Diario Oficial de la Federación de 11/02/2015 (Contenido completo)

Tomo DCCXXXVII No. 8 México, D.F., miércoles 11 de febrero de 2015
CONTENIDO
Secretaría de Gobernación
Secretaría de Economía
Secretaría de Agricultura, Ganadería,
Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación
Secretaría de Comunicaciones y Transportes
Secretaría de la Función Pública
Secretaría de Salud
Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano
Consejo Nacional para el Desarrollo y la Inclusión
de las Personas con Discapacidad
Instituto Nacional de Ecología y Cambio Climático
Instituto Mexicano del Seguro Social
Suprema Corte de Justicia de la Nación
Banco de México
Avisos
Indice en página 110
$25.00 EJEMPLAR
2 (Primera Sección) DIARIO OFICIAL Miércoles 11 de febrero de 2015
PODER EJECUTIVO
SECRETARIA DE GOBERNACION
AVISO por el que se informa al público el nuevo domicilio de las oficinas de la Coordinación Nacional de
Protección Civil y sus unidades administrativas de la Secretaría de Gobernación.
LUIS FELIPE PUENTE ESPINOSA, Coordinador Nacional de Protección Civil, con fundamento en los
artículos 14 y 27 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 42 de la Ley Federal de
Procedimiento Administrativo; 31, fracción VI del Código Civil Federal; 1, 3 y 4 del Reglamento de la Ley
General de Protección Civil; 9, fracción XVI, y 59, 60, 61 y 62 del Reglamento Interior de la Secretaría de
Gobernación, he tenido a bien expedir el siguiente
AVISO POR EL QUE SE INFORMA AL PÚBLICO EL NUEVO DOMICILIO DE LAS
OFICINAS DE LA COORDINACIÓN NACIONAL DE PROTECCIÓN CIVIL Y SUS
UNIDADES ADMINISTRATIVAS DE LA SECRETARÍA DE GOBERNACIÓN
Se informa al público en general que el nuevo domicilio de las oficinas de la Coordinación Nacional de
Protección Civil y sus unidades administrativas denominadas Dirección General de Protección Civil, Dirección
General para la Gestión de Riesgos, Dirección General de Vinculación, Innovación y Normatividad en materia
de Protección Civil, se encontrará ubicado en:
Avenida José Vasconcelos 221, Colonia San Miguel Chapultepec, Delegación Miguel Hidalgo,
Código Postal 11850, México, D.F.
Lo anterior, a efecto de que la correspondencia, diligencias, procedimientos administrativos, y demás
trámites vinculados a esta Coordinación Nacional de Protección Civil y sus unidades administrativas se
presenten o realicen en el domicilio antes mencionado.
TRANSITORIO
ÚNICO.- El presente Aviso surtirá efectos generales a partir del dí a de su publicación en el Diario Oficial
de la Federación.
Dado en la Ciudad de México, D.F., a 6 de febrero de 2015.- El Coordinador Nacional de Protección Civil,
Luis Felipe Puente Espinosa.- Rúbrica.
SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA,
DESARROLLO RURAL, PESCA Y ALIMENTACION
PROYECTO de Modificación a la Norma Oficial Mexicana NOM-029-PESC-2006, Pesca responsable de tiburones
y rayas. Especificaciones para su aprovechamiento.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Agricultura,
Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación.
JUAN JOSE LINARES MARTINEZ, Director General de Normalización Agroalimentaria de la Secretaría de
Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación, con fundamento en los artículos 35 fracciones
XXI incisos d) y e) y XXII de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 1o., 2o. fracciones III y IV,
3o., 8o. fracciones I, III, VII, XII, XIV, XXXVIII y XLI; 9o. fracciones II y V; 10o. fracción I; 17 fracciones I, II, III,
IV, VII y X y 124 de la Ley General de Pesca y Acuacultura Sustentables; 38 fracciones II y IX; 40 fracciones I,
X, XIII y XVIII; 41, 43, 44, 45, 46, 47, 50, 51, 52, 56, 70, 71, 73 y 74 de la Ley Federal sobre Metrología y
Normalización y 28, 33 y 34 de su Reglamento; 4o. de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo; y 1o.,
2o., incisos B fracción XVII y D fracción III ; 3o., 17 fracciones XII y XXIII; 29 fracciones I y V, 52 fracción III y
Transitorio Octavo del Reglamento Interior de la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca
y Alimentación, y
CONSIDERANDO
Que el presente Proyecto de Modificación fue aprobado en la Quinta Sesión Ordinaria del Comité
Consultivo Nacional de Normalización Agroalimentaria, efectuada el 18 de noviembre de 2014 y se somete a
consulta pública de conformidad con la Ley Federal Sobre Metrología y Normalización, a efecto d e que dentro
de los siguientes 60 días naturale s, contados a partir de la fecha de s u publicación en el Diario Oficial de la
Miércoles 11 de febrero de 2015 DIARIO OFICIAL (Primera Sección) 3
Federación, los interesados presenten comentarios al citado Comité en la Dirección General de Ordenamiento
Pesquero y Acuícola de la CONAPESCA, sita en Avenida Camarón Sábalo, sin número, esquina Avenida
Tiburón, fraccionamiento Sábalo Country Club, Código Postal 82100, Mazatlán, Sinaloa. Teléfono 01 (669)
9156900, o al correo electrónico: varriagah@conapesca.gob.mx, para que en los términos de la Ley, dichos
comentarios sean considerados;
Que durante este lapso los documentos que sirvieron de base para la elaboración del Anteproyecto de
Modificación de la Norma Oficial Mexicana, así como la manifestación de impacto regulatorio a que se refier e
el artículo 45 de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización, pueden ser consultados en la Dirección
General de Ordenamiento Pesquero y Acuícola de la Comisión Nacional de Acuacultura y Pesca de l a
Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación, sita en el domici lio señalado en
el párrafo anterior,
Que en razón a lo anterior y en ejercicio de las atribuciones conferidas en el Artículo 29 fracción I del
Reglamento Interior de la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación,
he tenido a bien expedir el presente:
PROYECTO DE MODIFICACION A LA NORMA OFICIAL MEXICANA NOM-029-PESC-2006, PESCA
RESPONSABLE DE TIBURONES Y RAYAS. ESPECIFICACIONES PARA SU APROVECHAMIENTO
PREFACIO
La Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación a través de la Comisión
Nacional de Acuacultura y Pesca (CONAPESCA) efectuó una revisión de la problemática del
aprovechamiento de las pesquerías de tiburón es en las aguas de jurisdicción federal de los Estados Unidos
Mexicanos y propuso una serie de medidas de regulación pesquera teniendo en con sideración estudios y
opiniones técnicas elaboradas por el Instituto Nacional de Pesca (INAPESCA) a través de las Dir ecciones
Generales Adjuntas de Investigación Pesquera en el Pacífico y en el Atlántico.
Las propuestas de regulación fueron analizadas por el Subcomité de Pesca Responsable y aprobado por
los miembros del Comité Consultivo Nacional de Normalización Agroalimentaria, con la participación de las
dependencias e instituciones que se enlistan a continuación:
La Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación, por conducto de la
Dirección General de Ordenamiento Pesquero y Acuícola de la Comisión Nacional de Acuacultura y Pesca.
El Instituto Nacional de Pesca a través de la Dirección General Adjunta de Investigación Pesquer a en
el Pacífico.
La Secretaría de Marina Armada de México.
La Secretaría de Comunicaciones y Transportes.
La Secretaría de Turismo.
La Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales por conducto de la Dirección General del Sector
Primario y Recursos Naturales Renovables y la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente.
La Universidad Nacional Autónoma de México.
La Confederación Nacional Cooperativa Pesquera.
La Cámara Nacional de la Industria Pesquera y Acuícola.
La Unión de Armadores del Litoral de Océano Pacífico.
Industria Mexicana de Equipo Marino, S.A. de C.V.
Productora Nacional de Redes, S.A. de C.V.
Federación Mexicana de Pesca Deportiva, A.C.
Se modificaron y agregaron diversos apartados y definiciones a la Norma Oficial Mexicana
NOM-029-PESC-2006, Pesca Responsable de Tiburones y Rayas. Especificaciones para su
Aprovechamiento, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 14 de febrero de 2007. A continuación se
presenta el texto del Proyecto que se pretende publicar:

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