Diario Oficial de la Federación de 14/03/2017 (Contenido completo)

EdiciónMatutina
Tomo DCCLXII No. 10 Ciudad de México, martes 14 de marzo de 2017
CONTENIDO
Cámara de Senadores
Secretaría de Hacienda y Crédito Público
Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales
Secretaría de Economía
Secretaría de Agricultura, Ganadería,
Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación
Secretaría de la Función Pública
Secretaría de Salud
Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano
Comisión Federal de Electricidad
Banco de México
Instituto Federal de Telecomunicaciones
Instituto Nacional Electoral
Convocatorias para Concursos de Adquisiciones,
Arrendamientos, Obras y Servicios del Sector Público
Avisos
Indice en página 108
$25.00 EJEMPLAR
2 (Primera Sección) DIARIO OFICIAL Martes 14 de marzo de 2017
PODER LEGISLATIVO
CAMARA DE SENADORES
DECRETO por el que se reforman y derogan diversas disposiciones del Reglamento del Senado de la República.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Cámara de Senadores.-
México D.F.
LA CÁMARA DE SENADORES DEL CONGRESO DE LA UNIÓN, DECRETA:
SE REFORMAN Y DEROGAN DIVERSAS DISPOSICIONES DEL REGLAMENTO DEL SENADO DE LA REPÚBLICA.
ARTÍCULO ÚNICO.- Se reforman los artículos 15, numeral 1, fracción V; 46, numeral 1; 54, numeral 1,
fracción III; 72, numeral 1, fracción VIII; 173, numeral 1; 219, numeral 2; fracción I; y 306, numeral 3, fracción
VII; y se derogan la fracción IX del numeral 1 del artículo 230 y los artículos 260, 261, 262, 263 y 264, del
Reglamento del Senado de la República, para quedar como sigue:
Artículo 15
1. ...
I. a IV. ...
V. Desempeña comisión o empleo de la Federación, de los Estados, de los Municipios, de la Ciudad de
México, de las Alcaldías, o de cualquier otro ente público, por los cuales se disfruta remuneración, sin la
licencia correspondiente; y
VI. ...
Artículo 46
1. El Senado tiene su sede en la Ciudad de México, misma que puede trasladarse a otro lugar conforme a
lo dispuesto por los artículos 44 y 68 de la Constitución.
2. a 4. ...
Artículo 54
1. ...
I. y II. ...
III. Los asuntos que con carácter de res ervados en términos de ley dirijan el Ejecutivo Federal, el Poder
Judicial Federal, la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, los Gobernadores, el Jefe de Gobier no de
la Ciudad de México y las legislaturas de las entidades federativas, y
IV. ...
Artículo 72
1. ...
I. a VII. ...
VIII. Iniciativas de ley o decreto que presentan el Presidente de la República, los diputados y senador es al
Congreso de la Unión y las legislaturas de las entidades federativas;
IX. a XVI. ...
2. y 3. ...
Artículo 173
1. Las iniciativas suscritas por el Presidente de la República, los diputados federales y las legislaturas de
las entidades federativas, se publican en la Gaceta, se da cuenta al Pleno en la sesió n inmediata a su
recepción y se turnan a comisiones.
Artículo 219
1. y 2. ...
I. Las iniciativas presentadas por el Presidente de la República, los diputados federales, las legislaturas de
las entidades federativas, así como los proyectos de la Cámara de Diputados, continúan su trámite en las
comisiones que en cada caso corresponda;
II. y III. ...
Martes 14 de marzo de 2017 DIARIO OFICIAL (Primera Sección) 3
Artículo 230
1. ...
I. a VIII. ...
IX. Derogada
X. y XI. ...
Artículo 260 Derogado
Artículo 261 Derogado
Artículo 262 Derogado
Artículo 263 Derogado
Artículo 264 Derogado
Artículo 306
1. y 2. ...
3. ...
I. a VI. ...
VII. Las iniciativas de ley o decreto que presentan ante el Senado o la Comisión Permanente, el
Presidente de la República, los senadores, los diputados federales y las legislaturas de las entidades
federativas;
VIII. a XIX. ...
4. y 5. ...
TRANSITORIO
ÚNICO.- El presente Decreto entrará en vigor al día siguiente de s u publicación en el Diario Oficial de la
Federación.
Ciudad de México, a 2 de marzo de 2017.- Sen. Pablo Escudero Morales, Presidente.- Rúbrica.-
Sen. Rosa Adriana Díaz Lizama, Secretaria.- Rúbrica.
DECRETO por el que se reforma el artículo 282 del Reglamento del Senado de la República.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Cámara de Senadores.-
México D.F.
LA CÁMARA DE SENADORES DEL CONGRESO DE LA UNIÓN, DECRETA:
ARTÍCULO ÚNICO.- Se reforma el párrafo 1, del artículo 282 del Reglamento del Senado de la República,
para quedar en los siguientes términos:
Artículo 282
1. Conforme a la Ley, corresponde a la Mesa Directiva y a su President e la conducción de la diplomacia
parlamentaria. En apoyo a dicha actividad y a las relaciones internacionales d el Senado, se cuenta con el
Centro de Estudios Internacionales Gilberto Bosques.
2. ...
TRANSITORIO
Único. El presente Decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la
Federación.
Ciudad de México, a 2 de marzo de 2017.- Sen. Pablo Escudero Morales, Presidente.- Rúbrica.-
Sen. Rosa Adriana Díaz Lizama, Secretaria.- Rúbrica.

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