Diario Oficial de la Federación de 21/02/2017 (Contenido completo)

EdiciónMatutina
Tomo DCCLXI No. 17 Ciudad de México, martes 21 de febrero de 2017
CONTENIDO
Secretaría de Gobernación
Secretaría de Hacienda y Crédito Público
Secretaría de Energía
Secretaría de Economía
Secretaría de Salud
Secretaría del Trabajo y Previsión Social
Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano
Centro Nacional de Control de Energía
Consejo de la Judicatura Federal
Banco de México
Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la
Información y Protección de Datos Personales
Instituto Nacional Electoral
Convocatorias para Concursos de Adquisiciones,
Arrendamientos, Obras y Servicios del Sector Público
Avisos
Indice en página 109
$21.00 EJEMPLAR
2 (Primera Sección) DIARIO OFICIAL Martes 21 de febrero de 2017
PODER EJECUTIVO
SECRETARIA DE GOBERNACION
NORMA Oficial Mexicana NOM-006-SEGOB-2015. Tsunamis.- Características y especificaciones de prevención,
alertamiento y evacuación.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de
Gobernación.- Coordinación Nacional de Protección Civil.- Dirección General de Vinculación, Innovación y
Normatividad en materia de Protección Civil.- Sistema Nacional de Protección Civil.- México.
NOM-006-SEGOB-2015. TSUNAMIS.- CARACTERÍSTICAS Y ESPECIFICACIONES DE PREVENCIÓN,
ALERTAMIENTO Y EVACUACIÓN.
ROGELIO RAFAEL CONDE GARCÍA, Presidente del Comité Consultivo Nacional de Normalización sobre
Protección Civil y Prevención de Desastres, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 38 fracción II, 40
fracciones VII, VIII, 41, 43, 44, 47 de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización; 28 y 33 del Reglamento
fracción XV de la Ley General de Protección Civil; 62 fracción I del Reglamento Interio r de la Secretaría de
Gobernación; así como al Acuerdo por el que se definen los efectos de los dictámenes que emite la Comisión
Federal de Mejora Regulatoria respecto de las Normas Oficiales Mexicanas y su respectiva Manifestación d e
Impacto Regulatorio publicado en el Diario Oficial de la Federación de fecha 12 de marzo de 2012, y
CONSIDERANDO
Que el Plan Nacional de Desarrollo 2013-2018 expone la ruta que el Gobierno de la República se ha
trazado para contribuir de manera más eficaz a que los mexicanos podamos lograr que México alcance su
máximo potencial, estableciendo como Metas Nacionales un México en Paz;
Que el Plan Nacional de Desarrollo 2013-2018 establece en su objetivo 1.6. Salvaguardar a la población, a
sus bienes y a su entorno ante un desastre de origen natural o humano; y en su Estrategia 1.6.1 Política
estratégica para la prevención de desastres;
Que la Coordinación Nacional de Protección Civil, dependiente de la Secretaría de Gober nación, tiene por
objeto apoyarla en la conducción y ejecución del Sistema Nacional de Protección Civil, auxiliándose en la
Dirección General de Protección Civil, en la Dirección General para la Gestión de Riesgos, en la Dirección
General de Vinculación, Innovación y Normatividad en materia de Protección Civil y en el Centro Nacional de
Prevención de Desastres; unidades administrativas y órgano administrativo desconcentrado, res pectivamente,
que en el ámbito de su competencia participan en la integración, coordinación y supervisión del Sistema
Nacional de Protección Civil, contribuyendo a solventar riesgos y amenazas a la Seguridad Nacional;
Que el Programa Nacional de Protección Civil 2014-2018, en su capítulo II. Alineación a las metas
nacionales establece como una de sus metas fomentar la acción preventiva en la Gestión Integr al de Riesgos
para disminuir los efectos de fenómenos naturales perturbadores. Y en sus Líneas de acción prevé fomentar,
desarrollar y promover Normas Oficiales Mexicanas para la consolidación del Sistema Nacional de Protección
Civil;
Que el 27 de agosto de 2015 se publicó para consulta pública en el Diario Oficial de la Federación el
Proyecto de Norma Oficial Mexicana PROY-NOM-006-SEGOB-2015 Tsunamis.- Características y
especificaciones de prevención, alertamiento y evacuación, a fin de que los interesados en un plazo de 60
días naturales, enviaran sus comentarios al Comité Consultivo Nacional de Normalización y Prevención de
Desastres.
Que conforme al artículo 47, fracción II de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización, l os
comentarios al proyecto presentados por los interesados se analizaron en el seno del Comité, realizándose las
modificaciones procedentes.
Que con fundamento en lo establecido en el artículo 47, fracción III de la Ley Federal sobre Metrología y
Normalización, las respuestas a los comentarios recibidos, previa aprobación del Comité, se publ icaron en el
Diario Oficial de la Federación el 19 de mayo de 2016.
Que de conformidad en lo dispuesto por los artículos 69-E y 69-H de la Ley Federal de Proced imiento
Administrativo, el anteproyecto correspondiente fue sometido a la consideración de la Comisión Federal de
Mejora Regulatoria, quien emitió dictamen total el 13 de febrero de 2017.
Que con la aprobación de la Unidad General de Asuntos Jurídicos de la Secretaría de Gobernación con
dictamen de fecha 6 de noviembre de 2015, habiendo cumplido el procedimiento que establece la Ley Federal
de Metrología y Normalización para elaborar y emitir normas oficiales mexicanas y siendo aprobada su
publicación en el Diario Oficial de la Federación por el Comité Consultivo Nacional de Normalización sobre
Protección Civil y Prevención de Desastres, se expide la siguiente:
Martes 21 de febrero de 2017 DIARIO OFICIAL (Primera Sección) 3
NORMA OFICIAL MEXICANA NOM-006-SEGOB-2015. TSUNAMIS.- CARACTERÍSTICAS Y
ESPECIFICACIONES DE PREVENCIÓN, ALERTAMIENTO Y EVACUACIÓN
PREFACIO
La Secretaría de Gobernación a través del Comité Consultivo Nacional de Normalización sobre Protección
Civil y Prevención de Desastres, reunió a los sectores interesados para participar en la elaboración de la
Norma Oficial Mexicana NOM-006-SEGOB-2015 Tsunamis.- Características y especificaciones de prevención,
alertamiento y evacuación, a fin de ratificar los criterios para normalizar su diseño y elaboración, con el
propósito de eliminar prácticas discrecionales en su aplicación y para facilitar su comprensión.
La experiencia indica que la correcta aplicación de esta Norma Oficial Mexicana, contribuye a mejorar las
condiciones de seguridad en instalaciones y sitios en los que, conforme a leyes, reglamentos y normatividad
aplicable en materia de prevención de riesgos, debe implementarse las características y especificaciones de
prevención, alertamiento y evacuación sobre protección civil, en beneficio de la población que concurre o
labora en ellos.
Partiendo de la premisa de que esta regulación genera obligaciones y ri ge en todo el territorio nacional y
aplica en todos los bienes inmuebles, establecimientos y espacios de los sectores público, social, privado
y establecimientos mercantiles en los que, conforme a leyes, reglamentos y normatividad aplicables en
materia de prevención de riesgos cuenten con instalaciones ubicadas en zonas col indantes a las costas
nacionales, tanto continentales como insulares.
En la elaboración de la presente Norma Oficial Mexicana, participaron representantes de las
dependencias, organismos, instituciones y empresas que a continuación se indican:
Secretaría de Gobernación
Secretaría de Comunicaciones y Transportes
Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano
Secretaría de Desarrollo Social
Secretaría de Educación Pública
Secretaría de Marina
Secretaría de Turismo
Cámara Nacional de la Industria de la Transformación
Confederación de Cámaras Nacionales de Comercio, Servicios y Turismo
Cámara Nacional de Comercio, Ciudad de México
Comisión Federal de Electricidad
Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología
Servicio Meteorológico Nacional
Bomberos de Lázaro Cárdenas, Michoacán.
Instituto Politécnico Nacional
Centro de Investigación Científica y de Educación Superior de Ensenada Baja Califor nia
Asociación Nacional de la Industria Química A.C.
Cáritas Emergencias A.C.
Comisión Nacional de Emergencia A.C.
ÍNDICE
Introducción
1. Objetivo y Campo de aplicación
2. Referencias
3. Definiciones
4. Obligaciones del propietario o responsabl e del inmueble
5. Diagnóstico de vulnerabilidad del i nmueble

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