspondientes a las Delegaciones de la Secretaría de Relaciones E xteriores,
las cuales atienden al objeto del presente Acuerdo;
Que por lo antes expuesto, considerando la demanda de los servicios prestados por las Delegaciones de
esta Secretaría de Estado relacionados con solicitudes de pasaportes ordinarios que por motivos de
emergencias se requiere su emisión y, en cumplimiento a la estrategia de la Secretaría de Salud para l a
reapertura de las actividades sociales, educativas y económicas, y con la finalidad de salvagua rdar la
integridad y seguridad sanitaria del público usuario, he tenido a bien expedir el siguiente
ACUERDO
ÚNICO.- Se adiciona un párrafo y cuatro viñetas al numer al Séptimo del “Acuerdo por el que se modifica
por quinta ocasión el diverso por el que se dan a conocer los días en que se suspenderán los pla zos y
términos aplicables en los trámites y procedimientos administrativos sustanciados ante la Secretaría de
Relaciones Exteriores, con motivo de la emergencia sanitaria generada por el virus SARS-CoV2 (COVID-19)”,
publicado el día 20 de agosto de 2020 en el Diario Oficial de la Federación para quedar como sigue:
SÉPTIMO. []
[]
[]
[]
[]
Las Delegaciones de la Secretaría de Relaciones Exteriores que se enlistan a continuación, así como las
Oficinas Estatales y Municipales de Enlace con esta Secretaría dentro de sus respectivas demarcaciones
territoriales, conforme a las disposiciones emitidas por parte de las autoridades sanitarias corresp ondientes,
reanudarán sus actividades bajo los mismos términos, a partir del día 31 de agosto de 2020, siendo:
Campeche, Campeche.
Naucalpan de Juárez, Estado de México.
Toluca de Lerdo, Estado de México.
Hermosillo, Sonora.
TRANSITORIO
ÚNICO.- El presente Acuerdo entrará en vigor el día 31 de agosto de 2020.
Dado en la Ciudad de México a los 26 días del mes de agosto de dos mil veinte.- El Secretario de
Relaciones Exteriores, Marcelo Luis Ebrard Casaubon.- Rúbrica.

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