Diario Oficial de la Federación de 26/08/2015 (Contenido completo)

Tomo DCCXLIII No. 18 México, D.F., miércoles 26 de agosto de 2015
CONTENIDO
Secretaría de Gobernación
Secretaría de Hacienda y Crédito Público
Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales
Secretaría de Economía
Secretaría de Agricultura, Ganadería,
Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación
Secretaría de Educación Pública
Secretaría de Salud
Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano
Comisión Nacional para la Protección y Defensa
de los Usuarios de Servicios Financieros
Consejo de la Judicatura Federal
Banco de México
Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa
Avisos
Indice en página 110
$29.00 EJEMPLAR
2 (Primera Sección) DIARIO OFICIAL Miércoles 26 de agosto de 2015
PODER EJECUTIVO
SECRETARIA DE GOBERNACION
DECLARATORIA de Emergencia por la presencia de lluvia severa en el Municipio de Escuinapa del Estado de
Sinaloa y lluvia severa e inundación fluvial en el Municipio de Rosario de dicha entidad federativa, ocurridas los
días 15 y 16 de agosto de 2015.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría
de Gobernación.
LUIS FELIPE PUENTE ESPINOSA, Coordinador Nacional de Protección Civil de la Secretaría de
Gobernación, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 19, fracción XI, 21, 58, 59, 61, 62 y 64 de la Ley
General de Protección Civil; 102 del Reglamento de la Ley General de Protección Civil; 59, fracciones I, XX y
XXI del Reglamento Interior de la Secretaría de Gobernación; 3, fracción I del “Acuerdo por el que se emiten
las Reglas Generales del Fondo de Desastres Naturales” (Reglas Generales); y 10 del “Acuerdo que
establece los Lineamientos del Fondo para la Atención de Emergencias FONDEN” (LINEAMIENTOS), y
CONSIDERANDO
Que mediante oficio número 07007/2015, recibido con fecha 17 de agosto de 2015 en la Coordinación
Nacional de Protección Civil (CNPC), el Gobernador del Estado de Sinaloa, Lic. Mario López Valdez, solicitó a
la Secretaría de Gobernación (SEGOB) a través de la CNPC, la emisión de la Declaratoria de Emergencia
para los municipios de Rosario y Escuinapa de dicha Entidad Federativa, por la presencia de lluvia severa e
inundación pluvial y fluvial del 15 al 16 de agosto de 2015; ello, con el propósito de acceder a los recursos del
Fondo para la Atención de Emergencias FONDEN.
Que mediante oficio número CNPC/1043/2015, de fecha 17 de agosto de 2015, la CNPC solicitó a la
Comisión Nacional del Agua (CONAGUA) el dictamen técnico correspondiente para, en su caso, emitir
la Declaratoria de Emergencia para los municipios del Estado de Sinaloa solicitados en el oficio referido
con anterioridad.
Que con oficio número B00.8.-0477 de fecha 18 de agosto de 2015, la CONAGUA emitió el dictamen
técnico correspondiente, corroborando los fenómenos de lluvia severa para el municipio de Escuinapa del
Estado de Sinaloa, y lluvia severa e inundación fluvial para el municipio de Ros ario de dicha Entidad
Federativa, los días 15 y 16 de agosto de 2015,.
Que el día 18 de agosto de 2015 se emitió el Boletín de Prensa número 488, mediante el cual se di o a
conocer que la SEGOB por conducto de la CNPC declara en emergencia al municipio de Escuinapa del
Estado de Sinaloa por la presencia de lluvia severa, y al municipio de R osario de dicha Entidad Federativa por
lluvia severa e inundación fluvial, ocurridas los días 15 y 16 de agosto de 2015, con lo que se activan los
recursos del Fondo para la Atención de Emergencias FONDEN, y a partir de esa Declaratoria las autoridades
contarán con recursos para atender las necesidades alimenticias, de abrigo y de salud de la población
afectada.
Con base en lo anterior se consideró procedente en este acto emitir la siguiente:
DECLARATORIA DE EMERGENCIA POR LA PRESENCIA DE LLUVIA SEVERA
EN EL MUNICIPIO DE ESCUINAPA DEL ESTADO DE SINALOA Y LLUVIA SEVERA
E INUNDACIÓN FLUVIAL EN EL MUNICIPIO DE ROSARIO DE DICHA ENTIDAD
FEDERATIVA, OCURRIDAS LOS DÍAS 15 Y 16 DE AGOSTO DE 2015
Con base en lo anterior se consideró procedente en este acto emitir la siguiente:
Artículo 1o.- Se declara en emergencia al municipio de Escuinapa del Estado de Sinaloa por la presencia
de lluvia severa, y al municipio de Rosario de dicha Entidad Federativa por lluvia sev era e inundación fluvial,
ocurridas los días 15 y 16 de agosto de 2015.
Artículo 2o.- La presente se expide para que el Estado de Sinaloa pueda acceder a los recurso s del
Fondo para la Atención de Emergencias FONDEN de la Secretaría de Gobernación.
Artículo 3o.- La determinación de los apoyos a otorgar se hará en los términos de los LINEAMIENTOS y
con base en las necesidades prioritarias e inmediatas de la población para salvaguardar su vida y su salud.
Artículo 4o.- La presente Declaratoria se publicará en el Diario Oficial de la Federación de conformidad
con el artículo 61 de la Ley General de Protección Civil y en cumplimiento a lo dispuesto por el artículo 10,
fracción IV de los LINEAMIENTOS.
México, Distrito Federal, a dieciocho de agosto de dos mil quince.- El Coordinador Nacional, Luis Felipe
Puente Espinosa.- Rúbrica.
Miércoles 26 de agosto de 2015 DIARIO OFICIAL (Primera Sección) 3
SECRETARIA DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
CONVOCATORIA a los municipios del país y demarcaciones territoriales del Distrito Federal, a fin de que
presenten solicitudes de apoyo económico para la realización de obras de infraestructura con cargo al patrimonio
del fideicomiso denominado Fondo de Apoyo en Infraestructura y Productividad (FAIP).
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Hacienda
y Crédito Público.
ALFONSO ISAAC GAMBOA LOZANO, Titular de la Unidad de Política y Control Presupuestario de la
Secretaría de Hacienda y Crédito Público, de conformidad con el Acuerdo EX.CT.III.04.15 del Comité Técnico
del Fideicomiso Fondo de Apoyo en Infraestructura y Productividad, de fecha 18 de mayo de 2015, y con
fundamento en el numeral 8 de las Reglas de Operación del Fideicomiso F ondo de Apoyo en Infraestructura y
Productividad, en lo sucesivo Reglas de Operación, emite la siguiente:
CONVOCATORIA
A los municipios del país y demarcaciones territoriales del Distrito Federal, a fin de qu e presenten
solicitudes de apoyo económico para la realización de obras de infraestructura con car go al patrimonio del
fideicomiso denominado Fondo de Apoyo en Infraestructura y Productividad (FAIP), al tenor de lo siguiente:
I. Objeto
Destinar apoyos económicos a los municipios y a las demarcaciones territoriales del Distrito Federal para
la realización de obras de infraestructura.
II. Vigencia de la Convocatoria
Diez días hábiles contados a partir del día hábil siguiente a la fecha de publicación de la presente
Convocatoria en el Diario Oficial de la Federación.
III. Monto global de la Convocatoria
$1,500,000,000.00 (Un mil quinientos millones de pesos 00/100 M.N.)
IV. Monto máximo por municipio o demarcación territorial del Distrito Federal
El monto máximo de apoyo económico que se le podrá otorgar a un municipio o una demarcación
territorial del Distrito Federal será de $15,000,000.00 (Quince millones de pesos 00/100 M.N.), sin que la suma
de los montos autorizados excedan, para los municipios o para las demarcaciones territoriales del
Distrito Federal, los montos establecidos para cada entidad federativa de conformidad con el Anexo I
de esta Convocatoria
El Comité Técnico autorizará los apoyos económicos en el orden en el que las solicitudes sean
presentadas, siempre y cuando estas cumplan con los requisitos establecidos en la presente Convocatoria,
así como en las Reglas de Operación.
En caso de que los apoyos económicos aprobados por el Comité Técnico no agoten el monto máximo que
le corresponde a cada entidad federativa, en términos del Anexo I de esta Convocatoria, el Comité Técnic o
podrá autorizar apoyos económicos a otros municipios o demarcaciones territoriales del Distrito Federal que
hayan cumplido con los requisitos establecidos en esta Convocatoria y en las Reglas de Operación, pero
que, en virtud de la prelación al interior de sus respectivas entidades federativas, no hayan sido sujetos de
apoyo. Las solicitudes de autorización de apoyos económicos que estén en este supu esto se someterán a
consideración del Comité Técnico conforme al orden en que hayan sido pres entadas ante la Unidad de
Política y Control Presupuestario (UPCP).
V. Costos paramétricos
En caso de que la obra a realizar sea una pavimentación, esta deberá sujetarse de manera estricta a los
costos paramétricos publicados en el portal de Internet de la Secretaría de Hacienda y Crédito Públic o
(SHCP), en el siguiente enlace:
http://www.hacienda.gob.mx/EGRESOS/ppi/Paginas/FAIP.aspx
VI. Cobertura
Los municipios y las demarcaciones territoriales del Distrito Federal que presenten sus solicitudes de
apoyo económico de conformidad con esta Convocatoria y las Reglas de Operación.
VII. Criterios normativos, ministraciones y restricciones
La solicitud, autorización, disposición, informe del ejercicio, control, transparencia, rendición de cue ntas y,
en su caso, reintegro de los apoyos económicos, se sujetarán a las disposiciones jurídicas aplicables y a las
Reglas de Operación vigentes. Estas últimas se encuentran disponibles en el port al de Internet de la SHCP, a
través del siguiente enlace:
http://www.hacienda.gob.mx/EGRESOS/PEF/temas_gasto_federalizado/Paginas/FAIP.aspx

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