Diario Oficial de la Federación de 31/03/2017 (Contenido completo)

EdiciónMatutina
Tomo DCCLXII No. 22 Ciudad de México, viernes 31 de marzo de 2017
CONTENIDO
Secretaría de Gobernación
Secretaría de Hacienda y Crédito Público
Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales
Secretaría de Energía
Secretaría de Economía
Secretaría de la Función Pública
Secretaría de Salud
Comisión Reguladora de Energía
Banco de México
Instituto Federal de Telecomunicaciones
Avisos
Indice en página 109
$21.00 EJEMPLAR
2 (Primera Sección) DIARIO OFICIAL Viernes 31 de marzo de 2017
PODER EJECUTIVO
SECRETARIA DE GOBERNACION
CONVENIO de Coordinación del Fondo de Aportaciones para la Seguridad Pública de los Estados y del Distrito
Federal, que celebran el Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública y el Estado de Baja
California Sur.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de
Gobernación.- Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública.
CONVENIO DE COORDINACIÓN EN LO SUCESIVO “CONVENIO”, DEL FONDO DE APORTACIONES PARA LA
SEGURIDAD PÚBLICA DE LOS ESTADOS Y DEL DISTRITO FEDERAL, EN LO SUCESIVO “FASP”, QUE CELEBRAN
POR UNA PARTE EL PODER EJECUTIVO FEDERAL, POR CONDUCTO DEL SECRETARIADO EJECUTIVO DEL
SISTEMA NACIONAL DE SEGURIDAD PÚBLICA, EN LO SUCESIVO “EL SECRETARIADO”, REPRESENTADO POR SU
TITULAR, EL C. ÁLVARO VIZCAÍNO ZAMORA, Y POR LA OTRA, EL PODER EJECUTIVO DEL ESTADO LIBRE Y
SOBERANO BAJA CALIFORNIA SUR, EN LO SUCESIVO “LA ENTIDAD FEDERATIVA”, REPRESENTADO POR SU
GOBERNADOR CONSTITUCIONAL, EL C. CARLOS MENDOZA DAVIS, ASISTIDO POR EL SECRETARIO GENERAL DE
GOBIERNO Y SECRETARIO EJECUTIVO DEL CONSEJO ESTATAL DE SEGURIDAD PÚBLICA, EL C. ÁLVARO DE LA
PEÑA ANGULO Y EL SECRETARIO DE FINANZAS DEL GOBIERNO DEL ESTADO, EL C. ISIDRO JORDÁN MOYRÓN A
QUIENES CONJUNTAMENTE SE LES DENOMINARÁ “LAS PARTES” DE CONFORMIDAD CON EL MARCO LEGAL,
DECLARACIONES Y CLÁUSULAS SIGUIENTES:
MARCO LEGAL
“LAS PARTES” protestan cumplir y hacer cumplir en el ámbito de sus respectivas competencias, el marco
jurídico vigente aplicable al “FASP” y al presente “CONVENIO”; razón por la cual se obligan a él como si
estuviera inserto a la letra en este documento, con todos los efectos legales y administrativos conducentes.
DECLARACIONES
I. DECLARA “EL SECRETARIADO”, A TRAVÉS DE SU REPRESENTANTE QUE:
I.1 Es un Órgano Administrativo Desconcentrado de la Secretaría de Gobernación, operativo del
Sistema Nacional de Seguridad Pública, con autonomía técnica, de gestión y presupuestal,
en lo subsecuente “Ley General”, 2, apartado C, fracción XI y 120 del Reglamento Interior de la
Secretaría de Gobernación, y 1 del Reglamento del Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional
de Seguridad Pública.
I.2 Su Titular fue designado como Secretario Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Públic a por el
C. Presidente de la República en su carácter de Presidente del Consejo N acional de Seguridad
Pública, ratificado por el Senado de la República el 14 de diciembre de 2015, de conformidad con los
artículos 17, párrafo segundo de la “Ley General”; 27, párrafo último de la Ley Orgánica de la
Administración Pública Federal y 5 del Reglamento del Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional
de Seguridad Pública.
I.3 Está facultado para suscribir el “CONVENIO” de acuerdo a lo preceptuado por los artículos 18,
fracciones VII y XXV de la “Ley General”, 69, párrafo segundo, y 70, fracción V del Reglamento
Interior de la Secretaría de Gobernación, y 5 y 8, fracción XII del Reglamento del Secretariado
Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública.
I.4 Para todos los efectos legales relacionados con el “CONVENIO”, señala como domicilio el ubicado
en Avenida General Mariano Escobedo número 456, piso 12, Colonia Anzures, Delegación Miguel
Hidalgo, Código Postal 11590, Ciudad de México.
I.5 Para efectos de operación y seguimiento del “FASP” designa a la Dirección General de Vinculación y
Seguimiento, sita en: Avenida General Mariano Escobedo número 456, piso 1, Colonia Anzures,
Delegación Miguel Hidalgo, Código Postal 11590, Ciudad de México.
II. DECLARA “LA ENTIDAD FEDERATIVA”, A TRAVÉS DE SU REPRESENTANTE QUE:
II.1 Es parte integrante de los Estados Unidos Mexicanos, libre y soberano en todo lo concerniente a su
régimen interior, constituido como gobierno republicano, representativo, democrático, laico y popular,
como lo preceptúan los artículos 40, 42, fracción I, 43 y 115 de la Constitución Política de los
Estados Unidos Mexicanos 1o. y 37 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Baja
California Sur.
II.2 Asumió el cargo de Gobernador Constitucional del Estado Libre y So berano de Baja California Sur, a
partir del 10 de septiembre de 2015; por lo que cuenta con facultades para celebrar el “CONVENIO”;
en términos de los artículos 39, Apartado B, fracciones I y II y 142 de la “Ley General”; 67 y 79,
fracción XXIX de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Baja California Sur; 4 y 14
Viernes 31 de marzo de 2017 DIARIO OFICIAL (Primera Sección) 3
la Ley del Sistema Estatal de Seguridad Pública de Baja California Sur y demás disposiciones
aplicables.
II.3 Cuentan con la disponibilidad presupuestaria para hacer frente a los compromisos materia del
“CONVENIO”.
II.4 Para todos los efectos legales relacionados con el “CONVENIO”, señala como su dom icilio el ubicado
en: Palacio de Gobierno, calle Isabel la Católica, entre calle Ignacio Allende y calle Ni colás Bravo,
Colonia Centro, Código Postal 23000, La Paz, Baja California Sur.
II.5 Para efectos de operación, funcionamiento y seguimiento del “FASP” designa al Secretariado
Ejecutivo del Consejo Estatal de Seguridad Pública, sito en: Palacio de Gobierno, calle Isabel la
Católica entre calle Ignacio Allende y calle Nicolás Bravo, Colonia Centro, Código Postal 23000,
La Paz, Baja California Sur.
III. DECLARAN “LAS PARTES”, A TRAVÉS DE SUS REPRESENTANTES QUE:
III.1 Se reconocen mutuamente la personalidad que ostentan.
III.2 Celebran el “CONVENIO” de acuerdo con el marco jurídico aplicable, al tenor de las siguientes:
CLÁUSULAS
PRIMERA. OBJETO.
El presente “CONVENIO” tiene por objeto coordinar acciones entre “LAS PARTES” para que a través de
los recursos del “FASP” correspondientes al Ejercicio Fiscal 2017 y la aportación de “LA ENTIDAD
FEDERATIVA”, la misma esté en condiciones de atender las políticas y estrategias establecidas en los Ejes
Estratégicos del Sistema Nacional de Seguridad Pública y los Programas con Prioridad Nacional, aprobados
por el Consejo Nacional de Seguridad Pública en su Trigésima Octava Sesión Ordinaria, con base en lo
preceptuado por el párrafo décimo del artículo 21 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos
y los artículos 44 y 45 de la Ley de Coordinación Fiscal.
SEGUNDA. MONTOS Y DESTINOS DE GASTO DEL “FASP”.
Criterios de distribución, fórmulas y variables para la asignación de los recursos del Fondo de Aportaciones
para la Seguridad Pública de los Estados y del Distrito Federal del Ejercicio Fiscal 2017 y el resultado de su
aplicación, publicados en el Diario Oficial de la Federación el 29 de diciembre de 2016, “LA E NTIDAD
FEDERATIVA” recibirá la cantidad de $163,902,537.00 (CIENTO SESENTA Y TRES MILLONES
NOVECIENTOS DOS MIL QUINIENTOS TREINTA Y SIETE PESOS 00/100 M.N.) de los recursos
del “FASP”.
A efecto de complementar los recursos necesarios para la realización del objeto del “CONVENIO”,
“LA ENTIDAD FEDERATIVA” se obliga a aportar de sus recursos presupuestarios un monto mayor al 25 (%)
por ciento del total de los recursos federales otorgados, lo que representa la cantidad de $40,977,134.25
(CUARENTA MILLONES NOVECIENTOS SETENTA Y SIETE MIL CIENTO TREINTA Y CUATRO MIL
PESOS 25/100 M.N.).
El Financiamiento Conjunto pactado en el “CONVENIO”, integrado por las aportaciones federal y estatal
suman en conjunto la cantidad de $204,879,671.25 (DOSCIENTOS CUATRO MILLONES OCHOCIENTOS
SETENTA Y NUEVE MIL SEISCIENTOS SETENTA Y UN PESOS 25/100 M.N.).
Los Subprogramas, en su caso, así como las acciones, metas, conceptos y/o montos convenidos de los
Programas con Prioridad Nacional, se incluirán en el Anexo Técnico, el cual una vez firmado p or las y los
Titulares de las Unidades Administrativas competentes de “EL SECRETARIADO”, y dos servidoras o
servidores públicos de “LA ENTIDAD FEDERATIVA” que en razón de su competencia designe mediante oficio
el Titular del Poder Ejecutivo Estatal, formará parte integrante del presente “CONVENIO”.
En cumplimiento a lo dispuesto en los artículos 7, fracción II y 8 de la “Ley General” y 45 y 49 de la Ley de
Coordinación Fiscal, “LA ENTIDAD FEDERATIVA” destinará recursos del Financiamiento Conjunto, para
realizar acciones específicas en materia de seguimiento y evaluación respecto de las acciones, metas,
conceptos y recursos asociados de los Programas con Prioridad Nacional y, en su caso, Subprogramas,
instrumentados en el marco de este “CONVENIO”, en los términos establecidos en el Anexo Técnico y
observando los Lineamientos Generales de Evaluación que emita “EL SECRETARIADO”.
El incumplimiento a las obligaciones derivadas de la “Ley General”, los acuerdos d el Consejo Nacional de
Seguridad Pública o el “CONVENIO”, estará sujeto a lo previsto en los artículos 18, fracción XVIII, 143, 144 y
145 de la “Ley General”.
TERCERA. COMPROMISOS DE “LA ENTIDAD FEDERATIVA”.
I. Cumplir con lo señalado en el artículo 7, fracción IX del Presupuesto de Egresos de la Federación
para el Ejercicio Fiscal 2017, la normativa en materia presupuestaria; la “Le y General”; la Ley de
Coordinación Fiscal; los Criterios Generales para la Administración y Ejercicio de los Recursos
del Fondo de Aportaciones para la Seguridad Pública de los Estados y del Distrito Federal (FASP)
que serán aplicables para el ejercicio fiscal 2017 y subsecuentes y demás disposiciones aplicables.

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR