Diario Oficial de la Federación de 11/06/2015 (Contenido completo)

Tomo DCCXLI No. 9 México, D.F., jueves 11 de junio de 2015
CONTENIDO
Secretaría de Gobernación
Secretaría de Hacienda y Crédito Público
Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales
Secretaría de Economía
Secretaría de Agricultura, Ganadería,
Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación
Secretaría de Comunicaciones y Transportes
Secretaría de la Función Pública
Secretaría de Educación Pública
Secretaría de Salud
Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano
Secretaría de Turismo
Consejo Nacional de Normalización y Certificación
de Competencias Laborales
Procuraduría Federal del Consumidor
Banco de México
Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa
Convocatorias para Concursos de Adquisiciones,
Arrendamientos, Obras y Servicios del Sector Público
Avisos
Indice en página 109
$25.00 EJEMPLAR
2 (Primera Sección) DIARIO OFICIAL Jueves 11 de junio de 2015
PODER EJECUTIVO
SECRETARIA DE GOBERNACION
CONVENIO Específico de Adhesión para el otorgamiento del subsidio a los municipios, y en su caso, a los estados
cuando tengan a su cargo la función o la ejerzan coordinadamente con los municipios, así como al Gobierno del
Distrito Federal para la seguridad pública en sus demarcaciones territoriales (SUBSEMUN), que celebran
el Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública, el Estado de Guerrero y los municipios
de Acapulco de Juárez, Chilapa de Álvarez, Chilpancingo de los Bravo, Iguala de la Independencia, Taxco de
Alarcón, Tlapa de Comonfort y Zihuatanejo de Azueta.
CONVENIO ESPECÍFICO DE ADHESIÓN, EN LO SUCESIVO “CONVENIO” PARA EL OTORGAMIENTO DEL
“SUBSIDIO A LOS MUNICIPIOS, Y EN SU CASO, A LOS ESTADOS, CUANDO TENGAN A SU CARGO LA FUNCIÓN O
LA EJERZAN COORDINADAMENTE CON LOS MUNICIPIOS, ASÍ COMO AL GOBIERNO DEL DISTRITO FEDERAL
PARA LA SEGURIDAD PÚBLICA EN SUS DEMARCACIONES TERRITORIALES”, EN LO SUCESIVO “SUBSEMUN”,
QUE CELEBRAN EL EJECUTIVO FEDERAL, POR CONDUCTO DEL SECRETARIADO EJECUTIVO DEL SISTEMA
NACIONAL DE SEGURIDAD PÚBLICA, EN LO SUCESIVO “EL SECRETARIADO”, REPRESENTADO POR SU TITULAR, EL
C. JORGE CARLOS HURTADO VALDEZ; EL PODER EJECUTIVO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE GUERRERO, EN
LO SUCESIVO “LA ENTIDAD FEDERATIVA”, REPRESENTADO POR EL GOBERNADOR DEL ESTADO, EL C. SALVADOR
ROGELIO ORTEGA MARTÍNEZ ASISTIDO POR EL SECRETARIO GENERAL DE GOBIERNO, EL C. DAVID CIENFUE GOS
SALGADO; EL SECRETARIO DE SEGURIDAD PÚBLICA, EL C. PEDRO ALMAZÁN CERVANTES Y EL SECRETARIO
EJECUTIVO DEL CONSEJO ESTATAL DE SEGURIDAD PÚBLICA, EL C. FRANCISCO NEGRETE VILLANUEVA Y POR
LOS MUNICIPIOS DE ACAPULCO DE JUÁREZ, CHILAPA DE ÁLVAREZ, CHILPANCINGO DE LOS BRAVO, IGUALA DE
LA INDEPENDENCIA, TAXCO DE ALARCÓN, TLAPA DE COMONFORT Y ZIHUATANEJO DE AZUETA, EN LO
SUCESIVO “LOS BENEFICIARIOS”, REPRESENTADOS POR SUS PRESIDENTES MUNICIPALES CONSTITUCIONALES,
LOS CC. LUIS URUÑUELA FEY, FRANCISCO JAVIER GARCÍA GONZÁLEZ, JORGE ABELARDO ADAME ÁVILA,
SILVIANO MENDIOLA PÉREZ, ÓSCAR RICARDO DÍAZ ARANDA, VICTORIANO WENCES REAL, LUIS FERNANDO
VERGARA SILVA, RESPECTIVAMENTE, A QUIENES CONJUNTAMENTE SE LES DENOMINARÁ “LOS PARTICIPANTES”
DE CONFORMIDAD CON EL MARCO LEGAL, DECLARACIONES Y CLÁUSULAS SIGUIENTES:
MARCO LEGAL
“LOS PARTICIPANTES” protestaron cumplir y hacer cumplir en el ámbito de sus respectivas
74 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, así como 7 y 8 del Presupuesto de
Egresos de la Federación para el ejercicio fiscal 2015, en lo sucesivo, “PRESUPUESTO DE EGRESOS”, y las
demás disposiciones jurídicas aplicables al presente “CONVENIO”, razón por la cual se obligan a él como si
estuviera inserto a la letra en este documento, con todos los efectos legales y administrativos conducentes.
DECLARACIONES
I. DECLARA “EL SECRETARIADO”, A TRAVÉS DE SU REPRESENTANTE QUE:
I.1 Es un órgano administrativo desconcentrado de la Secretaría de Gobernación, operativo del
Sistema Nacional de Seguridad Pública, con autonomía técnica, de gestión y presupuestal, de
conformidad con los artículos 17 de la Ley General del Sistema Nacional de S eguridad Pública,
en lo subsecuente “LEY GENERAL”; 2, apartado C, fracción XI y 120 del Reglamento Interior de
la Secretaría de Gobernación, y 1 del Reglamento del Secretariado Ejecutivo del Sistema
Nacional de Seguridad Pública.
I.2 Su Titular fue designado como Secretario Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública
por el C. Presidente de la República en su carácter de Presidente del Consejo Nacional
de Seguridad Pública, ratificado por el Senado de la República el 29 de abril de 2014, de
conformidad con los artículos 17, párrafo segundo de la “LEY GENERAL”; 27, párrafo último
de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal y 5 del Reglamento del Secretariado
Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública.
I.3 Está facultado para suscribir el presente “CONVENIO” de acuerdo a lo preceptuado por los
artículos 18, fracciones VII y XXV de la “LEY GENERAL”; 8, párrafo sexto del “PRESUPUESTO
DE EGRESOS”; 69, párrafo segundo, y 70, fracción V del Reglamento Interior de la Secretaría
de Gobernación, 5 y 8, fracción XII del Reglamento del Secretariado Ejecutivo del Sistema
Nacional de Seguridad Pública, así como la regla Vigésima Primera, fracción I, de las Reglas
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para el otorgamiento del Subsidio a los Municipios, y en su caso, a los Estados, cuando tengan a
su cargo la función o la ejerzan coordinadamente con los Municipios, así como al Gobi erno del
Distrito Federal para la seguridad pública en sus demarcaciones territoriales”, publicadas en
el Diario Oficial de la Federación el 30 de enero de 2015, en lo sucesivo “LAS REGLAS”.
I.4 Para todos los efectos legales relacionados con este “CONVENIO”, señala como domicilio el
ubicado en Avenida General Mariano Escobedo número 456, piso 12, Colonia Nueva Anzures,
Delegación Miguel Hidalgo, Código Postal 11590, México, Distrito Federal.
I.5 Para efectos de operación, funcionamiento y seguimiento del “SUBSEMUN” designa a la
Dirección General de Vinculación y Seguimiento, sita en: avenida General Mariano Escobedo
número 456, piso 1, colonia Nueva Anzures, Delegación Miguel Hidalgo, Código Posta l 11590,
México, Distrito Federal.
II. DECLARA “LA ENTIDAD FEDERATIVA”, A TRAVÉS DE SU REPRESENTANTE QUE:
II.1 Asumió el cargo de Gobernador del Estado Libre y Soberano de Guerrero, a partir del 26 de
octubre del año 2014 de conformidad con el Decreto número 522 de la Sexagésima L egislatura
del Honorable Congreso del Estado Libre y Soberano de Guerrero; por lo que cuenta con
facultades para celebrar el presente “CONVENIO”; en términos los artículos 71, 72, 84, numeral
2 y 91 fracciones XIX y XXIX de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de
Guerrero; 2o., y 4o. de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Guerrero; y
14, fracción II y 15, fracciones II, III, XIV y XV de la Ley número de Seguridad Pública del Estado
de Guerrero y demás disposiciones aplicables.
II.2 Es parte integrante de los Estados Unidos Mexicanos, con territorio y población, libre y soberano
en cuanto a su régimen interior, constituido como gobierno republicano, representativo y popular,
como lo preceptúan los artículos 40, 42, fracción I, 43 y 115 de la Constitución Política de los
Estados Unidos Mexicanos y 22 y 24 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano
de Guerrero.
II.3 Para todos los efectos legales relacionados con este “CONVENIO”, señala como su domicilio el
ubicado en Palacio de Gobierno, Boulevard René Juárez Cisneros No. 62, edificio Re gión
Centro, segundo piso, Colonia Ciudad de los Servicios, Código Postal 39074, en la Ciudad de
Chilpancingo de los Bravo, Guerrero.
II.4 Para efectos de operación, funcionamiento y seguimiento del “SUBSEMUN” designa al
Secretariado Ejecutivo del Consejo Estatal de Seguridad Pública sito en: Edificio Juan N.
Álvarez, Planta Alta, calle Zaragoza esquina con 16 de Septiembre, colonia Centro, Código
Postal 39000, Chilpancingo de los Bravo, Guerrero.
III. DECLARAN “LOS BENEFICIARIOS”, A TRAVÉS DE SUS REPRESENTANTES QUE:
III.1 Son entidades administrativas con personalidad jurídica y patrimonio propios, con fundamento
1, 30, 31, 38, 62, 73, y 79; y 170, numeral 2 de la Constitución Política del Estado Libre y
III.2 Los CC. Francisco Javier García González y Victoriano Wences Real, Presidentes Municipales
Constitucionales de Chilapa de Álvarez y Tlapa de Comonfort, Guerrero, respectivamente,
electos en la jornada del pasado proceso electoral del 1o. de julio del año 2012, instalándose en
el Ayuntamiento, el pasado 30 de septiembre en sesión pública y solemne de Cabil do, en la que
rindieron protesta ante el Ayuntamiento saliente, de acuerdo a lo establecido en los Artículos 128
de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; así como en cumplimiento a los
artículos 36 y 37 de la Ley Orgánica del Municipio Libre del Estado de Guerrero en vigor y
los CC. Silviano Mendiola Pérez, tomando protesta como Presidente Municipal de Iguala de la
Independencia, al ser designado por el H. Congreso del Estado, en sesión extraordinaria el día
11 de noviembre del año 2014; Oscar Ricardo Díaz Aranda, Síndico Procurador, quien en
términos de los artículos 73, fracción XX, 76 y 77 fracción XVII de la Ley Orgánica del Munici pio
Libre del Estado de Guerrero, mediante sesión de cabildo, efectuada el día 22 de enero del año
en curso, fue designado como encargado de despacho de la Presidencia Municipal de Taxco de
Alarcón, Guerrero; Luis Femando Vergara Silva, tomando protesta con fecha 26 de enero
del año en curso, en sesión extraordinaria, rindiendo protesta ante el Cabildo como Presidente

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