Diario Oficial de la Federación de 12/12/2016 (Contenido completo)

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Tomo DCCLIX No. 8 Ciudad de México, lunes 12 de diciembre de 2016
CONTENIDO
Secretaría de Gobernación
Secretaría de Economía
Secretaría de la Función Pública
Secretaría de Salud
Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano
Consejo de la Judicatura Federal
Instituto Nacional Electoral
Tribunal Federal de Justicia Administrativa
Avisos
Indice en página 125
$37.00 EJEMPLAR
2 (Primera Sección) DIARIO OFICIAL Lunes 12 de diciembre de 2016
PODER EJECUTIVO
SECRETARIA DE GOBERNACION
ACUERDO por el que se otorga el Premio Nacional de Derechos Humanos 2016.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Presidencia
de la República.
ENRIQUE PEÑA NIETO, Presidente de los Estados Unidos Mexicanos, en ejercicio de la facultad que me
confiere el artículo 89, fracción I de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, con fundamento
en lo dispuesto por los artículos 2, 3, 5, 6, fracción XIV, 33, 109, 110, 111 y 112 de la Ley de Premios,
Estímulos y Recompensas Civiles; 27 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, y
CONSIDERANDO
Que el Premio Nacional de Derechos Humanos es el reconocimiento que la sociedad mexicana confiere,
a través del organismo constitucional autónomo de derechos humanos, a las personas que h an destacado
en la promoción efectiva y defensa de los derechos humanos, y es entregado anualmente por el Presidente d e
la República y el titular de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos;
Que el 28 de noviembre del presente año se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Acuer do del
Consejo de Premiación del Premio Nacional de Derechos Humanos, por el que otor ga el Premio Nacional
de Derechos Humanos 2016 post mortem a Rodolfo Stavenhagen Gruenbaum, por su destacada trayectoria
en la promoción efectiva y defensa de los derechos humanos de los pueblos y comunidades indígenas, y
Que la Comisión Nacional de los Derechos Humanos ha comunicado a este Poder Ejecutivo Federal dicho
resultado, a efecto de realizar la entrega correspondiente, por lo que he tenido a bien expedir el siguiente
ACUERDO
PRIMERO. Se entrega el Premio Naci onal de Derechos Humanos 2016 post mortem a Rodolfo
Stavenhagen Gruenbaum.
SEGUNDO. La entrega del Premio Nacional de Derechos Humanos 2016 se real izará el 12 de diciembre
del año en curso en la Ciudad de México.
TRANSITORIO
ÚNICO.- El presente Acuerdo entrará en vigor el día de su publicación en el Diario Oficial
de la Federación.
Dado en la Residencia del Poder Ejecutivo Federal, en la Ciudad de México, a nueve de diciembre de dos
mil dieciséis.- Enrique Peña Nieto.- Rúbrica.- El Secretario de Gobernación, Miguel Ángel Osorio Chong.-
Rúbrica.
CONVENIO Modificatorio al Convenio de Coordinación y Adhesión para el Otorgamiento de Apoyos a las
Entidades Federativas en el marco del Programa Nacional de Prevención del Delito (PRONAPRED), que celebran
la Secretaría de Gobernación y el Estado de Baja California.
CONVENIO MODIFICATORIO AL CONVENIO DE COORDINACIÓN Y ADHESIÓN PARA EL OTORGAMIENTO DE
APOYOS A LAS ENTIDADES FEDERATIVAS EN EL MARCO DEL PROGRAMA NACIONAL DE PREVENCIÓN DEL
DELITO (PRONAPRED), QUE CELEBRAN POR UNA PARTE EL EJECUTIVO FEDERAL A TRAVÉS DE LA SECRETARÍA
DE GOBERNACIÓN, POR CONDUCTO DE LA SUBSECRETARÍA DE PREVENCIÓN Y PARTICIPACIÓN CIUDADANA,
REPRESENTADA EN ESTE ACTO POR SU TITULAR MTRO. ALBERTO BEGNÉ GUERRA, ASISTIDO POR EL
DIRECTOR GENERAL DE COORDINACIÓN PARA LA OPERACIÓN TERRITORIAL, LIC. JOAQUÍN ARAICO RÍO,
Y EL DIRECTOR GENERAL DE PLANEACIÓN ESTRATÉGICA PARA LA PREVENCIÓN SOCIAL, MTRO. LUIS HERRERA
LASSO MIJARES, A LA CUAL EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ "LA SECRETARÍA"; Y POR LA OTRA, EL PODER
EJECUTIVO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE BAJA CALIFORNIA, EN SU CARÁCTER DE BENEFICIARIO,
REPRESENTADO POR EL GOBERNADOR, EL C. FRANCISCO ARTURO VEGA DE LAMADRID; EL SECRETARIO
GENERAL DE GOBIERNO, C. FRANCISCO RUEDA GÓMEZ; EL SECRETARIO DE PLANEACIÓN Y FINANZAS,
C. ANTONIO VALLADOLID RODRÍGUEZ; EL SECRETARIO DE DESARROLLO SOCIAL, C. ALFONSO ÁLVAREZ JUAN Y
EL SECRETARIO DE SEGURIDAD PÚBLICA, C. DANIEL DE LA ROSA ANAYA; AL CUAL EN LO SUCESIVO SE LE
DENOMINARÁ "LA ENTIDAD"; A LOS CUALES ACTUANDO CONJUNTAMENTE SE LES DENOMINARÁ COMO
“LAS PARTES”; DE CONFORMIDAD CON LOS ANTECEDENTES, DECLARACIONES Y CLÁUSULAS SIGUIENTES:
Lunes 12 de diciembre de 2016 DIARIO OFICIAL (Primera Sección) 3
ANTECEDENTES
I. Con fecha 15 de febrero de 2016, fue publicado en el Diario Oficial de la Federación, el "Acuer do por el
que se establecen los Lineamientos para el otorgamiento de apoyos a las entidades federativas en el marco
del Programa Nacional de Prevención del Delito", cuyo objeto es establecer las disposicion es para el
otorgamiento, ejercicio, vigilancia y seguimiento de los recursos federales en el marco del PRONAPRED.
II. Con fecha 31 de marzo de 2016, fue celebrado el Convenio de Coordinación y Adhesión para el
Otorgamiento de Apoyos a las Entidades Federativas en el marco del PRONAPRED, entre el Ejecutivo
Federal, por conducto de “LA SECRETARÍA” y el Poder Ejecutivo del Estado Libre y Soberano de
Baja California.
III. Con fecha 15 de septiembre de 2016, fue publicado en el Diario Oficial de la Federación el Acuer do por
el que se reforma el diverso por el que se establecen los Lineamientos para el otorgamiento de apoyos a las
entidades federativas en el marco del Programa Nacional de Prevención del Delito.
IV. Como producto de un entorno externo complejo y volátil, lo cual se observa principalmente en la caída
de los precios internacionales del petróleo, así como la depreciación de la moneda nacional, la Secretaría de
Hacienda y Crédito Público, con el folio de adecuación número 2016-4-811-2075 del 26 de mayo de 201 6,
realizó una reducción líquida al subsidio U006 “Programa Nacional de Prevención del Delito”, por un importe
de $263,400,000.36 (doscientos sesenta y tres millones, cuatrocientos mil pesos 36/100 M.N.), equivalente al
13.07% sobre la cantidad total originalmente presupuestada para el Eje rcicio Fiscal 2016, por motivos de
control presupuestario.
DECLARACIONES
I. Declara "LA SECRETARÍA", a través de su representante que:
I.1. Es una Dependencia de la Administración Pública Federal, en los términos de los artículos 90 de la
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (en lo sucesivo “CONSTITUCIÓN”); 1o., 2o.,
fracción I, 26 y 27 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, y 1 del Reglamento
Interior de la Secretaría de Gobernación (en lo sucesivo “RISEGOB”).
I.2. De conformidad con lo dispuesto por el artículo 27, fracciones VIII, XII y XX de la Ley Orgánica de la
Administración Pública Federal tiene, entre otras atribuciones, conducir las relaciones del Poder
Ejecutivo con los gobiernos de las entidades federativas y de los municipios; y formular y ejecutar las
políticas, programas y acciones tendientes a garantizar la seguridad pública de la Nación y de sus
habitantes; así como la de coadyuvar a la prevención del delito, proponer el desarrollo de políticas
orientadas a prevenir el delito y reconstruir el tejido social de las comunidades a fectadas por
fenómenos de delincuencia recurrente o generalizada, y aplicarlas en coordinación con las
autoridades competentes federales, estatales y municipales.
I.3. El Mtro. Alberto Begné Guerra, Subsecretario de Prevención y Participación Ciudadana, se encuentra
plenamente facultado para representar a la Secretaría de Gobernación, de conformidad con los
artículos 1, 2, apartado A, fracción V y 6, fracciones VI, IX y XVII del RISEGOB.
I.4. El Lic. Joaquín Araico Río, Director General de Coordinación para la Operación Territorial, se
encuentra plenamente facultado para suscribir el presente instrumento de conformidad con lo
establecido por los artículos 9, fracciones III, V y XVI; y 30, fracciones III, IV, V, VI, VIII, X y XII
del RISEGOB.
I.5. El Mtro. Luis Herrera Lasso Mijares, Director General de Planeación Estratégica para la Prevención
Social, se encuentra plenamente facultado para suscribir el presente instrumento de conformidad con
lo establecido por los artículos 9, fracciones III, V y XVI; y 28, fracciones II, III, IV y VI del RISEGOB.
I.6. Para todos los efectos legales relacionados con este convenio, señala como su domicilio el ubicado
en la calle Bucareli número 99, Colonia Juárez, Cuauhtémoc, Código Postal 06600, en la Ciuda d
de México.
II. Declara "LA ENTIDAD", a través de su representante que:
II.1. Con fundamento en los artículos 40, 42, fracción I, 43 y 116 de la “CONSTITUCIÓN”, y 1 y 4 de la
integrante del Estado Mexicano, con territorio y población, libre y soberano en cuanto a su régime n
interior, constituido como gobierno republicano, representativo y popular.
II.2. En términos de los artículos 40 y 49 fracciones XXII y XXVI de la Constitución Política del Estado
Libre y Soberano de Baja California; 2 y 3 de la Ley Orgánica de la Administración Pública
del Estado de Baja California, el Gobernador del Estado, cuenta con facultades para celebrar el
presente convenio.
II.3. El C. Francisco Arturo Vega de Lamadrid, Gobernador del Estado Libre y Soberano de Baja
California, acredita la personalidad con que comparece, con el Bando Solemne publicado el
Periódico Oficial del Estado el día 31 de octubre del año 2013, mediante el cual se le declara como
Gobernador Constitucional del Estado de Baja California para el periodo comprendido del 1o. de
noviembre del año 2013 al 31 de octubre del año 2019.

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