Diario Oficial de la Federación de 25/10/2016 (Contenido completo)

EdiciónMatutina
Tomo DCCLVII No. 17 Ciudad de México, martes 25 de octubre de 2016
CONTENIDO
Secretaría de Gobernación
Secretaría de Hacienda y Crédito Público
Secretaría de Economía
Secretaría de la Función Pública
Secretaría de Salud
Secretaría de Turismo
Suprema Corte de Justicia de la Nación
Consejo de la Judicatura Federal
Banco de México
Instituto Nacional de Estadística y Geografía
Convocatorias para Concursos de Adquisiciones,
Arrendamientos, Obras y Servicios del Sector Público
Avisos
Indice en página 107
$25.00 EJEMPLAR
2 (Primera Sección) DIARIO OFICIAL Martes 25 de octubre de 2016
PODER EJECUTIVO
SECRETARIA DE GOBERNACION
DECLARATORIA de Emergencia por la presencia de lluvia severa en 5 municipios del Estado de Veracruz de
Ignacio de la Llave; por lluvia severa e inundación pluvial y fluvial en los municipios de Cosoleacaque y
Minatitlán, y por inundación pluvial y fluvial en los municipios de Coatzacoalcos y Tlacotalpan de dicha entidad
federativa, ocurridas los días 10 y 11 de octubre de 2016.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría
de Gobernación.
LUIS FELIPE PUENTE ESPINOSA, Coordinador Nacional de Protección Civil de la Secretaría de
Gobernación, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 19, fracción XI, 21, 58, 59, 61, 62 y 64 de la Ley
General de Protección Civil; 102 del Reglamento de la Ley General de Protección Civil; 59, fracciones I, XX y
XXI del Reglamento Interior de la Secretaría de Gobernación; 3o., fracción I del “Acuerdo por el que se emiten
las Reglas Generales del Fondo de Desastres Naturales” (Reglas Generales); y 10 del “Acuerdo que
establece los Lineamientos del Fondo para la Atención de Emergencias FONDEN” (LINEAMIENTOS), y
CONSIDERANDO
Que mediante oficio número I-001/2016, recibido con fecha 13 de octubre de 2016 en la Coordinación
Nacional de Protección Civil (CNPC), y suscrito por el Gobernador del Estado de Veracruz de Ignacio de la
Llave, Dr. Flavino Ríos Alvarado, se solicitó a la Secretaría de Gobernación (SEGOB) a través de la CNPC, la
emisión de la Declaratoria de Emergencia para los municipios de Agua Dulce, Angel R. Cabada, Catemaco,
Coatzacoalcos, Cosoleacaque, Hidalgotitlán, Hueyapan de Ocampo, Isla, Ixhuatlán del Sureste, Minatitlán,
Moloacán, Santiago Tuxtla, San Andrés Tuxtla, Saltabarranca y Tlacotalpan de d icha entidad federativa, por la
ocurrencia de lluvia severa e inundación fluvial y pluvial los días 10 y 11 de octubre de 2016; ello, con el
propósito de acceder a los recursos del Fondo para la Atención de Emergencias FONDEN.
Que mediante oficio número CNPC/1308/2016, de fecha 13 de octubre de 2016, la CNPC solicitó a la
Comisión Nacional del Agua (CONAGUA) el dictamen técnico correspondiente para, en su caso, emitir la
Declaratoria de Emergencia para los municipios del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave solicitados en
el oficio número I-001/2016 referido con anterioridad.
Que con oficio número B00.8.-0566 de fecha 17 de octubre de 2016, la CONAGUA emitió el dictamen
técnico correspondiente, corroborando el fenómeno de lluvia severa para los munici pios de Catemaco,
Hidalgotitlán, Isla, Santiago Tuxtla y San Andrés Tuxtla; lluvia sever a e inundación pluvial y fluvial para los
municipios de Cosoleacaque y Minatitlán, e inundación pluvial y fluvial para los municipios de Coatz acoalcos y
Tlacotalpan del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave, los días 10 y 11 de octubre de 2016.
Que el día 17 de octubre de 2016 se emitió el Boletín de Prensa número 543/16, mediante el cual se dio a
conocer que la SEGOB por conducto de la CNPC declara en emergencia a los municipios de Catemaco,
Hidalgotitlán, Isla, Santiago Tuxtla y San Andrés Tuxtla del Estado de Veracruz de Ignacio de la Ll ave por
lluvia severa; a los municipios de Cosoleacaque y Minatitlán por lluvia severa e inundación pluvi al y fluvial, y a
los municipios de Coatzacoalcos y Tlacotalpan de dicha entidad federativa por inundación pluvial y fluvial,
ocurridas los días 10 y 11 de octubre de 2016; con lo que se activan los recursos del Fondo para la Atención
de Emergencias FONDEN, y a partir de esa Declaratoria las autoridades contarán con recursos para atender
las necesidades alimenticias, de abrigo y de salud de la población afectada.
Con base en lo anterior se consideró procedente en este acto emitir la siguiente:
DECLARATORIA DE EMERGENCIA POR LA PRESENCIA DE LLUVIA SEVERA EN 5 MUNICIPIOS DEL
ESTADO DE VERACRUZ DE IGNACIO DE LA LLAVE; POR LLUVIA SEVERA E INUNDACIÓN PLUVIAL
Y FLUVIAL EN LOS MUNICIPIOS DE COSOLEACAQUE Y MINATITLÁN, Y POR INUNDACIÓN
PLUVIAL Y FLUVIAL EN LOS MUNICIPIOS DE COATZACOALCOS Y TLACOTALPAN DE DICHA
ENTIDAD FEDERATIVA, OCURRIDAS LOS DÍAS 10 y 11 DE OCTUBRE DE 2016
Artículo 1o.- Se declara en emergencia a los municipios de Catemaco, Hidalgotitlán, Isla, Santiago Tuxtla
y San Andrés Tuxtla del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave por lluvia severa; a los municipios de
Cosoleacaque y Minatitlán por lluvia severa e inundación pluvial y fluvial, y a los municipios de Coatzacoalcos
y Tlacotalpan de dicha entidad federativa por inundación pluvial y fluvial, ocurridas los días 10 y 11 de octubre
de 2016.
Artículo 2o.- La presente se expide para que el Estado de Veracruz de Ignacio d e la Llave pueda acceder
a los recursos del Fondo para la Atención de Emergencias FONDEN de la Secretaría de Gobernación.
Artículo 3o.- La determinación de los apoyos a otorgar se hará en los términos de los LINEAMIENTOS y
con base en las necesidades prioritarias e inmediatas de la población para salvaguardar su vida y su salud.
Artículo 4o.- La presente Declaratoria se publicará en el Diario Oficial de la Federación de conformidad
con el artículo 61 de la Ley General de Protección Civil y en cumplimiento a lo dispuesto por el artículo 10,
fracción IV de los LINEAMIENTOS.
Ciudad de México, a diecisiete de octubre de dos mil dieciséis.- El Coordinador Nacional, Luis Felipe
Puente Espinosa.- Rúbrica.
Martes 25 de octubre de 2016 DIARIO OFICIAL (Primera Sección) 3
EXTRACTO de la solicitud de registro de la agrupación denominada Iglesia Cristiana Bautista Ebenezer
en Playas de Rosarito, B.C., para constituirse en asociación religiosa.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de
Gobernación.- Subsecretaría de Población, Migración y Asuntos Religiosos.- Dirección General
de Asociaciones Religiosas.
EXTRACTO DE LA SOLICITUD DE REGISTRO CONSTITUTIVO COMO ASOCIACIÓN RELIGIOSA QUE PRESENTÓ
EL C. ROBERTO MUNGUIA RODRIGUEZ Y FIRMANTES DE LA AGRUPACIÓN DENOMINADA IGLESIA CRISTIANA
BAUTISTA EBENEZER EN PLAYAS DE ROSARITO, B.C.
En cumplimiento a lo dispuesto por el último párrafo del artículo 7o. de la Ley de Asociaciones Religiosas
y Culto Público y 10 de su Reglamento, se publica el correspondiente extracto de la so licitud de registro de la
agrupación denominada IGLESIA CRISTIANA BAUTISTA EBENEZER EN PLAYAS DE ROSARITO, B.C.,
para constituirse en asociación religiosa; solicitud presentada en la Dirección General de Asoci aciones
Religiosas, para su trámite respectivo; cuyos datos principales son los que a continuación se señalan:
I.- Domicilio: calle Jalisco número 875, colonia Constitución, municipio Playas de Rosarito, Estado de Baja
California, código postal 22712.
II.- Bienes inmuebles: Se relacionó para cumplir con su objeto un inmueble, denominado Iglesia Crist iana
Bautista Ebenezer en Playas de Rosarito, B. C., ubicado en calle Jalisco número 875, colonia Constitución,
municipio Playas de Rosarito, Estado de Baja California, código postal 22712, relacionado unilateralmente
como propiedad de la Nación.
III.- Estatutos: Presentó estatutos, los que contienen las bases fundamentales de su doctrina,
la determinación de los asociados, ministros de culto y representantes, mismos que señalan como
objeto, el siguiente: “Predicar el evangelio de JESUCRISTO a toda criatura. Realizar sistemáticamente cultos
devocionales, de predicación y de instrucción Bíblica. Proclamar ardientemente el m ensaje del evangélio de
Jesucristo invitando a las personas para que lo acepten”.
IV.- Se exhiben las pruebas suficientes que acreditan que la agrupación religiosa cuenta con notorio
arraigo entre la población.
V.- Representante: Roberto Munguia Rodríguez.
VI.- Relación de asociados: Roberto Munguia Rodríguez, Silvia Estrada Martínez,Jonatan Jiménez Arriaga,
Samuel Munguia Estrada y Roberto Josue Munguia Estrada.
VII.- Exhiben el convenio propuesto a la Secretaría de Relaciones Exteriores, para dar cumplimiento
VIII.- Órgano de Dirección y Administración: De conformidad con los estatutos exhibidos, se denomina
“Mesa Directiva”, integrada por las personas y cargos siguientes: Roberto Munguia Rodríguez, Presidente;
Silvia Estrada Martínez, Secretaria; Jonatan Jiménez Arriaga, Tesorero; Samuel Munguia Estrada, Vocal;
y Roberto Josue Munguia Estrada; Vocal.
IX.- Ministro de culto: Roberto Munguia Rodríguez.
X.- Credo religioso: Cristiano Bautista Fundamental Independiente.
En cumplimiento a lo dispuesto por el primer párrafo del artículo 11 del Reglamento de la Ley de
Asociaciones Religiosas y Culto Público, se notifica lo anterior, a efecto de que las personas físicas,
asociaciones religiosas, agrupaciones religiosas o iglesias que pudieran considerarse afectadas en su esfera
jurídica, comparezcan dentro del término de veinte días hábiles, contados a partir del día siguiente de esta
publicación, a presentar su oposición ante esta Dirección General. Asimismo, se comunica que el expediente
de la solicitud de referencia, estará a la vista de los interesados para su consulta, solamente dur ante el
término señalado.
Expedido en la Ciudad de México, a los catorce días del mes de octubre de dos mil dieciséis.- El Direct or
General de Asociaciones Religiosas de la Secretaría de Gobernación, Arturo Manuel Díaz León.- Rúbrica.

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