Diario Oficial de la Federación de 13/01/2016 (Contenido completo)

EdiciónMatutina
Tomo DCCXLVIII No. 8 México, D.F., miércoles 13 de enero de 2016
CONTENIDO
Secretaría de Hacienda y Crédito Público
Secretaría de Economía
Secretaría de la Función Pública
Secretaría de Educación Pública
Secretaría de Salud
Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano
Comisión Reguladora de Energía
Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas
Banco de México
Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa
Avisos
Indice en página 126
$37.00 EJEMPLAR
2 (Primera Sección) DIARIO OFICIAL Miércoles 13 de enero de 2016
PODER EJECUTIVO
SECRETARIA DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
ACUERDO por el que se otorga la patente de agente aduanal número 1715 a la ciudadana María Fernanda Mejía
González, para ejercer funciones con tal carácter ante la Aduana de Nuevo Laredo, como aduana de adscripción,
en virtud del retiro voluntario de la agente aduanal Gabriela Adriana Mejía Arreola.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Hacienda
y Crédito Público.- Servicio de Administración Tributaria.- Administración General de A duanas.- Administración
Central de Apoyo Jurídico de Aduanas.
Acuerdo 800-02-00-00-00-2015-705
Visto el escrito recibido en esta Administración, mediante el cual la C. MARIA FERNAND A MEJIA
GONZALEZ, solicitó se le otorgara patente de Agente Aduanal, en virtud del retiro voluntario de la Agente
Aduanal G ABRIEL A ADRIAN A MEJIA AR REOLA, titular de la patente númer o 1062 con adscripción en la
aduana de NUEVO LAREDO, y autorización 3653, para actuar en las aduanas del AGUASCALIENTES Y
COLOMBIA; y considerando que la C. MARIA FERNANDA MEJIA GONZALEZ, ha cumplido con lo
establecido en el Décimo segundo de las Reglas Generales de Comercio Exterior para 2015, y que medi ante
acuerdo emitido por esta Administración, se autorizó el retiro voluntario de manera definitiva e irrevocabl e de
la Agente Aduanal GABRI ELA ADRI ANA MEJI A ARREOLA a su patente; el Administrador Central de Apoyo
Jurídico de Aduanas, con fundamento en los artículos 2, párrafo primero, apartado B, fracción II, inciso b) y
párrafo segundo; 5, primer párrafo; 12, fracción II; 13, primer párrafo, fracción II; 19, fracciones XIX, XXIV,
XXV y tercer párrafo, numeral 2; en relación con el artículo 20, apartado B, fracción I del Reglamento Interior
del Servicio de Administración Tributaria, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 24 de agosto de
2015, en vigor a partir del 22 de noviembre de 2015; y 144, fracciones XXI y XXXV de la Ley Aduanera,
ACUERDA: PRIMERO.- Otorgar la patente de Agente Aduanal número 1715 a la C. MARIA FERNANDA
MEJIA GONZALEZ, para ejercer funciones con tal carácter ante la aduana de NUEVO LAREDO, como
aduana de adscripción, en virtud del retiro voluntario de la Agente Aduanal GABRI ELA ADRIANA ME JIA
ARREOLA, por lo cual, a partir de la publicación del presente acuerdo en el Diario Oficial de la F ederación,
será inactivada la patente 1062, así como la autorización 3653, que habían sido asignadas a la citada Agente
Aduanal. SEGUNDO.- Se toma conocimiento de que la C. MARIA FERNANDA MEJIA GONZALEZ, va a
actuar en las aduanas de AGUASCALIENTES Y COLOMBIA, como aduanas adicionales a la de su
adscripción, mismas que tenía autorizadas la agente aduanal de la que obtiene la patente, debiendo utilizar el
número de patente 1715 en el llenado de cada uno de los pedimentos que formule e n las aduanas en las que
actúe. TERCERO.- Notifíquese el presente acuerdo mediante oficio a las CC. MARIA FERNANDA MEJIA
GONZALEZ y GABRIELA ADRIANA MEJIA ARREOLA, anexando un ejemplar con firma autógrafa del
mismo. CUARTO.- Gírense oficios a los administradores de las adunas de NUEVO LAREDO,
AGUASCALIENTES Y COLOMBIA, remitiéndoles copia simple del presente acuerdo.
Publíquese este acuerdo en el Diario Oficial de la Federación, por una sola vez a costa de la C. MARI A
FERNAND A MEJIA GONZALE Z, y surta efectos de notificación.
Atentamente
México, D.F., a 16 de diciembre de 2015.- El Administrador Central de Apoyo Jurídico de Aduanas,
Marcoflavio Rigada Soto.- Rúbrica.
(R.- 424964)
Miércoles 13 de enero de 2016 DIARIO OFICIAL (Primera Sección) 3
OFICIO mediante el cual se modifica el proemio, así como los artículos primero y tercero, base I,
de la autorización otorgada a La Peninsular Seguros, S.A., Multivalores Grupo Financiero, derivado del cambio de
su denominación por la de Seguros Multiva, S.A., Grupo Financiero Multiva.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Hacienda
y Crédito Público.- Subsecretaría de Hacienda y Crédito Público.- Unidad de Seguros, Pensiones y Seguridad
Social.- 366-173/08.- 731.1/33079.
AUTORIZACIONES A INSTITUCIONES DE
SEGUROS.- Se modifica la otorgada a esa
institución por cambio de su denominación social.
LA PENINSULAR SEGUROS, S.A. DE C.V., MULTIVALORES
GRUPO FINANCIERO (ahora SEGUROS MULTIVA, S.A.
GRUPO FINANCIERO MULTIVA, en virtud
de la autorización que se les otorga).
Cerrada de Tecamachalco No. 45, 2o. Piso.
Col. Reforma Social, C.P. 11650
Ciudad.
En virtud de que mediante oficio 366-II-1377/08 de esta misma fecha, se les otorgó aprobación a la
reforma acordada al artículo uno de sus estatutos sociales, a fin de cambiar su actual denominación
de La Peninsular Seguros, S.A., Multivalores Grupo Financiero, por la de Seguros Multiva, S.A., Grupo
Financiero Multiva, lo que se contiene en el testimonio de la escritura No. 25,840 otorgada el 6 de agosto de
2008, ante la fe del Lic. Arturo Talavera Autrique, Notario Público No. 122, con ejercicio en el Distrito
Federal, esta Secretaría con fundamento en los artículos 31, fracciones VIII y XXV de la Ley Orgánica
de la Administración Pública Federal, 5o. de la Ley General de Instituciones y Sociedades Mutualistas de
Seguros y 32, fracción VIII del Reglamento Interior de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, ha resuelto
dictar el siguiente:
ACUERDO:
Se modifica el PROEMIO, así como los artículos PRIMERO y TERCERO, base I de la autorización
otorgada mediante oficio 366-IV-4100 del 11 de diciembre de 1995, modificada con los diversos 366-IV-526 0
del 4 de octubre de 1996, 366-IV-4360 y 366-IV-6014 del 10 de julio y 6 de octubre de 1997, respectiva mente,
366-IV-159 del 11 de mayo de 1999, 366-IV-1755 del 3 de abril de 2002, 366-IV-2653/06 del 29 de noviembre
de 2006 y 366-079/08 del 23 de abril de 2008, a La Peninsular Seguros, S.A., Multivalores Grupo Financiero,
para que funcione como institución de seguros, a fin de practicar en seguros las operaciones de vid a,
de accidentes y enfermedades, en los ramos de accidentes personales y gastos médicos, de daños, en los
ramos de responsabilidad civil y riesgos profesionales, marítimo y transportes, incendio, automóviles, crédito
exclusivamente en reaseguro, diversos, así como terremoto y otros riesgos catastróficos, para quedar en la
forma siguiente:
“AUTORIZACIÓN QUE OTORGA EL GOBIERNO FEDERAL, A TRAVÉS DE LA SECRETARÍA DE HACIENDA
Y CRÉDITO PÚBLICO, A SEGUROS MULTIVA, S.A., GRUPO FINANCIERO MULTIVA, PARA QUE FUNCIONE COMO
INSTITUCIÓN DE SEGUROS, EN LOS TÉRMINOS SIGUIENTES:
ARTÍCULO PRIMERO.- En uso de la facultad que al Gobierno Federal a través de la Secretaría de
Hacienda y Crédito Público, confiere el artículo 5o. de la Ley General de Instituciones y Sociedades
Mutualistas de Seguros, se autoriza a Seguros Multiva, S.A., Grupo Financiero Multiva, para que funcione
como institución de seguros.
ARTÍCULO TERCERO.- ...............................................................................................................................
I.- La denominación será “Seguros Multiva, Sociedad Anónima, Grupo Financiero Multiva”.
...................................................................................................................................................................... ”
Atentamente.
Sufragio Efectivo. No Reelección.
México, D.F., 26 de septiembre de 2008.- La Titular de la Unidad, Lorenza Martínez Trigueros.- Rúbrica.
(R.- 424817)

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