Diario Oficial de la Federación de 14/09/2015 (Contenido completo)

Tomo DCCXLIV No. 10 México, D.F., lunes 14 de septiembre de 2015
CONTENIDO
Secretaría de Energía
Secretaría de Agricultura, Ganadería,
Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación
Secretaría de Comunicaciones y Transportes
Secretaría de la Función Pública
Secretaría de Salud
Registro Agrario Nacional
Suprema Corte de Justicia de la Nación
Banco de México
Avisos
Indice en página 126
$17.00 EJEMPLAR
2 (Primera Sección) DIARIO OFICIAL Lunes 14 de septiembre de 2015
PODER EJECUTIVO
SECRETARIA DE ENERGIA
PROYECTO de Modificación a la Norma Oficial Mexicana NOM-034-NUCL-2009, Requerimientos de selección,
calificación y entrenamiento del personal de Centrales Nucleoeléctricas.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Energía.
PROYECTO DE MODIFICACIÓN A LA NORMA OFICIAL MEXICANA NOM-034-NUCL-2009, REQUERIMIENTOS DE
SELECCIÓN, CALIFICACIÓN Y ENTRENAMIENTO DEL PERSONAL DE CENTRALES NUCLEOELÉCTRICAS
JUAN EIBENSCHUTZ HARTMAN, Presidente del Comité Consultivo Nacional de Normalización de
Seguridad Nuclear y Salvaguardias y Director General de la Comisión Nacional de Seguridad Nuclear y
Salvaguardias, con fundamento en los artículos 27, párrafo octavo de la Constitución Política de los Estados
Unidos Mexicanos; 11, numeral 2 del DECRETO de Promulgación de la Convención sobre Seguridad Nuclear;
1, 4, 18, fracciones III y IX, 19, 20 y 50 fracciones I, II, III, XI y XV de la Ley Reglamentaria del Artículo 27
Constitucional en Materia Nuclear; 33, fracción XIII de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal;
38 fracción II, 40, fracciones I y XVII, 41, 47 fracción IV, 51 y 73 de la Ley Federal sobre Metrología y
Normalización; 28, 34 y 39 del Reglamento de la Ley sobre Metrología y Normalización; 2, inciso F, fracción I,
40, 41 y 42 fracciones VIII, XI, XII, XXXIV del Reglamento Interior de la Secretaría de Energía, me permito
ordenar la publicación en el Diario Oficial de la Federación del Proyecto de modificación a la Norma Oficial
Mexicana NOM-034-NUCL-2009 “Requerimientos de selección, calificación y entrenamiento del personal de
centrales nucleoeléctricas”, que en lo sucesivo se denominará PROY-NOM-034-NUCL-2015, “Requerimientos
de selección, calificación y entrenamiento del personal de centrales nucleoeléctricas”.
El presente Proyecto de Norma Oficial Mexicana se publica de conformidad con lo establecido po r el
artículo 47 fracción I de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización, con el objeto de que los interesados
dentro de los siguientes 60 días naturales contados a partir de la fecha de su publicación, presenten sus
comentarios ante el Comité Consultivo Nacional de Normalización de Seguridad Nuclear y Salvaguar dias, sito
en Dr. José María Barragán 779, 4o. Piso, colonia Narvarte, código postal 03020, México, D.F., teléfono 5095
3246, fax 5090 6103 y correo electrónico ccnn_snys@cnsns.gob.mx.
Durante el plazo mencionado, la manifestación de impacto regulatorio del proyecto de norma estará a
disposición del público para su consulta en el domicilio del Comité
Sufragio Efectivo. No Reelección.
México, Distrito Federal, a 4 de junio de dos mil quince.- El Presidente del Comité Consultivo Nacional de
Normalización de Seguridad Nuclear y Salvaguardias, y Director General de la Comisión Nacional
de Seguridad Nuclear y Salvaguardias, Juan Eibenschutz Hartman.
PREFACIO
En la elaboración del presente proyecto de norma, participaron representantes de las d ependencias,
instituciones y empresas siguientes:
SECRETARÍA DE ENERGÍA
- Unidad de Asuntos Jurídicos / Dirección de Estudios y Consultas.
- Dirección General de Distribución y Abastecimiento de Energía Eléctrica y Recursos Nucleares.
SECRETARÍA DE GOBERNACIÓN
- Dirección General de Vinculación, Innovación y Normatividad en Materia de Protección Civil.
INSTITUTO NACIONAL DE INVESTIGACIONES NUCLEARES
COMISIÓN FEDERAL DE ELECTRICIDAD
- Gerencia de Centrales Nucleoeléctricas.
INSTITUTO POLITÉCNICO NACIONAL
- Escuela Superior de Física y Matemáticas
UNIVERSIDAD NACIONAL AUTÓNOMA DE MÉXICO
- Instituto de Ciencias Nucleares.
SERVICIOS A LA INDUSTRIA NUCLEAR Y CONVENCIONAL, S.A. DE C.V.
SOCIEDAD NUCLEAR MEXICANA
Lunes 14 de septiembre de 2015 DIARIO OFICIAL (Primera Sección) 3
PROY-NOM-034-NUCL-2015, REQUERIMIENTOS DE SELECCIÓN CAPACITACIÓN
Y ENTRENAMIENTO DEL PERSONAL DE CENTRALES NUCLEOELÉCTRICAS
ÍNDICE
0. Introducción
1. Objetivo
2. Campo de aplicación
3. Definiciones
4. Requerimientos
Apéndice A (Normativo). Contenido de los programas de entrenamiento y reentrenamiento del
personal licenciado de una central nucleoeléctrica
5. Concordancia con normas int ernacionales y mexicanas
6. Bibliografía
7. Evaluación de la conformidad
8. Observancia
9. Vigencia
0. Introducción
Debido a que las actividades vinculadas con la industria nuclear y en específico las de cent rales
nucleoeléctricas, requieren de un alto grado de confiabilidad en su ejecución, es necesario estable cer los
requisitos de formación académica, entrenamiento y experiencia que deben cumplir los distintos miembros del
personal que labore en una central nucleoeléctrica, para minimizar los riesgos pot enciales derivados del uso
de combustibles nucleares y de los desechos radiactivos generados.
1. Objetivo
Esta Norma Oficial Mexicana establece los criterios para la selección, calificación, entrenamiento y
reentrenamiento del personal de una central nucleoeléctrica.
2. Campo de aplicación
Esta norma es aplicable al personal que desempeña una o más de las actividades o funciones aquí
descritas, dentro de una central nucleoeléctrica.
3. Definiciones
Para los efectos de esta norma, se entiende por:
3.1 Calificación.- Combinación de escolaridad, experiencia y entrenamiento que posee como mínimo un
individuo para desempeñar la actividad acorde a sus funciones.
3.2 Central Nucleoeléctrica (CN).- Conjunto de uno o varios reactores nucleares incluyendo todas las
estructuras, sistemas y componentes que se utilizan para la generación de energía eléctrica.
3.3 CNSNS.- Comisión Nacional de Seguridad Nuclear y Salvaguardias, creada por decr eto el 26 de enero
3.4 Contratista.- Persona, empresa o institución responsable de realizar alguna de las actividades o
funciones aquí descritas, por encargo de la Entidad Responsable.
3.5 Director o Jefe de Área.- Persona responsable de desarrollar y administrar los programas y políti cas
dentro del área de su adscripción en una CN.
3.6 Entidad Responsable (ER).- Aquella empresa o institución que posee un permiso de construcción o
una licencia de operación de una CN y que tiene todas las responsabilidades legales, financieras y técnicas
relacionadas con la operación de tal CN.
3.7 Entrenamiento Especializado.- Capacitación, adiestramiento e instrucción, tendiente a desarrollar o
mejorar el desempeño de las tareas asociadas a cada cargo.
3.8 Escolaridad.- Nivel máximo de estudios cursados y acreditados por una institución educativa con
reconocimiento oficial.
3.9 Experiencia.- Trabajo realizado compatible con aquellos deberes y f unciones laborales
correspondientes a las calificaciones requeridas por la actividad o función a la que aspira el candidato.
3.10 Experiencia en Centrales Eléctricas.- Trabajo realizado en centrales termoeléctricas o CN durante
las pruebas preoperacionales, pruebas de arranque u operación. La experiencia en centrales hidroeléctricas
no constituye experiencia al respecto.
3.11 Experiencia en Sitio.- Trabajo realizado en la CN en la cual el candidato prete nde calificarse. Dicho
trabajo debe haber involucrado los sistemas de la CN y a sus procedimientos, de lo contrario, las actividades
realizadas no constituyen experiencia al respecto.

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