Diario Oficial de la Federación de 23/03/2016 (Contenido completo)

EdiciónMatutina
Tomo DCCL No. 16 Ciudad de México, miércoles 23 de marzo de 2016
CONTENIDO
Secretaría de Gobernación
Secretaría de Marina
Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales
Secretaría de Energía
Secretaría de Economía
Secretaría de la Función Pública
Secretaría de Salud
Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano
Procuraduría General de la República
Comisión Reguladora de Energía
Servicio de Administración y Enajenación de Bienes
Banco de México
Instituto Nacional de Estadística y Geografía
Avisos
Indice en página 109
$21.00 EJEMPLAR
2 (Primera Sección) DIARIO OFICIAL Miércoles 23 de marzo de 2016
PODER EJECUTIVO
SECRETARIA DE GOBERNACION
DECLARATORIA de Emergencia por la presencia de vientos fuertes ocurridos del 8 al 10 de marzo de 2016,
en el Municipio de Durango del Estado de Durango.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría
de Gobernación.
LUIS FELIPE PUENTE ESPINOSA, Coordinador Nacional de Protección Civil de la Secretaría de
Gobernación, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 19, fracción XI, 21, 58, 59, 61, 62 y 64 de la Ley
General de Protección Civil; 102 del Reglamento de la Ley General de Protección Civil; 59, fracciones I, XX
y XXI del Reglamento Interior de la Secretaría de Gobernación; 3o., fracción I del “Acuerdo por el que se
emiten las Reglas Generales del Fondo de Desastres Naturales” (Reglas Generales); y 10 del “Acuerdo que
establece los Lineamientos del Fondo para la Atención de Emergencias FONDEN” (LINEAMIENTOS), y
CONSIDERANDO
Que mediante oficio número TPE/019/16, recibido con fecha 11 de marzo de 2016 en la Coordinación
Nacional de Protección Civil (CNPC), y suscrito por el Gobernador del Estado de Durango, C.P. Jorge Herrera
Caldera, se solicitó a la Secretaría de Gobernación (SEGOB) a través de la CNPC, la emisión de la
Declaratoria de Emergencia para los municipios de Canatlán, Canelas, Coneto de Comonfort, Cuencamé,
Durango, Guadalupe Victoria, Guanaceví, Mapimí, Mezquital, Nombre de Dios, Nuevo Ideal, Ocampo, Otáez,
Pánuco de Coronado, Peñón Blanco, Poanas, Rodeo, San Dimas, San Juan del Río, Santiago Papasquiaro,
Pueblo Nuevo, Súchil, Tamazula, Tepehuanes, Topia y Vicente Guerrero de dicha Entidad Fe derativa, por la
presencia de nevada severa y vientos fuertes del 8 al 10 de marzo de 2016; ello, con el propósito de acceder
a los recursos del Fondo para la Atención de Emergencias FONDEN.
Que mediante oficio número CNPC/0368/2016, de fecha 11 de marzo de 2016, la CNPC solicitó a la
Comisión Nacional del Agua (CONAGUA) el dictamen técnico correspondiente para, en su caso, emitir
la Declaratoria de Emergencia para los municipios del Estado de Durango solicitados en el oficio número
TPE/019/16 referido con anterioridad.
Que con oficio número B00.8.-128 de fecha 14 de marzo de 2016, la CONAGUA emitió el dictamen
técnico correspondiente, corroborando el fenómeno de vientos fuertes del 8 al 10 de marzo de 2016, para el
municipio de Durango del Estado de Durango.
Que el día 14 de marzo de 2016 se emitió el Boletín de Prensa número 143/16, mediante el cual se dio a
conocer que la SEGOB por conducto de la CNPC declara en emergencia al municipio de Durango del Estado
de Durango, por la presencia de vientos fuertes ocurridos del 8 al 10 de marzo de 2016, con lo que se activan
los recursos del Fondo para la Atención de Emergencias FONDEN, y a partir de esa Declaratoria l as
autoridades contarán con recursos para atender las necesidades alimenticias, de abrigo y de salud de la
población afectada.
Con base en lo anterior se consideró procedente en este acto emitir la siguiente:
DECLARATORIA DE EMERGENCIA POR LA PRESENCIA DE VIENTOS
FUERTES OCURRIDOS DEL 8 AL 10 DE MARZO DE 2016, EN EL MUNICIPIO DE
DURANGO DEL ESTADO DE DURANGO
Artículo 1o.- Se declara en emergencia al municipio de Durango del Estado de Durang o, por la presencia
de vientos fuertes ocurridos del 8 al 10 de marzo de 2016.
Artículo 2o.- La presente se expide para que el Estado de Durango pueda acceder a los recursos del
Fondo para la Atención de Emergencias FONDEN de la Secretaría de Gobernación.
Artículo 3o.- La determinación de los apoyos a otorgar se hará en los términos de los LINEAMIENTOS
y con base en las necesidades prioritarias e inmediatas de la población para salvaguardar su vida y su salud.
Artículo 4o.- La presente Declaratoria se publicará en el Diario Oficial de la Federación de conformidad
con el artículo 61 de la Ley General de Protección Civil y en cumplimiento a lo dispuesto por el artículo 10,
fracción IV de los LINEAMIENTOS.
Ciudad de México, a catorce de marzo de dos mil dieciséis.- Con fundamento en los artículos 8, 10
fracción I y 132 del Reglamento Interior de la Secretaría de Gobernación (DOF.-02-IV-2013), en ausencia del
Coordinador Nacional de Protección Civil y con base en el comunicado TI/008/20 16, de fecha 4 de marzo de
2016, lo firma el Director General de Protección Civil, Ricardo de la Cruz Musalem.- Rúbrica.
Miércoles 23 de marzo de 2016 DIARIO OFICIAL (Primera Sección) 3
DECLARATORIA de Emergencia por la presencia de lluvia severa ocurrida del 8 al 10 de marzo de 2016,
en 12 municipios del Estado de Guerrero.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría
de Gobernación.
LUIS FELIPE PUENTE ESPINOSA, Coordinador Nacional de Protección Civil de la Secretaría de
Gobernación, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 19, fracción XI, 21, 58, 59, 61, 62 y 64 de la Ley
General de Protección Civil; 102 del Reglamento de la Ley General de Protección Civil; 59, fracciones I, XX
y XXI del Reglamento Interior de la Secretaría de Gobernación; 3o., fracción I del “Acuerdo por el que se
emiten las Reglas Generales del Fondo de Desastres Naturales” (Reglas Generales); y 10 del “Acuerdo que
establece los Lineamientos del Fondo para la Atención de Emergencias FONDEN” (LINEAMIENTOS), y
CONSIDERANDO
Que mediante oficio sin número, recibido con fecha 11 de marzo de 2016 en la Coordinación Nacional de
Protección Civil (CNPC), y suscrito por el Gobernador del Estado de Guerrero, Lic. Héctor A. Astudillo Flores,
se solicitó a la Secretaría de Gobernación (SEGOB) a través de la CNPC, la emisión de la Declaratoria de
Emergencia para los municipios de Acapulco de Juárez, Chilpancingo de los Bravo, Chilapa de Álv arez, Tixtla
de Guerrero, Leonardo Bravo, Zitlala, General Heliodoro Castillo, José Joaquin de Herrera, Metlatónoc,
Copanatoyac, Acatepec, Alcozauca de Guerrero, Malinaltepec, Atlixtac, Tlapa de Comonfort, Atlamajalcingo
del Monte, Ometepec, Xochistlahuaca, Ayutla de los Libres, San Luis Acatlán, Tlacoac histlahuaca, Atoyac de
Álvarez, Coyuca de Benítez y Juan R. Escudero de dicha Entidad Federativa, por la presencia d e lluvias
severas y vientos fuertes los días 8, 9 y 10 de marzo de 2016; ello, con el propósito de acceder a los recursos
del Fondo para la Atención de Emergencias FONDEN.
Que mediante oficio número CNPC/0364/2016, de fecha 11 de marzo de 2016, la CNPC solicitó a la
Comisión Nacional del Agua (CONAGUA) el dictamen técnico correspondiente para, en su caso, emitir
la Declaratoria de Emergencia para los municipios del Estado de Guerrero solicita dos en el oficio sin número
referido con anterioridad.
Que con oficio número B00.8.-126 de fecha 14 de marzo de 2016, la CONAGUA emitió el dictamen
técnico correspondiente, corroborando el fenómeno de lluvia severa del 8 al 10 de mar zo de 2016, para los
municipios de Acapulco de Juárez, Acatepec, Atoyac de Álvarez, Ayutla de los Libres, Chilpancingo
de los Bravo, Coyuca de Benítez, Juan R. Escudero, Leonardo Bravo, Ometepec, San Luis Acatlán,
Tlacoachistlahuaca y Xochistlahuaca del Estado de Guerrero.
Que el día 14 de marzo de 2016 se emitió el Boletín de Prensa número 141/16, mediante el cual se dio a
conocer que la SEGOB por conducto de la CNPC declara en emergencia a los municipios de Acap ulco de
Juárez, Acatepec, Atoyac de Álvarez, Ayutla de los Libres, Chilpancingo de los Bravo, Coyuca de Benítez,
Juan R. Escudero, Leonardo Bravo, Ometepec, San Luis Acatlán, Tlacoachistlahuaca y Xochistlahuaca del
Estado de Guerrero, por la presencia de lluvia severa ocurrida del 8 al 10 de marzo de 2016, con lo que se
activan los recursos del Fondo para la Atención de Emergencias FONDEN, y a partir de esa Declaratoria las
autoridades contarán con recursos para atender las necesidades alimenticias, de abrigo y de salud de la
población afectada.
Con base en lo anterior se consideró procedente en este acto emitir la siguiente:
DECLARATORIA DE EMERGENCIA POR LA PRESENCIA DE LLUVIA SEVERA
OCURRIDA DEL 8 AL 10 DE MARZO DE 2016, EN 12 MUNICIPIOS DEL ESTADO DE GUERRERO
Artículo 1o.- Se declara en emergencia a los municipios de Acapulco de Juárez, Acatepec, Atoya c de
Álvarez, Ayutla de los Libres, Chilpancingo de los Bravo, Coyuca de Benítez, Juan R. Escudero, Leonardo
Bravo, Ometepec, San Luis Acatlán, Tlacoachistlahuaca y Xochistlahuaca del Estado de Guerrero, por la
presencia de lluvia severa ocurrida del 8 al 10 de marzo de 2016.
Artículo 2o.- La presente se expide para que el Estado de Guerrero pueda acceder a los recursos del
Fondo para la Atención de Emergencias FONDEN de la Secretaría de Gobernación.
Artículo 3o.- La determinación de los apoyos a otorgar se hará en los términos de los LINEAMIENTOS y
con base en las necesidades prioritarias e inmediatas de la población para salvaguardar su vida y su salud.
Artículo 4o.- La presente Declaratoria se publicará en el Diario Oficial de la Federación de conformidad
con el artículo 61 de la Ley General de Protección Civil y en cumplimiento a lo dispuesto por el artículo 10,
fracción IV de los LINEAMIENTOS.
Ciudad de México, a catorce de marzo de dos mil dieciséis.- Con fundamento en los artículos 8, 10
fracción I y 132 del Reglamento Interior de la Secretaría de Gobernación (DOF.-02-IV-2013), en ausencia del
Coordinador Nacional de Protección Civil y con base en el comunicado TI/008/20 16, de fecha 4 de marzo de
2016, lo firma el Director General de Protección Civil, Ricardo de la Cruz Musalem.- Rúbrica.

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