Diario Oficial de la Federación de 16/04/2021 (Contenido completo)

EdiciónMatutina
No. de edición del mes: 12 Ciudad de México, viernes 16 de abril de 2021
CONTENIDO
Secretaría de Relaciones Exteriores
Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana
Secretaría de Hacienda y Crédito Público
Secretaría de Bienestar
Secretaría de Economía
Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural
Secretaría de Comunicaciones y Transportes
Secretaría de Salud
Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano
Secretaría de Cultura
Suprema Corte de Justicia de la Nación
Banco de México
Instituto Nacional Electoral
Avisos
Indice en página 338
2 DIARIO OFICIAL Viernes 16 de abril de 2021
PODER EJECUTIVO
SECRETARIA DE RELACIONES EXTERIORES
CONVENIO de Colaboración Administrativa para el establecimiento y operación de una oficina municipal de
enlace con la Secretaría de Relaciones Exteriores en el Municipio de Arriaga, Estado de Chiapas, que celebran la
Secretaría de Relaciones Exteriores y dicho municipio.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- RELACIONES
EXTERIORES.- Secretaría de Relaciones Exteriores.
CONVENIO DE COLABORACIÓN ADMINISTRATIVA PARA EL ESTABLECIMIENTO Y OPERACIÓN DE UNA
OFICINA MUNICIPAL DE ENLACE CON LA SECRETARÍA DE RELACIONES EXTERIORES EN EL MUNICIPIO DE
ARRIAGA, ESTADO DE CHIAPAS QUE CELEBRAN POR UNA PARTE, LA SECRETARÍA DE RELACIONES
EXTERIORES, EN LO SUCESIVO “LA SECRETARÍA”, REPRESENTADA POR EL C. MARCELO LUIS EBRARD
CASAUBON, EN SU CARÁCTER DE TITULAR, ASISTIDO EN ESTE ACTO POR EL C. JOSÉ ANTONIO DOMÍNGUEZ
CARBALLO, TITULAR DE LA UNIDAD DE ADMINISTRACIÓN Y FINANZAS DE LA DEPENDENCIA Y EL C. CARLOS
ALFONSO CANDELARIA LÓPEZ, DIRECTOR GENERAL DE DELEGACIONES; Y POR LA OTRA PARTE, EL MUNICIPIO
DE ARRIAGA, CHIAPAS AL QUE EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ “EL AYUNTAMIENTO”, REPRESENTADO EN
ESTE ACTO POR EL C. JOSÉ ALFREDO TOLEDO BLAS, PRESIDENTE MUNICIPAL CONSTITUCIONAL, A QUIENES
DE FORMA CONJUNTA SE DENOMINARÁN COMO “LAS PARTES”, DE CONFORMIDAD CON LOS ANTECEDENTES,
DECLARACIONES Y CLÁUSULAS SIGUIENTES:
ANTECEDENTES
PRIMERO.- De conformidad con lo establecido en el artículo 3 del Reglamento Interior de la Secretaría de
Relaciones Exteriores, “LA SECRETARÍA” realizará sus actividades de manera programada, tomando en
cuenta las políticas, prioridades y modalidades que para el logro de objetivos y metas dicte el titular del
Ejecutivo Federal.
SEGUNDO.- Que de conformidad con los artículos 2, fracciones IV y V y 4, de la Ley de Planeación; es
responsabilidad del Ejecutivo Federal conducir la planeación nacional del desarroll o, misma que tiene dentro
de sus principios el de promover respetar, proteger y garantizar los derechos humanos reconocidos en la
Constitución y en los tratados internacionales de los que el Estado Mexicano sea parte; así como e l
fortalecimiento del pacto federal y del Municipio libre, para lograr un desarrollo equilibrado del país,
promoviendo la descentralización de la vida nacional.
TERCERO.- Que el artículo 3 del Reglamento de Pasaportes y del Documento de Identidad y Viaje
establece que en territorio nacional, se podrán autorizar unidades móviles u oficinas de enlace para la
tramitación de pasaporte, su establecimiento se hará mediante convenios de colaboración administrativa.
CUARTO.- En términos de lo dispuesto en el artículo 7 del Acuerdo por el que se dan a conocer los
Lineamientos para el establecimiento y operación de Oficinas Estatales y Municipales de Enlace autorizadas
por la Secretaría de Relaciones Exteriores, publicado en el Diario Oficial de la Feder ación el 28 de septiembre
de 2015, “EL AYUNTAMIENTO” mediante oficio PMA/PM166/2020 de fecha 04 de agosto de 2020, presentó
ante la Dirección General de Delegaciones la solicitud, justificación para el establecimiento de una Oficina
Municipal de Enlace en Arriaga, Estado de Chiapas, así como la declaración a la que hace referencia el
artículo 7 en su fracción II del citado Acuerdo.
Por lo anterior, previas las acciones de verificación, mediante el oficio DGD/12719/2020 el 27 de
noviembre de 2020, la Dirección General de Delegaciones envió a la Unidad de Administración y Finanzas la
dictaminación favorable, a fin de continuar con los trámites para obtener la autorización corresp ondiente para
la apertura de una Oficina Municipal de Enlace.
Que mediante el oficio número UAF/02765/2020 de fecha 03 de diciembre de 2020, la Unidad de
Administración y Finanzas previo acuerdo sostenido con el Titular de la Secretaría de Relaciones Exteriores
informó la procedencia para la apertura de una Oficina Municipal de Enlace con sede en el Municipio de
Arriaga, perteneciente al Estado de Chiapas.
QUINTO.- “EL AYUNTAMIENTO” en este acto manifiesta que es su deseo brindar el apoyo necesario para
el funcionamiento de la Oficina Municipal de Enlace con “LA SECRETARÍA”, por lo que “LAS PARTES” se
encuentran dispuestas a suscribir el presente instrumento al tenor de las declaraciones y cláusulas siguientes:
Viernes 16 de abril de 2021 DIARIO OFICIAL 3
DECLARACIONES
I. “LA SECRETARÍA” DECLARA QUE:
I.1.- Es una dependencia de la Administración Pública Federal, en términos de lo dispuesto por los
artículos 2 fracción I, 26 y 28 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal.
I.2.- En términos de lo dispuesto por los artículos 28, fracción II de la Ley Orgánica de la Administración
Pública Federal, 6 y 7, fracción XIII del Reglamento Interior de la Secretaría de Relaciones Exteriores,
el C. Marcelo Luis Ebrard Casaubon, cuenta con facultades suficientes para celebrar el presente Convenio de
Colaboración Administrativa.
I.3.- Las Oficinas Municipales de Enlace con la Secretaría de Relaciones Exteriores son oficinas
administrativas que dependen económica y administrativamente de una Entidad Federativa o Mu nicipio, según
sea el caso, cuyo establecimiento y operación se autoriza por la Secretaría de Relaciones Exteriores mediante
la suscripción de un Convenio de Colaboración Administrativa, el cual deberá ser publicado en el Diario Oficial
de la Federación, de conformidad con lo establecido en el artículo 2 del Acuerdo por el que se dan a conocer
los Lineamientos para el establecimiento y operación de Oficinas Estatales y Municipales de Enlace
autorizadas por la Secretaría de Relaciones Exteriores, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 28 de
septiembre de 2015.
I.4.- El artículo 3 del Reglamento de Pasaportes y del Documento de Identidad y Viaje, establece que en
territorio nacional “LA SECRETARÍA” podrá autorizar unidades móviles u oficinas de enlace para la
tramitación de pasaportes, su establecimiento se hará mediante convenios de colaboración administrativa.
I.5.- Asimismo, el artículo 11, fracción XXXI del Reglamento Interior de la Secretaría de Relaciones
Exteriores, establece que el Titular de la Unidad de Administración y Finanzas, tendrá la facultad de someter a
consideración del Secretario de Relaciones Exteriores, la apertura o cierre de oficinas municipales de enlace
con la justificación que para tal efecto prepare la Dirección General de Delegaciones.
I.6.- De conformidad con el artículo 35, fracciones VIII y X del Reglamento Interior de la Secretaría de
Relaciones Exteriores corresponde a la Dirección General de Delegaciones, pro poner la creación de oficinas
de enlace, así como promover y coordinar el programa de desconcentración administrativa de los servicios
que presta la Secretaría, a través del establecimiento de delegaciones y subdelegaciones, que podr án
auxiliarse de oficinas de enlace estatales o municipales, mediante la suscripción de convenios de cola boración
administrativa, conforme a la normatividad aplicable.
I.7.- Señala como domicilio legal el ubicado en Plaza Juárez número 20 Colonia Centro, Demarcaci ón
Territorial Cuauhtémoc, C.P. 06010, Ciudad de México, el cual consigna para los fines y efectos legales del
presente Convenio de Colaboración Administrativa.
II. “EL AYUNTAMIENTO” DECLARA QUE:
II.1.- Es una entidad con personalidad jurídica y patrimonio propio, conforme a lo dispuesto por el artículo
115 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
II.2.- Mediante Sesión Extraordinaria de Cabildo 003/2019, SEGUNDO SEMESTRE, de fecha 27 de julio
de 2019, quedó instalado legalmente el Cabildo, para el periodo comprendido desde el 27 de julio de 201 9
hasta el 30 de septiembre de 2021.
II.3.- De acuerdo a la Comisión Permanente de la Sexagésima Séptima Legislatura del Honorable
Congreso del Estado Libre y Soberano de Chiapas en Sesión Ordinaria, de fecha 24 de julio de 2019,
mediante Decreto número 228, el C. José Alfredo Toledo Blas es nombrado Presidente Municipal, habiendo
tomado protesta del cargo el día 27 de julio de 2019, ante el H. Cabildo en pleno, en sesión solemne; así
mismo, en la Sesión Extraordinaria de Cabildo No. 041BIS/2020 SEGUNDO SEMESTRE de fecha 27 de
octubre de 2020, se facultó al Presidente Municipal Constitucional a suscribir el presente Convenio en
representación de “EL AYUNTAMIENTO”.
II.4.- Se designa a la Oficina Municipal de Enlace en Arriaga, Chiapas a través de su Titular, como el área
responsable, de vigilar y dar cumplimiento al presente Convenio de Colaboración Administrativa.
II.5.- Es su voluntad colaborar con “LA SECRETARÍA”, en el despacho de los asuntos que son de su
competencia, en beneficio de los habitantes del Municipio de Arriaga, Estado de Chiapas.
II.6.- Cuenta con los recursos financieros, materiales y humanos necesarios para la operación de las
Oficinas Municipales de Enlace.

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