Diario Oficial de la Federación de 12/01/2015 (Contenido completo)

Tomo DCCXXXVI No. 8 México, D.F., lunes 12 de enero de 2015
CONTENIDO
Secretaría de Gobernación
Secretaría de Relaciones Exteriores
Secretaría de Hacienda y Crédito Público
Secretaría de Economía
Secretaría de Salud
Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano
Banco de México
Instituto Federal de Telecomunicaciones
Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa
Avisos
Indice en página 110
$29.00 EJEMPLAR
2 (Primera Sección) DIARIO OFICIAL Lunes 12 de enero de 2015
PODER EJECUTIVO
SECRETARIA DE GOBERNACION
PROGRAMA Temporal de Regularización Migratoria.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría
de Gobernación.
MIGUEL ÁNGEL OSORIO CHONG, Secretario de Gobernación, con fundamento en los artículos 14, 17 y
27, fracción XXXIII de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 1, 2, 10, 18, 77, 126 y 133 de la
Ley de Migración; 1 y 143 del Reglamento de la Ley de Migración; 2, apartado B, fracción VI y apartado C,
fracción III, 5, fracción III, 21, fracciones I, II, V, VI y XI, 69 y 77, fracción II del Reglamento Interior de la
Secretaría de Gobernación, y
CONSIDERANDO
Que el Plan Nacional de Desarrollo 2013-2018 establece como líneas de acción dentro de las estrateg ias
que conforman la meta nacional denominada “México con Responsabilidad Global”, el diseño, implementación
y seguimiento de la política pública en materia migratoria, mediante el impulso de acciones dirigidas a
garantizar los derechos humanos de las personas migrantes, la creación de regímenes migratorios legales,
seguros y ordenados, y el diseño y ejecución de programas de atención especial a grupos vulnerables de
migrantes que permitan aprovechar el potencial de desarrollo que ofrece la migración;
Que el Programa Especial de Migración 2014-2018 en sus objetivos 3 y 4, plantea consolidar una ge stión
migratoria eficaz, fundamentada en criterios de facilitación, corresponsabilidad internacional, seguridad
fronteriza y seguridad humana así como la facilitación de procesos de regularización de personas extranjeras
en México, y el impulso de acciones que garanticen la obtención de documentos migratori os, buscando
favorecer los procesos de integración y reintegración de las personas migrantes y sus familiares, para facilitar
el acceso a servicios públicos y privados;
Que la promulgación de la Ley de Migración en el año 2011 y la expedición de su Regl amento, representó
un cambio sustantivo en la política migratoria del Estado mexicano. En este contexto se creó el Consejo
Ciudadano del Instituto Nacional de Migración, como un órgano de carácter consultivo y de apoyo que
propone acciones específicas en materia de la gestión de la política migratoria. Dicho órgano, en su Primera
Sesión Ordinaria de 2014 propuso el establecimiento de un programa temporal como un mecanismo para
facilitar la regularización migratoria;
Que de acuerdo con lo previsto en el artículo 2 de la Ley de Migración, uno de los principios en los que
debe sustentarse la política migratoria del Estado mexicano es el reconocimiento a los derechos adquir idos de
los inmigrantes, en tanto que los extranjeros con arraigo o vínculos familiares, laborales o de negocios en
México han generado una serie de derechos y compromisos a partir de su convivencia cotidiana e n el país,
aun cuando puedan haber incurrido en una situación migratoria irregular por aspectos administrativos y
siempre que el extranjero haya cumplido con las leyes aplicables;
Que la situación migratoria irregular representa para las personas extranjeras u n riesgo a su seguridad
y obstaculiza su desarrollo integral y el de sus familiares, ya que los hace vul nerables a diversos abusos y
dificulta su acceso a servicios públicos y privados;
Que el artículo 143 del Reglamento de la Ley de Migración le otorga a la Secretaría de Gobernación, la
facultad para emitir disposiciones administrativas generales de carácter temporal a fin de establecer los
supuestos, requisitos y procedimientos aplicables a la regularización de las personas extranjeras en el país, y
Que de conformidad con lo anterior, el presente Programa Temporal de Regularización Migratoria busca
facilitar la regularización migratoria de las personas extranjeras que residen en el territorio nacional en
situación migratoria irregular tomando en cuenta el arraigo o vínculos familiares, laborales o de negocios que
dichas personas han establecido en México, por lo que he tenido a bien expedir el siguiente
PROGRAMA TEMPORAL DE REGULARIZACIÓN MIGRATORIA
Objeto
Artículo 1.- El presente Programa tiene por objeto establecer los supuestos, requisitos y procedimientos
aplicables de manera temporal para que el Instituto Nacional de Migración reg ularice la situación migratoria
de las personas extranjeras que se encuentren en el territorio nacional y manifiesten su interés de residir de
forma temporal en el mismo.
Lunes 12 de enero de 2015 DIARIO OFICIAL (Primera Sección) 3
Supuestos
Artículo 2.- El presente Programa es aplicable a la persona extranjera que haya in gresado al territorio
nacional antes del 9 de noviembre de 2012 y que al 13 de enero de 2015 se encuentre residiendo en el país
en situación migratoria irregular.
Lo anterior siempre y cuando, la persona extranjera no se ubique en alguno de los siguientes supuestos:
I. Tener un trámite migratorio pendiente de resolución, salvo que se desista de manera expresa de
dicho trámite, con el objeto de apegarse a este Programa.
II. Se encuentre sujeto a un procedimiento de retorno asistido o deportación;
III. Haber proporcionado información falsa o exhibir ante el Instituto Nacional de Migración
documentación oficial apócrifa o auténtica pero que haya sido obtenida de manera fraudulenta;
IV. Haber sido deportado y tenga una restricción de ingreso vigente;
V. Estar sujeto a proceso penal o haber sido condenado por delito grave conforme a las leyes
nacionales en materia penal o a las disposiciones contenidas en los tratados y conv enios
internacionales de los cuales sea parte el Estado mexicano;
VI. Pueda comprometer la seguridad nacional o la seguridad pública por sus antecedentes en México o
en el extranjero;
VII. Estar sujeto a prohibiciones expresas dictadas por autoridad competente;
VIII. Haber incumplido una orden de salida dictada dentro de la vigencia del pr ograma;
IX. Haber incurrido en situación migratoria irregular después del 13 de enero de 2015, y
Las demás que s eñale la Ley de Migración, su Reglamento y demás disposiciones jurídicas
aplicables.
En los casos de las fracciones V y VI del presente artículo, la autoridad migratoria valorará el sentido
de la resolución correspondiente, atendiendo a los principios de readaptación social así como los relativos a la
reunificación familiar.
Requisitos
Artículo 3.- La persona extranjera que solicite su regularización migratoria al amparo del Pr ograma,
deberá presentar ante la autoridad migratoria los siguientes documentos en original y copia:
I. Formato para solicitar trámite migratorio de estancia.
En caso de nombrar apoderado, la persona extranjera deberá llenar el apartado correspondiente en
dicho formato y su firma expresará su voluntad de otorgar el poder;
II. Escrito bajo protesta de decir verdad, en el que solic ite su regularización migratoria al amparo del
Programa y manifieste la irregularidad en la que incurrió;
III. Pasaporte, documento de identidad y viaje, documento oficial expedido por autoridad de su país de
origen, constancias consulares de identidad u otros documentos oficiales que acrediten su i dentidad
y nacionalidad.
Dichos documentos deberán contener como mínimo el nombre de l a persona extranjera, la
nacionalidad, la fecha de nacimiento y su fotografía;
IV. Documento migratorio, en caso de que haya tenido una estancia regular en México;
V. Documentos que acrediten su residencia regular o irregular en el país, antes del 9 de noviembre
de 2012.
La residencia se podrá acreditar con alguno de los docum entos siguientes:
a) Boletos de avión o de autobús que acrediten su internación;
b) Pasaporte con sello de ingreso;
c) Documento migratorio, en caso de que haya tenido una estancia regular en México;
d) Recibos de luz, agua, teléfono, internet, televisión por cable, gas o cualquier otro servicio;
e) Expediente clínico, constancias de estudios o contrato de arrendamiento;
f) Cualquier otro documento emitido por institución pública que acre dite que la persona extranjera
solicitante ha residido en México, o

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