Diario Oficial de la Federación de 17/04/2017 (Contenido completo)

EdiciónMatutina
Tomo DCCLXIII No. 11 Ciudad de México, lunes 17 de abril de 2017
CONTENIDO
Secretaría de Gobernación
Secretaría de Hacienda y Crédito Público
Secretaría de Economía
Secretaría de Educación Pública
Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano
Comisión Reguladora de Energía
Consejo de la Judicatura Federal
Banco de México
Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la
Información y Protección de Datos Personales
Avisos
Indice en página 127
$13.00 EJEMPLAR
2 DIARIO OFICIAL Lunes 17 de abril de 2017
PODER EJECUTIVO
SECRETARIA DE GOBERNACION
DECLARATORIA de Desastre Natural por la ocurrencia de lluvia severa el día 6 de abril de 2017, en 1 municipio
del Estado de Tabasco.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría
de Gobernación.
LUIS FELIPE PUENTE ESPINOSA, Coordinador Nacional de Protección Civil de la Secretaría de
Gobernación, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 27 fracción XXXII, de la Ley Orgánica de la
Administración Pública Federal; 2 fracciones XVI, XXII y XXIV, 7 fracción IV, 19 fracción XI, 21, 58, 60, 61, 62,
63 y 74 de la Ley General de Protección Civil; 102 del Reglamento de la Ley General de Protección Civil; 59
del Reglamento Interior de la Secretaría de Gobernación; 5 fracción XX, 7, 8, 9 y 10 del “Acuerdo por el que
se emiten las Reglas Generales del Fondo de Desastres Naturales” (Reglas Generales), publicado en el Diario
Oficial de la Federación el 3 de diciembre de 2010, así como el numeral 4 primer párrafo y demás r elativos
aplicables de los “Lineamientos de Operación específicos del Fondo de Desastres Nat urales” (Lineamientos
de Operación), publicados en el referido órgano de difusión del Gobierno Federal el día 31 de ener o
de 2011, y
CONSIDERANDO
Que mediante oficio número IPCET/391/2017 de fecha 07 de abril de 2017, en cumplimiento al artículo 7
de las Reglas Generales, el Gobernador del Estado Libre y Soberano de Tabasco, Lic. Arturo Núñez J iménez,
solicitó a la Comisión Nacional del Agua (CONAGUA) la corroboración del fenómeno natural pertur bador,
descrito como Lluvia severa 06 de abril de 2017, que afectó al municipio de Tacotalpa.
Que con oficio B00.8.-0159 de fecha 10 de abril de 2017, la CONAGUA emitió su opinión técnica en
atención al oficio número IPCET/391/2017, señalado en el párrafo inmediato anterior, disponiendo en su parte
conducente que se corrobora el fenómeno de Lluvia severa el día 6 de abril de 2017, que afectó al municipio
de Tacotalpa del Estado de Tabasco.
Que con fecha 11 de abril de 2017, y con fundamento en el artículo 11 de las Reglas Generales, se llevó a
cabo la correspondiente sesión de instalación del Comité de Evaluación de Daños, en la cual el Gobierno de l
Estado de Tabasco presentó a la Secretaría de Gobernación la Solicitud de Declaratoria de Desastre Natural
respectiva.
Con base en lo anterior, se consideró procedente en este acto emitir la siguiente:
DECLARATORIA DE DESASTRE NATURAL POR LA OCURRENCIA DE LLUVIA
SEVERA EL DÍA 6 DE ABRIL DE 2017, EN 1 MUNICIPIO DEL ESTADO DE TABASCO
Artículo 1o.- Se declara como zona de desastre al municipio de Tacotalpa del Estado de Tabasco, por la
ocurrencia de Lluvia severa el día 6 de abril de 2017.
Artículo 2o.- La presente Declaratoria de Desastre Natural se expide para efectos de poder acceder a los
recursos del Fondo de Desastres Naturales, de acuerdo con lo dispuesto por la Ley General de Pr otección
Civil y su Reglamento así como las Reglas Generales.
Artículo 3o.- La presente Declaratoria se publicará en el Diario Oficial de la Federación de conformidad
con el artículo 61 de la Ley General de Protección Civil y en cumplimiento a lo dispuesto por el numeral 10 de
las Reglas Generales.
Ciudad de México, a 11 de abril de 2017.- El Coordinador Nacional, Luis Felipe Puente Espinosa.-
Rúbrica.
Lunes 17 de abril de 2017 DIARIO OFICIAL 3
SECRETARIA DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
OFICIO mediante el cual se modifica la autorización otorgada a El Águila, Compañía de Seguros, S.A. de C.V.,
para organizarse y funcionar como institución de seguros filial de Great American Insurance Company, de Ohio,
Estados Unidos de América.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Hacienda
y Crédito Público.- Comisión Nacional de Seguros y Fianzas.- Presidencia.- Vicepresi dencia Jurídica.-
Dirección General Jurídica.- Consultiva y de Intermediarios.- Dirección Consultiva.- Subdirección Consultiva.-
Expediente: C00.411.13.2.1-S0081“15”.- Oficio No. 06-C00-41100/06633.
ASUNTO: Se modifica la autorización otorgada
a El Águila, Compañía de Seguros,
S.A. de C.V.
EL ÁGUILA, COMPAÑÍA DE SEGUROS, S.A. DE C.V.
Paseo de los Tamarindos No. 60, Piso 3
Col. Bosques de las Lomas
Cuajimalpa
05120, Ciudad de México
At´n: Lic. Juan P. Riveroll Sánchez
Representante Legal
El Gobierno Federal a través de la Comisión Nacional de Seguros y Fianzas, y previo Acuerdo de su Junta
de Gobierno, con fundamento en los artículos 11, 66, 74, 75, 369, fracción II y 370, último párrafo, de la
Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas, así como en los artículos 6 y 9 del Reglamento Interior de
la Comisión Nacional de Seguros y Fianzas, emite las presentes resoluciones en atención a los siguientes
Antecedentes y Considerandos:
ANTECEDENTES
1. El Águila, Compañía de Seguros, S.A. de C.V., fue autorizada por la Secretaría de Hacienda
y Crédito Público para funcionar y operar como institución de s eguros de daños en el ramo de
automóviles, a través del Oficio 102-E-366-DGSV-I-B-a-317 de 18 de enero de 1995, publicado en el
Diario Oficial de la Federación el 14 de marzo de 1995. Dicha autorización fue modificada por última
vez mediante Oficio 366-106/10 de 23 de junio de 2010.
2. La modificación a dicha autorización fue sometida a la consideración de la Junta de Gobierno de la
Comisión Nacional de Seguros y Fianzas en su sesión 187 de 26 de abril de 2016 y tomando en
consideración la opinión favorable emitida por el Comité de Autorizaciones de la misma Comisión,
acordó modificar la autorización de El Águila, Compañía de Seguros, S.A. de C.V., bajo la cual opera
como institución de seguros, a efecto de que practique los ramos de: responsabilidad civil y riesgos
profesionales, marítimo y transportes, incendio, riesgos catastróficos y diversos, en adición al ramo
de automóviles que ya tenía autorizado en la operación de daños. Lo anterior, con motivo del escrito
de 20 de octubre de 2015, por el que El Águila, Compañía de Seguros, S. A. de C.V., a través de su
representante legal, el Sr. Juan P. Riveroll Sánchez, solicitó la aprobación de esta Comisión para
llevar a cabo la reforma integral de los estatutos sociales de dicha institución, a fin de actualizar
su contenido de conformidad con la Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas y en virtud
de la ampliación de su objeto social, a efecto de practicar en la operación de daños los
ramos de responsabilidad civil y riesgos profesionales, marítimo y transportes, incendio, riesgos
catastróficos y diversos.
Dentro de la reforma integral de estatutos sociales, destaca la eliminación de las palabras “Distrito
Federal”, de su domicilio social, de conformidad con el “Decreto por el que se decl aran reformadas
y derogadas diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en
materia de la reforma política de la Ciudad de México”, publicado en el Diario Oficial de la Federación
del 29 de enero de 2016.
3. Mediante Oficios 06-C00-41100/11563 de 27 de abril de 2016, 06-C00-41100/20 550 de 7 de julio de
2016 y 06-C00-41100/01847 de 30 enero de 2017, esta Comisión aprobó la modificación integral
realizada por esa institución a sus estatutos sociales, de conformidad con lo previsto en el artículo 66
de la Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas, contenida en la escritura pública No. 81,064 de
25 de mayo de 2016, otorgada ante la fe del Lic. Roberto Teutli Otero, titular de la Notaría Pública
No. 161 con ejercicio en la Ciudad de México, actuando como suplente y en el protocolo de la
Notaría Pública No. 147 de la misma Ciudad, de la que es titular el Lic. Javier Gutiérrez Silva,
en la que consta la protocolización del Acta de Asamblea General Extraordinaria de Accionistas de

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