Diario Oficial de la Federación de 09/02/2016 (Contenido completo)

EdiciónMatutina
Tomo DCCXLIX No. 7 Ciudad de México, martes 9 de febrero de 2016
CONTENIDO
Secretaría de Gobernación
Secretaría de Hacienda y Crédito Público
Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales
Secretaría de Energía
Secretaría de Economía
Secretaría de la Función Pública
Secretaría de Educación Pública
Secretaría de Salud
Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano
Procuraduría General de la República
Comisión Reguladora de Energía
Consejo de Salubridad General
Suprema Corte de Justicia de la Nación
Banco de México
Instituto Nacional Electoral
Convocatorias para Concursos de Adquisiciones,
Arrendamientos, Obras y Servicios del Sector Público
Avisos
Indice en página 109
$25.00 EJEMPLAR
2 (Primera Sección) DIARIO OFICIAL Martes 9 de febrero de 2016
PODER EJECUTIVO
SECRETARIA DE GOBERNACION
AVISO de Término de la Emergencia por la presencia de helada severa ocurrida del 15 al 19 de enero de 2016, en
los municipios de Fresnillo y Valparaíso del Estado de Zacatecas.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría
de Gobernación.
LUIS FELIPE PUENTE ESPINOSA, Coordinador Nacional de Protección Civil de la Secretaría de
Gobernación, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 19, fracción XI de la Ley General de Protección
Civil; 59, fracciones XX y XXI del Reglamento Interior de la Secretaría de Gobernación; 12, fracciones I, II, III y
IV del Acuerdo que establece los Lineamientos del Fondo para la Atención de Emergencias FONDEN
(LINEAMIENTOS), y
CONSIDERANDO
Que el 22 de enero de 2016 se emitió el Boletín de Prensa número 027/16, me diante el cual la
Coordinación Nacional de Protección Civil (CNPC), declaró en emergencia a los municipios de Fresnil lo y
Valparaíso del Estado de Zacatecas, por la presencia de helada severa ocurrida del 1 5 al 19 de enero de
2016, publicándose la Declaratoria de Emergencia en el Diario Oficial de la Federación el 2 de febrero
de 2016.
Que mediante oficio número DGPC/0121/2016, de fecha 1 de febrero de 2016, la Dirección General
de Protección Civil (DGPC) comunica que de acuerdo al más reciente análisis realizado por la Dirección de
Administración de Emergencias de esa Unidad Administrativa, las causas de la Declaratoria ya no persisten;
por lo que con base en el artículo 12, fracción II de los LINEAMIENTOS, en opinión de la DGPC se puede
finalizar la vigencia de la Declaratoria de Emergencia, debido a que ha des aparecido la situación de
emergencia por la cual fue emitida.
Que el 1 de febrero de 2016, la CNPC emitió el Boletín de Prensa número 063/16, a través de l cual dio a
conocer el Aviso de Término de la Declaratoria de Emergencia para los municipios de Fresnillo y Valparaíso
del Estado de Zacatecas, por la presencia de helada severa ocurrida del 15 al 19 de enero de 2016.
Que tomando en cuenta lo anterior, se determinó procedente expedir el siguiente:
AVISO DE TÉRMINO DE LA EMERGENCIA, POR LA PRESENCIA
DE HELADA SEVERA OCURRIDA DEL 15 AL 19 DE ENERO DE 2016, EN LOS
MUNICIPIOS DE FRESNILLO Y VALPARAÍSO DEL ESTADO DE ZACATECAS
Artículo 1o.- De conformidad con el artículo 12, fracción I de los LINEAMIENTOS, se da por concluida la
Declaratoria de Emergencia para los municipios de Fresnillo y Valparaíso del Estado de Zacatecas,
por la presencia de helada severa ocurrida del 15 al 19 de enero de 2016.
Artículo 2o.- El presente Aviso de Término de la Emergencia se publicará en el Diario Oficial de la
Federación, de conformidad con los artículos 61 de la Ley General de Protección Civil y 12 fracción II,
de los LINEAMIENTOS.
Ciudad de México, a uno de febrero de dos mil dieciséis.- El Coordinador Nacional, L uis Felipe Puente
Espinosa.- Rúbrica.
Martes 9 de febrero de 2016 DIARIO OFICIAL (Primera Sección) 3
SECRETARIA DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
ACUERDO por el cual se dan a conocer los montos de los estímulos fiscales, las cuotas disminuidas y los precios
máximos al público de las gasolinas que se enajenen en la región fronteriza con los Estados Unidos de América,
durante el período comprendido del 10 al 16 de febrero de 2016.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Hacienda y
Crédito Público.
Acuerdo 09 /2016
Acuerdo por el cual se dan a conocer los montos de los estímulos fiscales, las cuotas disminuidas y
los precios máximos al público de las gasolinas que se enajenen en la región fronteriza con los
Estados Unidos de América, durante el período comprendido del 10 al 16 de febrero de 2016
MIGUEL MESSMACHER LINARTAS, Subsecretario de Ingresos de la Secretaría de Hacienda y Crédito
Público, con fundamento en los artículos 31, fracción XXXIV de la Ley Orgánica de la Administración Pública
Federal; segundo, cuarto y quinto del Decreto por el que se establecen estímulos fiscales en materia del
impuesto especial sobre producción y servicios aplicables a los combustibles que se indican, y Quinto,
fracción III del Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley del
Impuesto sobre la Renta, de la Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios, del Código Fiscal de
la Federación y de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, se dan a conocer los
montos de los estímulos fiscales, las cuotas disminuidas y los precios máximos al público aplicables a las
gasolinas que se enajenen en la franja fronteriza de 20 kilómetros y el territorio comprendido entre las líneas
paralelas de más de 20 y hasta 45 kilómetros a la línea divisoria internacional con los Estados Unidos de
América, durante el periodo comprendido del 10 al 16 de febrero de 2016, mediante el siguiente
ACUERDO
Artículo Primero.- Se dan a conocer los montos de los estímulos, las cuotas de gasolinas a que se refiere
el artículo 2o., fracción I, inciso D), numeral 1, subincisos a) y b) de la Ley del Impuesto Especial sobre
Producción y Servicios disminuidas con dichos estímulos, así como los precios máximos de las gasolinas,
aplicables en la franja fronteriza a que se refiere el artículo segundo del Decreto por el q ue se establecen
estímulos fiscales en materia del impuesto especial sobre producción y servicios aplicables a los combustibles
que se indican, durante el período comprendido del 10 al 16 de febrero de 2016.
Zona I Zona II Zona III Zona IV Zona V Zona VI Zona VII
I.- Monto del estímulo:
a) Gasolina menor a 92
octanos:
$0.623 $1.407 $3.997 $3.997 $3.997 $3.997 $3.997
b) Gasolina mayor o
igual a 92 octanos:
$0.327 $1.092 $3.068 $3.068 $3.068 $3.068 $3.068
II.- Cuota disminuida:
a) Gasolina menor a 92
octanos:
$3.374 $2.590 $0.000 $0.000 $0.000 $0.000 $0.000
b) Gasolina mayor o
igual a 92 octanos:
$2.741 $1.976 $0.000 $0.000 $0.000 $0.000 $0.000
III.- Precios máximos
al público:
a) Gasolina menor a 92
octanos:
$12.44 $11.53 $8.52 $8.52 $8.52 $8.52 $8.52
b) Gasolina mayor o
igual a 92 octanos:
$13.57 $12.68 $10.39 $10.39 $10.39 $10.39 $10.39
Artículo Segundo.- Se dan a conocer los montos de los estímulos, las cuotas de gasolinas a que se
refiere el artículo 2o., fracción I, inciso D), numeral 1, subincisos a) y b) de la Ley del Impuesto Especial sobre
Producción y Servicios disminuidas con dichos estímulos, así como los precios máximos de las gasolinas,
aplicables en la franja fronteriza dentro del territorio comprendido entre las líneas paralelas de más de 20 y
hasta 45 kilómetros a la línea divisoria internacional con los Estados Unidos de América a qu e se refiere el
artículo cuarto del Decreto por el que se establecen estímulos fiscales en materia del impuesto especia l sobre
producción y servicios aplicables a los combustibles que se indican, durante el período comprendido del 10 al
16 de febrero de 2016.

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