Diario Oficial de la Federación de 15/06/2015 (Contenido completo)

Tomo DCCXLI No. 11 México, D.F., lunes 15 de junio de 2015
CONTENIDO
Secretaría de Gobernación
Secretaría de Relaciones Exteriores
Secretaría de Hacienda y Crédito Público
Secretaría de Economía
Secretaría de Agricultura, Ganadería,
Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación
Secretaría de Comunicaciones y Transportes
Secretaría de la Función Pública
Secretaría de Educación Pública
Secretaría de Salud
Secretaría del Trabajo y Previsión Social
Secretaría de Turismo
Suprema Corte de Justicia de la Nación
Banco de México
Avisos
Indice en página 109
$17.00 EJEMPLAR
2 (Primera Sección) DIARIO OFICIAL Lunes 15 de junio de 2015
PODER EJECUTIVO
SECRETARIA DE GOBERNACION
AVISO de Término de la Emergencia por la presencia de incendio forestal ocurrido el día 23 de mayo de 2015,
en el Municipio de Comondú del Estado de Baja California Sur.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría
de Gobernación.
LUIS FELIPE PUENTE ESPINOSA, Coordinador Nacional de Protección Civil de la Secretaría de
Gobernación, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 19, fracción XI de la Ley General de Protección
Civil; 59, fracciones XX y XXI del Reglamento Interior de la Secretaría de Gobernación; 12, fracciones I, II, III y
IV del Acuerdo que establece los Lineamientos del Fondo para la Atención de Emergencias FONDEN
(LINEAMIENTOS), y
CONSIDERANDO
Que el 27 de mayo de 2015 se emitió el Boletín de Prensa número 333, mediante el cual se dio a conocer
que la Coordinación Nacional de Protección Civil (CNPC), declaró en emergencia al municipio de C omondú
del Estado de Baja California Sur, por la presencia de incendio forestal ocurrido el día 23 de mayo de 2015,
Que mediante oficio número DGPC/613/2015, de fecha 6 de junio de 2015, la Dirección General de
Protección Civil (DGPC) comunica que de acuerdo al más reciente análisis realizado por la Dirección
de Administración de Emergencias de esa Unidad Administrativa, las causas de la Declar atoria ya no
persisten; por lo que con base en el artículo 12, fracción II de los LINEAMIENTOS, en opinión de la DGPC
se puede finalizar la vigencia de la Declaratoria de Emergencia, debido a que ha desaparecido la situac ión de
emergencia por la cual fue emitida.
Que el 6 de junio de 2015, la CNPC emitió el Boletín de Prensa número 355, a través del cual dio a
conocer el Aviso de Término de la Declaratoria de Emergencia para el municipi o de Comondú del Estado de
Baja California Sur, por la presencia de incendio forestal ocurrido el día 23 de mayo de 2015.
Que tomando en cuenta lo anterior, se determinó procedente expedir el siguiente:
AVISO DE TÉRMINO DE LA EMERGENCIA, POR LA PRESENCIA DE INCENDIO
FORESTAL OCURRIDO EL DÍA 23 DE MAYO DE 2015, EN EL MUNICIPIO
DE COMONDÚ DEL ESTADO DE BAJA CALIFORNIA SUR
Artículo 1o.- De conformidad con el artículo 12, fracción I de los LINEAMIENTOS, se da por concluida la
Declaratoria de Emergencia para el municipio de Comondú del Estado de Baja California Sur, por la presencia
de incendio forestal ocurrido el día 23 de mayo de 2015.
Artículo 2o.- El presente Aviso de Término de la Emergencia se publicará en el Diario Oficial de
la Fed eraci ón, d e confo rmida d con l os artí culos 61 de la Ley G enera l de Prot ecció n Civil y 12 fracción II,
de los LINEAMIENTOS.
México, Distrito Federal, a seis de junio de dos mil quince.- El Coordinador Nacional, Luis Felipe Puente
Espinosa.- Rúbrica.
Lunes 15 de junio de 2015 DIARIO OFICIAL (Primera Sección) 3
AVISO de Término de la Emergencia por la presencia de inundación pluvial ocurrida el día 24 de mayo de 2015,
en el Municipio de Matamoros del Estado de Tamaulipas.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría
de Gobernación.
LUIS FELIPE PUENTE ESPINOSA, Coordinador Nacional de Protección Civil de la Secretaría de
Gobernación, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 19, fracción XI de la Ley General de Protección
Civil; 59, fracciones XX y XXI del Reglamento Interior de la Secretaría de Gobernación; 12, fracciones I, II, III y
IV del Acuerdo que establece los Lineamientos del Fondo para la Atención de Emergencias FONDEN
(LINEAMIENTOS), y
CONSIDERANDO
Que el 26 de mayo de 2015 se emitió el Boletín de Prensa número 331, mediante el cual se dio a conocer
que la Coordinación Nacional de Protección Civil (CNPC), declaró en emergencia al municipio de Matamoros
del Estado de Tamaulipas, por la presencia de inundación pluvial ocurrida el día 24 de mayo de 201 5,
misma que fue publicada en el Diario Oficial de la Federación el 3 de junio de 2015.
Que mediante oficio número DGPC/612/2015, de fecha 5 de junio de 2015, la Dirección General
de Protección Civil (DGPC) comunica que de acuerdo al más reciente análisis realizado por la Dirección de
Administración de Emergencias de esa Unidad Administrativa, las causas de la Declaratoria ya no persisten;
por lo que con base en el artículo 12, fracción II de los LINEAMIENTOS, en opinión de la DGPC se puede
finalizar la vigencia de la Declaratoria de Emergencia, debido a que ha desaparecido la situación
de emergencia por la cual fue emitida.
Que el 5 de junio de 2015, la CNPC emitió el Boletín de Prensa número 354, a través del cual dio a
conocer el Aviso de Término de la Declaratoria de Emergencia para el municipio de Matamoros del Estado de
Tamaulipas, por la presencia de inundación pluvial ocurrida el día 24 de mayo de 2015.
Que tomando en cuenta lo anterior, se determinó procedente expedir el siguiente:
AVISO DE TÉRMINO DE LA EMERGENCIA, POR LA PRESENCIA DE INUNDACIÓN
PLUVIAL OCURRIDA EL DÍA 24 DE MAYO DE 2015, EN EL MUNICIPIO
DE MATAMOROS DEL ESTADO DE TAMAULIPAS
Artículo 1o.- De conformidad con el artículo 12, fracción I de los LINEAMIENTOS, se da por concluida la
Declaratoria de Emergencia para el municipio de Matamoros del Estado de Tamaulipas, por la presencia de
inundación pluvial ocurrida el día 24 de mayo de 2015.
Artículo 2o.- El presente Aviso de Término de la Emergencia se publicará en el Diario Oficial de
la Fed eraci ón, d e confo rmida d con l os artí culos 61 de la Ley G enera l de Prot ecció n Civil y 12 fracción II,
de los LINEAMIENTOS.
México, Distrito Federal, a cinco de junio de dos mil quince.- El Coordinador Nacional, Luis Felipe Puente
Espinosa.- Rúbrica.

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