Diario Oficial de la Federación de 24/06/2015 (Contenido completo)

Tomo DCCXLI No. 18 México, D.F., miércoles 24 de junio de 2015
CONTENIDO
Secretaría de Hacienda y Crédito Público
Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales
Secretaría de Economía
Secretaría de Agricultura, Ganadería,
Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación
Secretaría de Comunicaciones y Transportes
Secretaría de la Función Pública
Secretaría de Salud
Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano
Procuraduría General de la República
Consejo de la Judicatura Federal
Banco de México
Instituto Federal de Telecomunicaciones
Avisos
Indice en página 125
$29.00 EJEMPLAR
2 (Primera Sección) DIARIO OFICIAL Miércoles 24 de junio de 2015
PODER EJECUTIVO
SECRETARIA DE MEDIO AMBIENTE
Y RECURSOS NATURALES
ACUERDO por el que se desincorpora del régimen de dominio público de la Federación, la superficie
de 13,502.44 metros cuadrados de terrenos ganados al mar, ubicada en el Estero de Urías, Manzana 2, Tercera
Etapa del Parque Industrial Alfredo V. Bonfil, Municipio de Mazatlán, Estado de Sinaloa, y se autoriza su
enajenación a título oneroso a favor de Pesca Azteca, S.A. de C.V.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Medi o
Ambiente y Recursos Naturales.
JUAN JOSÉ GUERRA ABUD, Secretario de Medio Ambiente y Recursos Naturales, con fundamento en lo
dispuesto por los artículos 32 Bis fracción VIII de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 6
fracción IX, 11 fracción I, 28 fracción I, 84 fracción I, 88 párrafo primero, 95, 96, 101 fracción VI, 124 párrafo
segundo, 125 párrafo segundo, 143 fracción IV y 145 de la Ley General de Bienes Nacionales; 5 y 6 del
Reglamento para el Uso y Aprovechamiento del Mar Territorial, Vías Navegables, Playas, Zona Federal
Marítimo Terrestre y Terrenos Ganados al Mar; 4, 5 fracción XXV y 31 fracción XII del Reglamento Interior de
la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, y
CONSIDERANDO
Que dentro de los bienes sujetos al régimen de dominio público de la Federación se encuentra la
superficie de 13,502.44 m² de terrenos ganados al mar, ubicada en el Estero de Urías, Manzana 2, T ercera
Etapa de Parque Industrial Alfredo V. Bonfil, Municipio de Mazatlán, Estado de Sinaloa, que fue otorgada a
favor de Pesca Azteca, S.A. de C.V., mediante resolución administrativa No. 488/12 que modificó las bases y
condiciones del título de concesión DGZF-076/97, para uso de pesca, zona industrial y aislada, instrumento
que le fue cedido a favor de dicha empresa, por resolución con número de control 823 de 27 d e junio de 2008,
cuya descripción técnico topográfica se establece en el artículo primero del presente Acuerdo.
Que la superficie de 13,502.44 m² de terrenos ganados al mar, se encuentra identificada en el plano con
clave paraje viejo 1, hoja 1 de 1, escala 1:100 de fecha junio de 2012, que colinda con la delimita ción ofic ial con
clave No. DDPIF/SIN/2007/12, de fecha septiembre de 2007, escala 1:2,000, basado en un sistema de
coordenadas WGS84, proyectadas en UTM, zona 13, que obra en el expediente 53/36531, soportado por la
Opinión Técnica SGPA-DGZFMTAC-DDPIF-30/15 de fecha 4 de marzo de 2015, emitida por la Dirección de
Delimitación, Padrón e Instrumentos Fiscales de la Dirección General de Zona Federal Marítimo Terrestre y
Ambientes Costeros de esta Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales.
Que Pesca Azteca, S.A. de C.V., a través su representante legal, con fecha 3 de julio de 2012, presentó
solicitud ante esta Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, por conducto de la Dirección General
de Zona Federal Marítimo Terrestre y Ambientes Costeros, para que se le enajene a título oneroso la
superficie descrita en el considerando primero del presente.
Que la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, no ha encontrado elementos que hagan
previsible determinar que el inmueble objeto del presente Acuerdo, sea susceptible de destinarse preferentemente
a la prestación de servicios públicos, por lo que ha determinado la conveniencia de llevar a cabo la operación
materia de este Acuerdo, en virtud del derecho de preferencia que tienen los particulares para adquirir los terrenos
ganados al mar que tengan concesionados, en los términos de la ley de la materia, y
Que toda vez que se ha integrado el expediente respectivo, con base en las disposiciones de la Ley General
de Bienes Nacionales y siendo propósito del Ejecutivo Federal dar al patrimonio inmobiliario federal el óptimo
aprovechamiento, he tenido a bien expedir el siguiente:
ACUERDO
ARTÍCULO PRIMERO.- Se desincorpora del régimen de dominio público de la Federación la superficie de
13,502.44 m² de terrenos ganados al mar, ubicada en el Estero de Urías, Manzana 2, Tercera Etapa del
Parque Industrial Alfredo V. Bonfil, Municipio de Mazatlán, Estado de Sinaloa, y se autoriza su enajenación a
título oneroso a favor de Pesca Azteca, S.A. de C.V., cuya descripción técnico topográfica es la siguiente:
CUADRO DE COORDENADAS DE TERRENOS GANADOS AL MAR
V COORDENADAS
X Y
1 357965.891 2568314.606
2 357955.099 2568316.020
3 357936.404 2568173.246
Miércoles 24 de junio de 2015 DIARIO OFICIAL (Primera Sección) 3
4 358008.859 2568163.743
5 358008.300 2568143.455
6 358007.947 2568142.562
7 357848.312 2568162.337
8 357806.650 2568167.498
9 357827.036 2568332.559
10 357842.841 2568330.549
11 357824.400 2568181.687
12 357904.131 2568171.545
13 357922.571 2568320.407
10 357842.841 2568330.549
9 357827.036 2568332.559
16 357829.110 2568348.863
17 357982.459 2568328.477
18 357983.699 2568325.274
19 357981.620 2568303.249
20 357980.529 2568299.148
1 357965.891 2568314.606
SUPERFICIE TOTAL: 13,502.44 m2
La Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales ejercerá, a nombre y representación de la
Federación, los actos correspondientes para llevar a cabo la enajenación que se autoriza.
ARTÍCULO SEGUNDO.- Si dentro de los dos años siguientes a la entrada en vigor del presente instrumento
jurídico no se hubiere protocolizado la enajenación a título oneroso que se autoriza, por causas imputables a
Pesca Azteca, S.A. de C.V. , determinadas por la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, este
Acuerdo quedará sin efectos, debiéndose notificar a la empresa interesada y publicarlo en el Diario Oficial de la
Federación para que se dé a conocer esta circunstancia. El procedimiento respectivo, será sustanciado
directamente por la Dirección General de Zona Federal Marítimo Terrestre y Ambientes Costeros.
ARTÍCULO TERCERO.- Pesca Azteca, S.A. de C.V., queda obligado a responsabilizarse por los daños y
perjuicios que pudieran producirse a terceros, por las condiciones del área cuya enajenación se autoriza, liberando
al Gobierno Federal de cualquier responsabilidad por este concepto. Esta prevención deberá de insertarse en el
título de propiedad que al efecto se expida.
ARTÍCULO CUARTO.- El precio del terreno, cuya enajenación se autoriza por el presente Acuerdo, no
podrá ser inferior al que para tal efecto determine el Instituto de Administración y Avalúos de Bienes
Nacionales, en el dictamen respectivo, el cual deberá ser cubierto por Pesca Azteca, S.A. de C.V., en una sola
exhibición, recursos que deberán enterarse a la Tesorería de la Federación, en términos de las disposiciones
aplicables.
ARTÍCULO QUINTO.- Para la realización de obras que en un futuro realice Pesca Azteca, S.A. de C.V., en el
terreno materia del presente Acuerdo, deberá obtener los permisos respectivos de las dependencias competentes,
cumpliendo los requisitos que al efecto establezcan las legislaciones federal, estatal o las regulaciones
municipales correspondientes.
ARTÍCULO SEXTO.- Los gastos, honorarios, impuestos y derechos que se originen con motivo de la
operación que se autoriza, serán cubiertos por Pesca Azteca, S.A. de C.V.
ARTÍCULO SÉPTIMO.- La Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales vigilará el estricto
cumplimiento del presente Acuerdo.
TRANSITORIOS
PRIMERO.- Se abroga el Acuerdo publicado en el Diario Oficial de la Federación el 22 de diciembre de 2014,
por el que se desincorporó del régimen de dominio público de la Federación la superficie de 13,502.47 m² de
terrenos ganados al mar, ubicada en el Estero de Urías, Manzana 2, tercera etapa del Parque Industrial
Alfredo V. Bonfil, Municipio de Mazatlán, Estado de Sinaloa, y se autorizó su enajenación a título oneroso a
favor de Pesca Azteca, S.A. de C.V.
SEGUNDO.- El presente Acuerdo entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial
de la Federación.
Dado en la Ciudad de México, Distrito Federal, a los veintisiete días del mes de mayo de dos mil quince .-
El Secretario de Medio Ambiente y Recursos Naturales, Juan José Guerra Abud.- Rúbrica.

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