Diario Oficial de la Federación de 22/04/2015 (Contenido completo)

Tomo DCCXXXIX No. 16 México, D.F., miércoles 22 de abril de 2015
CONTENIDO
Secretaría de Gobernación
Secretaría de Hacienda y Crédito Público
Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales
Secretaría de Economía
Secretaría de Agricultura, Ganadería,
Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación
Secretaría de Educación Pública
Secretaría de Salud
Consejo de Salubridad General
Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación
Banco de México
Comisión Federal de Competencia Económica
Avisos
Indice en página 110
$33.00 EJEMPLAR
2 (Primera Sección) DIARIO OFICIAL Miércoles 22 de abril de 2015
PODER EJECUTIVO
SECRETARIA DE GOBERNACION
CONVENIO Específico de Adhesión para el otorgamiento del subsidio a los municipios y, en su caso, a los estados
cuando tengan a su cargo la función o la ejerzan coordinadamente con los municipios, así como al Gobierno
del Distrito Federal para la seguridad pública en sus demarcaciones territoriales (SUBSEMUN), que celebran el
Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública, el Estado de Tabasco y los municipios de
Cárdenas, Centla, Comalcalco, Cunduacán, Huimanguillo, Jalpa de Méndez, Macuspana, Nacajuca, Paraíso,
Teapa y Tenosique.
CONVENIO ESPECÍFICO DE ADHESIÓN, EN LO SUCESIVO “CONVENIO” PARA EL OTORGAMIENTO DEL
“SUBSIDIO” A LOS MUNICIPIOS, Y EN SU CASO, A LOS ESTADOS, CUANDO TENGAN A SU CARGO LA FUNCI ÓN O
LA EJERZAN COORDINADAMENTE CON LOS MUNICIPIOS, ASÍ COMO AL GOBIERNO DEL DISTRITO FEDERAL
PARA LA SEGURIDAD PÚBLICA EN SUS DEMARCACIONES TERRITORIALES”, EN LO SUCESIVO “SUBSEMUN”, QUE
CELEBRAN EL EJECUTIVO FEDERAL, POR CONDUCTO DEL SECRETARIADO EJECUTIVO DEL SISTEMA NACIONAL
DE SEGURIDAD PÚBLICA, EN LO SUCESIVO “EL SECRETARIADO”, REPRESENTADO POR SU TITULAR, EL C. JORGE
CARLOS HURTADO VALDEZ; EL PODER EJECUTIVO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE TABASCO EN LO
SUCESIVO “LA ENTIDAD FEDERATIVA”, REPRESENTADO POR SU GOBERNADOR CONSTITUCIONAL, EL C. ARTURO
NÚÑEZ JIMÉNEZ, ASISTIDO POR EL SECRETARIO DE GOBIERNO, EL C. CÉSAR RAÚL OJEDA ZUBIETA, EL
SECRETARIO DE SEGURIDAD PÚBLICA, EL C. AUDOMARO MARTÍNEZ ZAPATA, EL SECRETARIO DE PLANEACIÓN
Y FINANZAS, EL C. AMET RAMOS TROCONIS Y LA SECRETARIA EJECUTIVA DEL SISTEMA ESTATAL DE
SEGURIDAD PÚBLICA, LA C. MILEYLI MARÍA WILSON ARIAS, Y LOS MUNICIPIOS DE CÁRDENAS, CENTLA,
COMALCALCO, CUNDUACÁN, HUIMANGUILLO, JALPA DE MÉNDEZ, MACUSPANA, NACAJUCA, PARAÍSO, TEAPA Y
TENOSIQUE, EN LO SUCESIVO “LOS BENEFICIARIOS”, REPRESENTADOS POR SUS PRESIDENTES MUNICIPALES,
LOS CC AVENAMAR PÉREZ ACOSTA, RAMÓN HERNÁNDEZ SÁNCHEZ, JESÚS ROMERO LÓPEZ, TIÓFILO OVANDO
SÁNCHEZ, FRANCISCO SÁNCHEZ RAMOS, DOMINGO GARCÍA VARGAS, VÍCTOR MANUEL GONZÁLEZ VALERIO,
PEDRO LANDERO LÓPEZ, JORGE ALBERTO CARRILLO JIMÉNEZ, ELDA MARÍA LLERGO ASMITIA Y CARLOS
ALBERTO VEGA CELORIO, RESPECTIVAMENTE, A QUIENES CONJUNTAMENTE SE LES DENOMINARÁ
“LOS PARTICIPANTES” DE CONFORMIDAD CON EL MARCO LEGAL, DECLARACIONES Y CLÁUSULAS SIGUIENTES:
MARCO LEGAL
“LOS PARTICIPANTES” protestaron cumplir y hacer cumplir en el ámbito de sus respectivas
74 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, así como 7 y 8 del Presupuesto de
Egresos de la Federación para el ejercicio fiscal 2015, en lo sucesivo, “PRESUPUESTO DE EGRESOS”, y las
demás disposiciones jurídicas aplicables al presente “CONVENIO”, razón por la cual se obligan a él como si
estuviera inserto a la letra en este documento, con todos los efectos legales y administrativos conducentes.
DECLARACIONES
I. DECLARA “EL SECRETARIADO”, A TRAVÉS DE SU REPRESENTANTE QUE:
I.1 Es un órgano administrativo desconcentrado de la Secretaría de Gobernación, operativo del
Sistema Nacional de Seguridad Pública, con autonomía técnica, de gestión y presupuestal,
de conformidad con los artículos 17 de la Ley General del Sistema Nacional de Seguri dad
Pública, en lo subsecuente “LEY GENERAL”; 2, apartado C, fracción XI y 120 del Reglamento
Interior de la Secretaría de Gobernación, y 1 del Reglamento del Secretariado Ejecutivo del
Sistema Nacional de Seguridad Pública.
I.2 Su Titular fue designado como Secretario Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública
por el C. Presidente de la República en su carácter de Presidente del Consejo Nacional
de Seguridad Pública, ratificado por el Senado de la República el 29 de abril d e 2014, de
conformidad con los artículos 17, párrafo segundo de la “LEY GENERAL”; 27, párrafo último
de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal y 5 del Reglamento del Secretariado
Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública.
Miércoles 22 de abril de 2015 DIARIO OFICIAL (Primera Sección) 3
I.3 Está facultado para suscribir el presente “CONVENIO” de acuerdo a lo preceptuado por los
artículos 18, fracciones VII y XXV de la “LEY GENERAL”; 8, párrafo sexto del “PRESUPUESTO
DE EGRESOS”; 69, párrafo segundo, y 70, fracción V del Reglamento Interior de la Secretaría
de Gobernación, 5 y 8, fracción XII del Reglamento del Secretariado Ejecutivo del Sistema
Nacional de Seguridad Pública, así como la regla Vigésima Primera, fracción I, de las Reglas
para el otorgamiento del Subsidio a los Municipios, y en su caso, a los Estados, cuando tengan
a su cargo la función o la ejerzan coordinadamente con los Municipios, así como al Gobierno
del Distrito Federal para la Seguridad pública en sus demarcaciones territoriales”, vigentes para
el presente ejercicio fiscal, en lo sucesivo “LAS REGLAS”.
I.4 Para todos los efectos legales relacionados con este “CONVENIO”, señala como domicilio el
ubicado en Avenida General Mariano Escobedo número 456, piso 12, Colonia Nueva Anzures,
Delegación Miguel Hidalgo, Código Postal 11590, México, Distrito Federal.
I.5 Para efectos de operación, funcionamiento y seguimiento del “SUBSEMUN” designa a la
Dirección General de Vinculación y Seguimiento, sita en: avenida General Mariano Escobedo
número 456, piso 1, colonia Nueva Anzures, Delegación Miguel Hidalgo, Código Postal 115 90,
México, Distrito Federal.
II. DECLARA “LA ENTIDAD FEDERATIVA”, A TRAVÉS DE SU REPRESENTANTE QUE:
II.1 Asumió el cargo de Gobernador Constitucional del Estado Libre y Soberano de T abasco, a
partir del 1 de enero de 2013; por lo que cuenta con facultades para celebrar el presente
Convenio, en términos de los artículos 42 y 51 fracción XI de la Constitución Política del Estado
Libre y Soberano de Tabasco, y 2 de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo de Tabasco y demás
disposiciones aplicables.
II.2 Es parte integrante del Estado Mexicano, con territorio y población, libre y soberano en cuanto a
su régimen interior, constituido como gobierno republicano, representativo y popular, como lo
preceptúan los artículos 40, 42, fracción I, 43 y 116 de la Constitución Política de los Estados
II.3 Para todos los efectos legales relacionados con este “Convenio”, señala como su domicilio el
ubicado en Independencia número 2, Palacio de Gobierno, Colonia Centro de la ciudad de
Villahermosa, Tabasco, Código Postal 86000.
II.4 Para efectos de operación, funcionamiento y seguimiento del “SUBSEMUN” designa al
Secretariado Ejecutivo del Sistema Estatal de Seguridad Pública, sito en calle Doña Fidencia
número 605-Altos, Plaza Sur, Colonia Centro, C.P. 86000, Villahermosa, Tabasco.
III. DECLARAN “LOS BENEFICIARIOS”, A TRAVÉS DE SUS REPRESENTANTES QUE:
III.1 Son entidades administrativas con personalidad jurídica y patrimonio propios, con fundamento
los Municipios del Estado de Tabasco.
III.2 Los CC. Avenamar Pérez Acosta, Ramón Hernández Sánchez, Tiófilo Ovando Sánchez,
Francisco Sánchez Ramos, Domingo García Vargas, Víctor Manuel González Valerio, Pedro
Landero López, Jorge Alberto Carrillo Jiménez, Elda María Llergo Asmitia y Carlos Alberto Vega
Celorio, Presidentes Municipales Constitucionales de Cárdenas, Centla, Cunduacán,
Huimanguillo, Jalpa de Méndez, Macuspana, Nacajuca, Paraíso, Teapa y Tenosique
respectivamente, asumieron sus cargos a partir del 1 de enero de 2013 y que en la Segun da
Sesión extraordinaria del Cabildo de fecha 23 de enero de 2015, fue designado el C. Jesús
Romero López, como Presidente Municipal de Comalcalco, en términos de los artículos 64 y 65
Orgánica de los Municipios del Estado de Tabasco; por lo que cuentan con facultades para

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