Diario Oficial de la Federación de 22/09/2015 (Contenido completo)

Tomo DCCXLIV No. 15 México, D.F., martes 22 de septiembre de 2015
CONTENIDO
Secretaría de Gobernación
Secretaría de Relaciones Exteriores
Secretaría de Hacienda y Crédito Público
Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales
Secretaría de Agricultura, Ganadería,
Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación
Secretaría de la Función Pública
Secretaría de Educación Pública
Secretaría de Salud
Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano
Procuraduría General de la República
Comisión Nacional de Hidrocarburos
Consejo de la Judicatura Federal
Banco de México
Comisión Federal de Competencia Económica
Convocatorias para Concursos de Adquisiciones,
Arrendamientos, Obras y Servicios del Sector Público
Avisos
Indice en página 108
$21.00 EJEMPLAR
2 (Primera Sección) DIARIO OFICIAL Martes 22 de septiembre de 2015
PODER EJECUTIVO
SECRETARIA DE GOBERNACION
DECLARATORIA de Desastre Natural por la ocurrencia de lluvia severa e inundación pluvial y fluvial los días
7 y 8 de septiembre del 2015, en 1 Municipio del Estado de Sinaloa.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría
de Gobernación.
LUIS FELIPE PUENTE ESPINOSA, Coordinador Nacional de Protección Civil de la Secretaría de
Gobernación, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 27 fracción XXXII, de la Ley Orgánica
de la Administración Pública Federal; 2 fracciones XVI, XXII y XXIV, 7 fracción IV, 19 fracción XI, 21, 58, 60,
61, 62, 63 y 74 de la Ley General de Protección Civil; 59 del Reglamento Interior de la Secretaría de
Gobernación; 7, 8, 9 y 10 del “Acuerdo por el que se emiten las Reglas Generales del Fond o de Desastres
Naturales” (Reglas Generales), publicado en el Diario Oficial de la Federación el 3 de diciembre de 2010, así
como el numeral 4 primer párrafo y demás relativos aplicables de los “Lineamientos de Operación específicos
del Fondo de Desastres Naturales” (Lineamientos de Operación), publicados en el referido órgano de difusión del
Gobierno Federal el día 31 de enero de 2011, y
CONSIDERANDO
Que mediante oficio número OC.-07967/140915 de fecha 11 de septiembre de 2015, en cumplimiento al
artículo 7 párrafo IV y al artículo 26 párrafo II de las Reglas Generales, el Comisionado Nacional de
Acuacultura y Pesca, Lic. Mario Gilberto Aguilar Sánchez, solicitó a la Comisión Nacional del Agua
(CONAGUA) la corroboración del fenómeno natural perturbador, descrito como Lluvia severa e inundación
pluvial y fluvial del 7 al 8 de septiembre de 2015, que afectó al municipio de Rosario.
Que con oficio B00.8.-527 de fecha 14 de septiembre de 2015, la CONAGUA emitió su opinión técnica en
atención al oficio número OC.-07967/140915, señalado en el párrafo inmediato anterior, disponiendo en su
parte conducente que se corrobora el fenómeno de Lluvia severa e inundac ión pluvial y fluvial los días 7 y 8
de septiembre del 2015, que afectó al municipio de Rosario del Estado de Sinaloa.
Que con fecha 15 de septiembre de 2015, y con fundamento en el artículo 9 de las Reglas Ge nerales, y
los numerales 16, 17 y 18 de los Lineamientos de Operación, la Comision Nacional de Acuacultura y Pesca
presentó a la Secretaría de Gobernación la Solicitud de Declaratoria de Desastre Natural respectiva.
Con base en lo anterior, se consideró procedente en este acto emitir la siguiente:
DECLARATORIA DE DESASTRE NATURAL POR LA OCURRENCIA
DE LLUVIA SEVERA E INUNDACIÓN PLUVIAL Y FLUVIAL LOS DÍAS 7 Y 8 DE SEPTIEMBRE
DEL 2015, EN 1 MUNICIPIO DEL ESTADO DE SINALOA
Artículo 1o.- Se declara como zona de desastre al municipio de Rosario del Estado de Sinaloa, po r la
ocurrencia de Lluvia severa e inundación pluvial y fluvial los días 7 y 8 de septiembre del 2015.
Artículo 2o.- La presente Declaratoria de Desastre Natural se expide para efectos de poder acceder a los
recursos del Fondo de Desastres Naturales, de acuerdo con lo dispuesto por la Ley General de Pr otección
Civil, y las Reglas Generales.
Artículo 3o.- La presente Declaratoria se publicará en el Diario Oficial de la Federación de conformidad
con el artículo 61 de la Ley General de Protección Civil y en cumplimiento a lo dispuesto por el numeral 10 de
las Reglas Generales.
México, Distrito Federal, a 15 de septiembre de 2015.- El Coordinador Nacional, Luis Felipe Puente
Espinosa.- Rúbrica.
Martes 22 de septiembre de 2015 DIARIO OFICIAL (Primera Sección) 3
EXTRACTO de la solicitud de registro de la agrupación denominada Ministerios Bautistas Independientes de
Higuerillas, para constituirse en asociación religiosa.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría
de Gobernación.- Subsecretaría de Población, Migración y Asuntos Religiosos.- Dirección General de
Asociaciones Religiosas.
EXTRACTO DE LA SOLICITUD DE REGISTRO CONSTITUTIVO COMO ASOCIACIÓN RELIGIOSA QUE PRESENTÓ
EL C. PACIANO EDUARDO MAR PÉREZ Y FIRMANTES DE LA AGRUPACIÓN DENOMINADA MINISTERIOS
BAUTISTAS INDEPENDIENTES DE HIGUERILLAS.
En cumplimiento a lo dispuesto por el último párrafo del artículo 7o. de la Ley de Asociaciones Religiosas
y Culto Público y 10 de su Reglamento, se publica el correspondiente extracto de la so licitud de registro de la
agrupación denominada MINISTERIOS BAUTISTAS INDEPENDIENTES DE HIGUERILLAS, para constituirse
en asociación religiosa; solicitud presentada en la Dirección General de Asociacion es Religiosas, para su
trámite respectivo; cuyos datos principales son los que a continuación se señalan:
I.- Domicilio: calle Alberto Carrera Torres número 200, barrio Praderas de las Riojas, municipio de
Matamoros, Estado de Tamaulipas, código postal 87351.
II.- Bienes inmuebles: Se relacionó para cumplir con su objeto un inmueble bajo contrato de comodato,
denominado Ministerios Bautistas Independientes de Higuerillas, ubicado en calle Alberto Carrera Torres
número 200, barrio Praderas de las Riojas, municipio de Matamoros, Estado de Tamaulipas,
código postal 87351.
III.- Estatutos: Presentó estatutos, los que contienen las bases fundamentales de su doctrina,
la determinación de los asociados, ministros de culto y representantes, mismos que señalan como
objeto, el siguiente: “Realizar sistematicamente cultos devocionales, de predicación y de inst rucción
Bíblica. Proclamar ardientemente el mensaje del evangelio de Jesucristo invitando a las personas para
que lo acepten”.
IV.- Se exhiben las pruebas suficientes que acreditan que la agrupación religiosa cuenta con notorio
arraigo entre la población.
V.- Representante: Paciano Eduardo Mar Pérez.
VI.- Relación de asociados: Paciano Eduardo Mar Pérez, Lino Amador Lorenzo y Martín Vázquez
de la Cruz.
VII.- Exhiben el convenio propuesto a la Secretaría de Relaciones Exteriores, para dar cumplimiento
VIII.- Órgano de Dirección y Administración: De conformidad con los estatutos exhibidos, se denomina
“Mesa Directiva”, integrada por las personas y cargos siguientes: Paciano Eduardo Mar Pérez, Preside nte;
Lino Amador Lorenzo, Secretario y Martín Vázquez de la Cruz, Tesorero.
IX.- Ministro de culto: Paciano Eduardo Mar Pérez.
X.- Credo religioso: Cristiano Evangélico Bautista.
En cumplimiento a lo dispuesto por el primer párrafo del artículo 11 del Reglamento de la Ley de
Asociaciones Religiosas y Culto Público, se notifica lo anterior, a efecto de que las personas físicas,
asociaciones religiosas, agrupaciones religiosas o iglesias que pudieran considerarse afectadas en su esfera
jurídica, comparezcan dentro del término de veinte días hábiles, contados a partir del día siguiente de esta
publicación, a presentar su oposición ante esta Dirección General. Asimismo, se comunica que el expediente
de la solicitud de referencia, estará a la vista de los interesados para su consulta, solamente dur ante el
término señalado.
Expedido en la Ciudad de México, Distrito Federal, a los veintisiete días del mes de agosto de dos
mil quince.- El Director General de Asociaciones Religiosas de la Secretaría de Gobernació n, Arturo Manuel
Díaz León.- Rúbrica.

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