Diario Oficial de la Federación de 10/06/2016 (Contenido completo)

Fecha de disposición10 Junio 2016
Fecha de publicación10 Junio 2016
Tomo DCCLIII No. 8 Ciudad de México, viernes 10 de junio de 2016
CONTENIDO
Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales
Secretaría de Economía
Secretaría de Agricultura, Ganadería,
Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación
Secretaría de la Función Pública
Secretaría de Salud
Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano
Comisión Nacional para el Desarrollo
de los Pueblos Indígenas
Suprema Corte de Justicia de la Nación
Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación
Banco de México
Instituto Nacional de Estadística y Geografía
Avisos
Indice en página 109
$21.00 EJEMPLAR
2 (Primera Sección) DIARIO OFICIAL Viernes 10 de junio de 2016
PODER EJECUTIVO
SECRETARIA DE MEDIO AMBIENTE
Y RECURSOS NATURALES
ACUERDO por el que se da a conocer el resultado de los estudios técnicos de las aguas nacionales subterráneas del
acuífero Soteapan-Hueyapan, clave 3011, en el Estado de Veracruz, Región Hidrológico-Administrativa
Golfo Centro.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Medi o
Ambiente y Recursos Naturales.
ROBERTO RAMÍREZ DE LA PARRA, Director General de la Comisión Nacional del Agua, Órgano
Administrativo Desconcentrado de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, de conformidad
con lo dispuesto en el artículo 32 Bis fracciones III, XXIII, XXIV y XLII de la Ley Orgánica de la Administración
Pública Federal; 1, 2, 4, 7 BIS fracción IV, 9 fracciones I, VI, XVII, XXXV, XXXVI, XXXVII, XLI, XLV, XLVI y
LIV, 12 fracciones I, VIII, XI y XII, y 38 de la Ley de Aguas Nacionales; 1, 14 fracciones I y XV y 73 del
Reglamento de la Ley de Aguas Nacionales y 1, 8 primer párrafo y 13 fracciones II, XI, XXVII y XXX
CONSIDERANDO
Que el artículo 4 de la Ley de Aguas Nacionales, establece que corresponde al Ejecutivo Fed eral la
autoridad y administración en materia de aguas nacionales y sus bienes públicos inhere ntes, quien las
ejercerá directamente o a través de la Comisión Nacional del Agua;
Que el Plan Nacional de Desarrollo 2013-2018, en la meta 4 denominada “México Próspero”, esta blece la
estrategia 4.4.2, encaminada a implementar un manejo sustentable del agua, que haga posible que todos los
mexicanos accedan a ese recurso, teniendo como línea de acción ordenar su uso y aprovechamiento, para
propiciar la sustentabilidad sin limitar el desarrollo;
Que el 5 de diciembre de 2001, se publicó en el Diario Oficial de la Fede ración el “ACUERDO por el que
se establece y da a conocer al público en general la denominación única de los acuíferos reconoci dos en el
territorio de los Estados Unidos Mexicanos, por la Comisión Nacional del Agua, y la homologación de los
nombres de los acuíferos que fueron utilizados para la emisión de los títulos de concesión, asignación o
permisos otorgados por este órgano desconcentrado”, en el cual al acuífero objeto de este Estudio Técnico se
le asignó, el nombre oficial de Soteapan-Hueyapan, clave 3011, en el Estado de Veracruz;
Que el 28 de agosto de 2009, se publicó en el Diario Oficial de la Federación el “ACUERDO por el que se
da a conocer la ubicación geográfica de 371 acuíferos del territorio nacional, se actualiza la disponibilidad
media anual de agua subterránea de 282 acuíferos, y se modifica, para su mejor precisión, la descripción
geográfica de 202 acuíferos”, en el que se establecieron los límites del acuífero Soteapan-Hueyapan, clave
3011, en el Estado de Veracruz;
Que el 16 de agosto de 2010, se publicó en el Diario Oficial de la Federación el “ACUERDO por el que se
da a conocer el resultado de los estudios de disponibilidad media anual de las aguas subterr áneas de 41
acuíferos de los Estados Unidos Mexicanos, mismos que forman parte de las regiones hidrológic as que se
indican”, en el que se dio a conocer la disponibilidad media anual de agu a subterránea en el acuífero
Soteapan-Hueyapan, clave 3011, en el Estado de Veracruz, obteniéndose un valor de 58.872579 millones de
metros cúbicos anuales, con fecha de corte en el Registro Público de Derechos de A gua al 30 de septiembre
de 2008;
Que el 20 de diciembre de 2013, se publicó en el Diario Oficial de la Federación el “A CUERDO por el que
se actualiza la disponibilidad media anual de agua subterránea de los 653 acuíferos de los Estados Unidos
Mexicanos, mismos que forman parte de las regiones hidrológico-administrativas que se indican”, en el que se
actualizó la disponibilidad media anual de agua subterránea en el acuífero Soteapan-Hueyapan, clave 3011,
en el Estado de Veracruz, obteniéndose un valor de 53.899014 millones de metros cúbicos anuales, con fecha
de corte en el Registro Público de Derechos de Agua al 31 de marzo de 2013;
Que el 20 de abril de 2015, se publicó en el Diario Oficial de la Federación el “ACUERDO por el que se
actualiza la disponibilidad media anual de agua subterránea de los 653 acuíferos de los Estados Unidos
Mexicanos, mismos que forman parte de las regiones hidrológico-administrativas que se indican”, en el que se
actualizó la disponibilidad media anual del acuífero Soteapan-Hueyapan, clave 3011, en el Esta do de
Veracruz, obteniéndose un valor de 53.461200 millones de metros cúbicos anuales, con fecha de corte en el
Registro Público de Derechos de Agua al 30 de junio de 2014;
Viernes 10 de junio de 2016 DIARIO OFICIAL (Primera Sección) 3
Que la actualización de la disponibilidad media anual de agua subterránea para el a cuífero Soteapan-
Hueyapan, clave 3011, en el Estado de Veracruz, se determinó de conformidad con la “NORMA Oficial
Mexicana NOM-011-CONAGUA-2000, Conservación del recurso agua-Que establece las especificaciones y el
método para determinar la disponibilidad media anual de las aguas nacionales”, public ada el 17 de abril de
2002 en el Diario Oficial de la Federación;
Que en el acuífero Soteapan-Hueyapan, clave 3011, en el Estado de Veracruz, se encuentran vigentes los
siguientes instrumentos jurídicos:
a) “DECRETO que declara de utilidad pública el establecimiento del Distrito de Acuacultura Número
Dos Cuenca del Papaloapan para preservar, fomentar y explotar las especies acuáticas, animales y
vegetales, así como para facilitar la producción de sales y minerales”, publicado en el Diario Oficial
de la Federación el 6 de agosto de 1973, que comprende la porción oeste del acuífero Soteapan-
Hueyapan, clave 3011, en el Estado de Veracruz;
b) “DECRETO que declara de interés público la conser vación de los mantos acuíferos mencionados en
el presente ordenamiento, en el Estado de Veracruz”, publicado en el Diario Oficial de la Federación
el 30 de noviembre de 1976, que comprende una pequeña porción al sureste del acuífero Soteapan-
Hueyapan, clave 3011, en el Estado de Veracruz;
c) “ACUERDO G eneral por el que se suspende provisionalmente el libre alumbramiento en las
porciones no vedadas, no reglamentadas o no sujetas a reserva de los 175 acuíferos que se indican”,
publicado en el Diario Oficial de la Federación el 5 de abril de 2013, el cual comprende la porción n o
vedada por los Decretos referidos en los incisos a) y b) del acuífero Soteapan-Hueyapan, clave 3011,
en el Estado de Veracruz, a través del cual se prohíbe la perforación de pozos, la construcción de
obras de infraestructura o la instalación de cualquier otro mecanismo que tenga por objeto el
alumbramiento o extracción de las aguas nacionales del subsuelo, así como el incremento de los
volúmenes autorizados o registrados, sin contar con concesión, asignación o autorización em itidos
por la Comisión Nacional del Agua, hasta en tanto se emita el instrumento jurídico que permita
realizar la administración y uso sustentable de las aguas nacionales del subsuelo;
Que la Comisión Nacional del Agua, con fundamento en el artículo 38 párrafo primero de la Ley de A guas
Nacionales, en relación con el diverso 73 de su Reglamento, procedió a formular los estudios técnicos del
acuífero Soteapan-Hueyapan, clave 3011, en el Estado de Veracruz, con el objetivo de definir si se presentan
algunas de las causales de utilidad e interés público, previstas en la propia Ley, para s ustentar la emisión del
ordenamiento procedente mediante el cual se establezcan los mecanismos para regular la explotación, uso o
aprovechamiento de las aguas del subsuelo, que permita llevar a cabo su administración y uso sustentable;
Que para la realización de dichos estudios técnicos, se promovió la participación de los usuarios a través
del Consejo de Cuenca Río Papaloapan, a quienes se les presentó el resultado de los mismos en l a reunión
realizada el 19 de octubre de 2015, en la Ciudad de Córdoba, Estado de Veracruz; habiendo recibido su s
comentarios, observaciones y propuestas; por lo que, he tenido a bien expedir el siguiente:
ACUERDO POR EL QUE SE DA A CONOCER EL RESULTADO DE LOS ESTUDIOS TÉCNICOS DE LAS
AGUAS NACIONALES SUBTERRÁNEAS DEL ACUÍFERO SOTEAPAN-HUEYAPAN, CLAVE 3011, EN EL
ESTADO DE VERACRUZ, REGIÓN HIDROLÓGICO-ADMINISTRATIVA GOLFO CENTRO
ARTÍCULO ÚNICO.- Se da a conocer el resultado de los estudios técnicos realizados en el acuífero
Soteapan-Hueyapan, clave 3011, ubicado en el Estado de Veracruz, en los siguientes términos:
ESTUDIO TÉCNICO
1. UBICACIÓN Y EXTENSIÓN TERRITORIAL
El acuífero Soteapan-Hueyapan, clave 3011, se localiza en la porción sureste del Estado de Veracruz, es
un acuífero costero y comprende una superficie aproximada de 2,995 kilómetros cuadrados. Co linda al norte
con el acuífero Sierra de San Andrés Tuxtla, al suroeste con el acuífero Cuenca del Río Papaloapan y a l
sureste con el acuífero Costera de Coatzacoalcos, todos ellos del Estado de Veracruz y al este limita con el
Golfo de México.
El acuífero Soteapan-Hueyapan, clave 3011, abarca 16 municipios; comprende totalmente los municipios
de Mecayapan, Tatahuicapan de Juárez, Soteapan, Hueyapan de Ocampo y Pajapan, y parcialmente los
municipios de Acayucan, Chinameca, Coatzacoalcos, Isla, Jáltipan, Juan Rodríguez Clara, Oluta, San Juan
Evangelista, Sayula de Alemán, Soconusco y Texistepec. Administrativamente corresponde a la Región
Hidrológico-Administrativa Golfo Centro.

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