Diario Oficial de la Federación de 09/04/2018 (Contenido completo)

EdiciónMatutina
Tomo DCCLXXV No. 6 Ciudad de México, lunes 9 de abril de 2018
CONTENIDO
Secretaría de Gobernación
Secretaría de Hacienda y Crédito Público
Secretaría de Economía
Secretaría de Comunicaciones y Transportes
Secretaría de Salud
Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano
Comisión Reguladora de Energía
Servicio de Administración y Enajenación de Bienes
Notimex, Agencia de Noticias del Estado Mexicano
Banco de México
Instituto Nacional de Estadística y Geografía
Avisos
Indice en página 126
$19.00 EJEMPLAR
2 (Primera Sección) DIARIO OFICIAL Lunes 9 de abril de 2018
PODER EJECUTIVO
SECRETARIA DE GOBERNACION
CONVENIO de Coordinación suscrito entre la Secretaría de Gobernación, a través de la Comisión Nacional para
Prevenir y Erradicar la Violencia contra las Mujeres, y el Estado de Michoacán de Ocampo, para el otorgamiento
del subsidio destinado al proyecto para la aplicación efectiva de medidas de protección en beneficio de las mujeres
víctimas de violencia en Michoacán de Ocampo, de la Procuraduría General de Justicia de la entidad.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de
Gobernación.- Comisión Nacional para Prevenir y Erradicar la Violencia contra las Mujeres.
CONVENIO DE COORDINACIÓN QUE CELEBRAN POR UNA PARTE EL EJECUTIVO FEDERAL A TRAVÉS DE LA
SECRETARÍA DE GOBERNACIÓN A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ “LA SECRETARÍA”;
REPRESENTADA POR EL SUBSECRETARIO DE DERECHOS HUMANOS, LIC. ROBERTO RAFAEL CAMPA CIFRIÁN
Y LA COMISIONADA NACIONAL PARA PREVENIR Y ERRADICAR LA VIOLENCIA CONTRA LAS MUJERES,
MTRA. ALEJANDRA NEGRETE MORAYTA Y POR OTRA PARTE, EL GOBIERNO DEL ESTADO DE MICHOACÁN DE
OCAMPO, REPRESENTADO POR EL GOBERNADOR CONSTITUCIONAL DEL ESTADO, C. SILVANO AUREOLES
CONEJO, ASISTIDO POR EL SECRETARIO DE GOBIERNO, C. ADRIÁN LÓPEZ SOLÍS, EL SECRETARIO DE
FINANZAS Y ADMINISTRACIÓN, C. CARLOS MALDONADO MENDOZA Y EL PROCURADOR GENERAL DE JUSTICIA
DEL ESTADO, C. JOSÉ MARTÍN GODOY CASTRO, EN CARÁCTER DE ENCARGADO Y EJECUTOR DEL PROYECTO,
A QUIENES EN LO SUCESIVO Y PARA LOS EFECTOS DEL PRESENTE INSTRUMENTO SE LES DENOMINARÁ
“EL GOBIERNO DEL ESTADO”, Y CUANDO ACTÚEN CONJUNTAMENTE COMO “LAS PARTES”, AL TENOR DE LOS
SIGUIENTES ANTECEDENTES, DECLARACIONES Y CLÁUSULAS:
ANTECEDENTES
Desarrollo 2013-2018, el cual contempla dentro del Enfoque Transversal “México en Paz”, diversas líneas
de acción como parte de la Estrategia III, “Perspectiva de Género”, entre las cuales se encuentran que: i) se
establecerán medidas especiales orientadas a la erradicación de la violencia de género en l as dependencias y
entidades de la Administración Pública Federal, entidades federativas y municipios; ii) se simplificarán los
procesos y se mejorará la coordinación en los planos federal, estatal y municipal, para prevenir, atender,
sancionar y erradicar la violencia contra la mujer; iii) se acelerará la aplicación de las órdenes de protecció n
para las mujeres que se enfrentan a riesgos, y iv) se incorporarán acciones específicas para garantizar la
seguridad e integridad de las mujeres, entre otras. Además, dentro del Enfoque Transversal “México con
Responsabilidad Global”, Estrategia III, “Perspectiva de Género”, se establece que se deberá promover y dar
seguimiento al cumplimiento de los compromisos internacionales en materia de género.
En relación con lo anterior, el Programa Sectorial de Gobernación 2013-2018 contiene como Objetivo 3.
“Garantizar el respeto y protección de los derechos humanos, reducir la discriminación y la violencia contra las
mujeres”; del cual se desprende la Estrategia 3.6. “Coordinar la política nacional de prevención, atención y
sanción para la erradicación de la violencia contra las mujeres”. Dicha estrategia cumple las siguientes
líneas de acción: 3.6.1. “Diseñar y coordinar una política integral para la prevención, atención, sanción y
erradicación de la violencia contra las mujeres”, y 3.6.2. “Establecer mecanismos de coordinación en los
distintos órdenes de gobierno para prevenir, atender, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres”.
mecanismo de alerta de violencia de género contra las mujeres, el cual es de gran trascendencia para dar
cumplimiento a la obligación constitucional y convencional del Estado mexicano de garantizar el dere cho de
las mujeres a una vida libre de violencia, puesto que implica adoptar políticas y medidas específicas para
prevenir, atender, sancionar y erradicar la violencia en su contra.
Que la declaratoria de alerta de violencia de género tiene como finalidad detenerla y erradicarla, a través
de acciones gubernamentales de emergencia, conducidas por la Secretaría de Gobernación en el ámbito
federal y en coordinación con las entidades federativas y los municipios.
De conformidad con lo antes expuesto, el Gobierno Federal y las entidades federativas reconocen la
necesidad de actuar para eliminar contextos de violencia social contra las mujeres en todo el país, por ello
estiman necesario disponer de los medios legales y materiales a su alcance para coadyuvar en la prevención
y eventual erradicación del fenómeno, así como en la promoción de los derechos humanos de las mujer es en
el Estado de Michoacán de Ocampo.
el 30 de noviembre de 2016, señala en el Anexo 13, “Erogaciones para la Igualdad entre Mujeres y Hombres”,
una asignación presupuestal para promover la atención y prevención de la violencia contra las mujeres.
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subsidios deben sujetarse a los criterios de objetividad, equidad, transparencia, publicidad, selectividad y
temporalidad, para lo cual se deberá, entre otros aspectos: i) identificar con precisión la población objetivo; ii)
incorporar mecanismos periódicos de seguimiento, supervisión y evaluación; iii) prever la temporalidad en su
otorgamiento, y iv) reportar su ejercicio en los informes trimestrales.
De conformidad con los artículos 175 y 176 del Reglamento de la Ley Federal de Presupuesto y
Responsabilidad Hacendaria (RLFPRH), los subsidios cuyos beneficiarios sean los gobiernos d e las entidades
federativas se considerarán devengados a partir de la entrega de los recursos a dichos órdenes de gobi erno.
No obstante, deberán reintegrar a la Tesorería de la Federación los recursos que no se destinen a los fines
autorizados y aquéllos que al cierre del ejercicio fiscal de que se trate, no se hayan devengado.
Que el Plan de Desarrollo Integral del Estado de Michoacán 2015-2021, establece de ntro de sus
Prioridades Transversales para el Desarrollo Sostenible del Estado de Michoacán, en su Prioridad 2 .
Tranquilidad, justicia y paz; en su línea estratégica 2.2.3 Abatir la violencia y la delincuencia, conforme la
siguiente acción 2.2.3.6 Implementar programas y campañas para erradicar la violencia de género y difusión
de los derechos humanos de las mujeres, así como, fomentar la cultura de la denuncia respecto a los delitos
de género; de ahí que es prioridad para este Gobierno del Estado de Michoacán de Ocampo en atención a la
Declaración de Alerta de Violencia de Género, la implementación de programas y acciones preventivas para
evitar la violencia y discriminación hacia las mujeres, que permita lograr una corresponsabilidad para el pleno
ejercicio de los derechos humanos, políticos, sociales y culturales de la población michoacana.
De conformidad con el oficio SG/00409/2017, de fecha 13 de febrero de 2017, suscrito por el C. Ad rián
López Solís, en su carácter de Secretario de Gobierno del Estado de Michoacán de Ocampo, la entidad
federativa solicitó en tiempo y forma a la Comisión Nacional para Prevenir y Erradicar l a Violencia contra las
Mujeres (CONAVIM) recursos federales para el acceso a los subsidios destinados para el Proyecto para
la Aplicación efectiva de medidas de protección en beneficio de las mujeres víctimas de violencia en
Michoacán de Ocampo de la Procuraduría General de Justicia del Estado.
Derivado del cumplimiento en tiempo y forma de los requisitos señalados en los Lineamientos para la
obtención y aplicación de recursos destinados a las acciones de coadyuvancia para l as declaratorias de alerta
de violencia de género contra las mujeres en estados y municipios, para el ejercicio fiscal 2017
(Lineamientos), el Comité de Evaluación de Proyectos (Comité) determinó viable el proyecto presentado, por
lo que autorizó la cantidad de $2,250,000.00 (Dos millones doscientos cincuenta mil pesos 00/100 M.N.) para
el Proyecto para la Aplicación efectiva de medidas de protección en beneficio de las mujeres víctimas
de violencia en Michoacán de Ocampo, de la Procuraduría General de Justicia del Estado de Michoacán de
Ocampo (LA PROCURADURÍA). Dicha situación se notificó a la entidad federativa mediante el oficio
CNPEVM/341-5/2017, de fecha 8 de marzo de 2017.
La entidad federativa se compromete a concluir el proyecto aprobado para el ejercicio fiscal 2017.
Así, “LAS PARTES” manifiestan formalizar el presente instrumento al tenor de las siguientes:
DECLARACIONES
I. “LA SECRETARÍA” declara que:
I.1. Es una Dependencia de la Administración Pública Federal Centralizada, según lo dispuesto por los
de la Administración Pública Federal y 1 del Reglamento Interior de la Secretaría de Gobernación
(RISEGOB).
I.2. De conformidad con el artículo 27, fracción XI de la Ley Orgánica de la Administración Públic a
Federal, en el ámbito de su competencia, tiene a su cargo la responsabilidad de vigilar el
cumplimiento de los preceptos constitucionales por parte de las autoridades del país, especialmente
en lo que se refiere a derechos humanos y la de dictar las medidas necesarias para tal efecto, bajo
mecanismos de participación y coordinación de las autoridades, tanto de las entidades federativas
como de los municipios.
I.3. El Subsecretario de Derechos Humanos tiene facultades para suscribir el presente instrum ento
jurídico de conformidad con los artículos 2, apartado A, fracción IV y 6, fracción IX del RISEGOB.
I.4. La CONAVIM es un órgano administrativo desconcentrado de la Secretaría de Gobernación, de
conformidad con los artículos 2, apartado C, fracción IX y 117 del RISEGOB, y el Decreto por el que
se crea como órgano administrativo desconcentrado de la Secretaría de Gobernación, la Comisión
Nacional para Prevenir y Erradicar la Violencia contra las Mujeres, publ icado en el DOF el 1 de junio
de 2009.

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