Diario Oficial de la Federación de 10/04/2017 (Contenido completo)

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Tomo DCCLXIII No. 6 Ciudad de México, lunes 10 de abril de 2017
CONTENIDO
Secretaría de Gobernación
Secretaría de Hacienda y Crédito Público
Secretaría de Energía
Secretaría de Economía
Secretaría de Agricultura, Ganadería,
Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación
Secretaría de Comunicaciones y Transportes
Secretaría de Salud
Secretaría del Trabajo y Previsión Social
Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano
Suprema Corte de Justicia de la Nación
Banco de México
Instituto Nacional de Estadística y Geografía
Instituto Nacional Electoral
Avisos
Indice en página 108
$21.00 EJEMPLAR
2 (Primera Sección) DIARIO OFICIAL Lunes 10 de abril de 2017
PODER EJECUTIVO
SECRETARIA DE GOBERNACION
CONVENIO de Coordinación del Fondo de Aportaciones para la Seguridad Pública de los Estados y del Distrito
Federal, que celebran el Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública y el Estado de
Baja California.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de
Gobernación.- Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública.
CONVENIO DE COORDINACIÓN EN LO SUCESIVO “CONVENIO”, DEL FONDO DE APORTACIONES PARA LA
SEGURIDAD PÚBLICA DE LOS ESTADOS Y DEL DISTRITO FEDERAL, EN LO SUCESIVO “FASP”, QUE CELEBRAN
POR UNA PARTE EL PODER EJECUTIVO FEDERAL, POR CONDUCTO DEL SECRETARIADO EJECUTIVO DEL
SISTEMA NACIONAL DE SEGURIDAD PÚBLICA, EN LO SUCESIVO “EL SECRETARIADO”, REPRESENTADO POR SU
TITULAR, EL C. ÁLVARO VIZCAÍNO ZAMORA, Y POR LA OTRA, EL PODER EJECUTIVO DEL GOBIERNO DEL
ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE BAJA CALIFORNIA, EN LO SUCESIVO “LA ENTIDAD FEDERATIVA”,
REPRESENTADO POR SU GOBERNADOR CONSTITUCIONAL, EL C. FRANCISCO ARTURO VEGA DE LAMADRID,
ASISTIDO POR EL SECRETARIO DE PLANEACIÓN Y FINANZAS, EL C. ANTONIO VALLADOLID RODRÍGUEZ, Y EL
SECRETARIO DE SEGURIDAD PÚBLICA Y SECRETARIO EJECUTIVO DEL CONSEJO ESTATAL DE SEGURIDAD
PÚBLICA, EL C. DANIEL DE LA ROSA ANAYA; A QUIENES CONJUNTAMENTE SE LES DENOMINARÁ “LAS PARTES”
DE CONFORMIDAD CON EL MARCO LEGAL, DECLARACIONES Y CLÁUSULAS SIGUIENTES:
MARCO LEGAL
“LAS PARTES” protestan cumplir y hacer cumplir en el ámbito de sus respectivas competencias, el marco
jurídico vigente aplicable al “FASP” y al presente “CONVENIO”; razón por la cual se obligan a él como si
estuviera inserto a la letra en este documento, con todos los efectos legales y administrativos conducentes.
DECLARACIONES
I. DECLARA “EL SECRETARIADO”, A TRAVÉS DE SU REPRESENTANTE QUE:
I.1 Es un Órgano Administrativo Desconcentrado de la Secretaría de Gobernación, operativo del
Sistema Nacional de Seguridad Pública, con autonomía técnica de gestión y presupuestal,
de conformidad con los artículos 17 de la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública, en
lo subsecuente “Ley General”, 2 apartado C fracción XI y 120 del Reglamento Interior de la
Secretaría de Gobernación, y 1 del Reglamento del Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional
de Seguridad Pública.
I.2 Su Titular fue designado como Secretario Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Públic a por el
C. Presidente de la República en su carácter de Presidente del Consejo N acional de Seguridad
Pública, ratificado por el Senado de la República el 14 de diciembre de 2015, de conformidad con los
artículos 17 párrafo segundo de la “Ley General”; 27 párrafo último de la Ley Orgánica de la
Administración Pública Federal y 5 del Reglamento del Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional
de Seguridad Pública.
I.3 Está facultado para suscribir el “CONVENIO” de acuerdo a lo preceptuado por los artículos 18,
fracciones VII y XXV de la “Ley General”, 69 párrafo segundo, y 70, fracción V del Reglamento
Interior de la Secretaría de Gobernación y 5 y 8, fracción XII del Reglamento del Secretariado
Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública.
I.4 Para todos los efectos legales relacio nados con el “CONVENIO”, señala como domicilio el ubicado
en: Avenida General Mariano Escobedo número 456, piso 12, Colonia Anzures, Dele gación Miguel
Hidalgo, Código Postal 11590, Ciudad de México.
I.5 Para efectos de operación y seguimiento del “FASP” designa a la Dirección General de Vinculación y
Seguimiento, sita en: Avenida General Mariano Escobedo número 456, piso 1, Colonia Anzures,
Delegación Miguel Hidalgo, Código Postal 11590, Ciudad de México.
II. DECLARA “LA ENTIDAD FEDERATIVA”, A TRAVÉS DE SU REPRESENTANTE QUE:
II.1 Es parte integrante de los Estados Unidos Mexicanos, libre y soberano en todo lo concerniente a su
régimen interior, constituido como gobierno republicano, representativo, democrático, laico y popular,
como lo preceptúan los artículos 40, 42, fracción I, 43 y 115 de la Constitución Política de los Estados
Unidos Mexicanos y 1, 4 y 11 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Baja
California.
II.2 Asumió el cargo de Gobernador Constitucional del Estado Libre y Soberano de Baja California, a
partir del 1 de noviembre de 2013; por lo que cuenta con facultades para celebrar el “CONVENIO”;
en términos de los artículos 39 Apartado B, fracciones I y II y 142 de la “Ley General”; 40 y 49,
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2o., 3o., 6o. y 7o. de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Baja California;
15, fracción I, 64 y 65 de la Ley de Planeación para el Estado de Baja California y demás
disposiciones aplicables.
II.3 El Secretario de Seguridad Pública y el Secretario de Planeación y Finanzas, cuentan con facultades
para celebrar el presente “CONVENIO”, en términos de los artículos 17, fracciones III y XI, 24,
fracciones I, XIII, XVI y XVII y 38, fracción XII, de la Ley Orgánica de la Administración Pública del
Estado de Baja California; 8 primer párrafo y 10, fracciones I, XX y XXXI del Reglamento Interno de
la Secretaría de Planeación y Finanzas del Estado de Baja California y 3 d el Reglamento Interno
de la Secretaría de Seguridad Pública del Estado de Baja California.
II.4 Cuentan con la disponibilidad presupuestaria para hacer frente a los compromisos materia
del “CONVENIO”.
II.5 Para todos los efectos legales relacionados con el “CONVENIO”, señala como su domicilio el ubicado
en: Calzada Independencia número 994, tercer piso del Edificio del Poder Ejecutivo en el Centro
Cívico Mexicali, Código Postal 21000, en la Ciudad de Mexicali, Baja California.
II.6 Para efectos de operación, funcionamiento y seguimiento del “FASP” designa al Secretario de
Seguridad Pública y Secretario Ejecutivo del Consejo Estatal de Seguridad Públ ica, sito en: Calle
de la Libertad y Avenida de los Héroes número 399, Centro Cívico Mexicali, Código Postal 21000, en
la Ciudad de Mexicali, Baja California.
III. DECLARAN “LAS PARTES”, A TRAVÉS DE SUS REPRESENTANTES QUE:
III.1 Se reconocen mutuamente la personalidad que ostentan.
III.2 Celebran el “CONVENIO” de acuerdo con el marco jurídico aplicable, al tenor de las siguientes:
CLÁUSULAS
PRIMERA. OBJETO.
El presente “CONVENIO” tiene por objeto coordinar acciones entre “LAS PARTES” para que a través de
los recursos del “FASP” correspondientes al Ejercicio Fiscal 2017 y la aportación de “LA ENTIDAD
FEDERATIVA”, la misma esté en condiciones de atender las políticas y estrategias establecidas en los Ejes
Estratégicos del Sistema Nacional de Seguridad Pública y los Programas con Prioridad Nacional, aprobados
por el Consejo Nacional de Seguridad Pública en su Trigésima Octava Sesión Ordinaria, con base en lo
preceptuado por el párrafo décimo del artículo 21 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos
y los artículos 44 y 45 de la Ley de Coordinación Fiscal.
SEGUNDA. MONTOS Y DESTINOS DE GASTO DEL “FASP”.
Criterios de distribución, fórmulas y variables para la asignación de los recursos del Fondo de Aportaciones
para la Seguridad Pública de los Estados y del Distrito Federal del Ejercicio Fiscal 2017 y el resultado de su
aplicación, publicados en el Diario Oficial de la Federación el 29 de diciembre de 2016, “LA E NTIDAD
FEDERATIVA” recibirá la cantidad de $297,982,963.00 (DOSCIENTOS NOVENTA Y SIET E MILLONES
NOVECIENTOS OCHENTA Y DOS MIL NOVECIENTOS SESENTA Y TRES PESOS 00/100 M.N.) de los
recursos del “FASP”.
A efecto de complementar los recursos necesarios para la realización del objeto del “CONVENIO”,
“LA ENTIDAD FEDERATIVA” se obliga a aportar de sus recursos presupuestarios el 25 (%) del total de los
recursos federales otorgados, lo que representa la cantidad de $74,495,740.75 (SETENTA Y CUATRO
MILLONES CUATROCIENTOS NOVENTA Y CINCO MIL SETECIENTOS CUARENTA PESOS 75/100 M.N.).
El Financiamiento Conjunto pactado en el “CONVENIO”, integrado por las aportaciones federal y estatal
suman en conjunto la cantidad de $372,478,703.75 (TRESCIENTOS SETENTA Y DOS MILLONES
CUATROCIENTOS SETENTA Y OCHO MIL SETECIENTOS TRES PESOS 75/100 M.N.)
Los Subprogramas, en su caso, así como las acciones, metas, conceptos y/o montos convenidos de los
Programas con Prioridad Nacional, se incluirán en el Anexo Técnico, el cual una vez firmado p or las y los
Titulares de las Unidades Administrativas competentes de “EL SECRETARIADO”, y dos servidoras o
servidores públicos de “LA ENTIDAD FEDERATIVA” que en razón de su competencia designe mediante oficio
el Titular del Poder Ejecutivo Estatal, formará parte integrante del presente “CONVENIO”.
En cumplimiento a lo dispuesto en los artículos 7, fracción II y 8 de la “Ley General” y 45 y 49 de la Ley de
Coordinación Fiscal, “LA ENTIDAD FEDERATIVA” destinará recursos del Financiamiento Conjunto, para
realizar acciones específicas en materia de seguimiento y evaluación respecto de las acciones, metas,
conceptos y recursos asociados de los Programas con Prioridad Nacional y, en su caso, Subprogramas,
instrumentados en el marco de este “CONVENIO” en los términos establecidos en el Anexo Técnico y
observando los Lineamientos Generales de Evaluación que emita “EL SECRETARIADO”.
El incumplimiento a las obligaciones derivadas de la “Ley General”, los acuerdos d el Consejo Nacional de
Seguridad Pública o el “CONVENIO”, estará sujeto a lo previsto en los artículos 18, fracción XVIII, 143, 144 y
145 de la “Ley General”.

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