Diario Oficial de la Federación de 08/12/2015 (Contenido completo)

EdiciónMatutina
Tomo DCCXLVII No. 6 México, D.F., martes 8 de diciembre de 2015
CONTENIDO
Secretaría de Gobernación
Secretaría de Hacienda y Crédito Público
Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales
Secretaría de Agricultura, Ganadería,
Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación
Secretaría de la Función Pública
Secretaría de Salud
Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano
Consejo de Salubridad General
Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología
Suprema Corte de Justicia de la Nación
Banco de México
Comisión Nacional de los Derechos Humanos
Convocatorias para Concursos de Adquisiciones,
Arrendamientos, Obras y Servicios del Sector Público
Avisos
Indice en página 108
$25.00 EJEMPLAR
2 (Primera Sección) DIARIO OFICIAL Martes 8 de diciembre de 2015
PODER EJECUTIVO
SECRETARIA DE GOBERNACION
CONVENIO de Coordinación que celebran la Secretaría de Gobernación, a través de la Comisión Nacional para
Prevenir y Erradicar la Violencia contra las Mujeres, y el Estado de Chihuahua, que tiene por objeto el
otorgamiento de subsidios para el fortalecimiento del Centro de Justicia para las Mujeres en la Ciudad Chihuahua,
Chihuahua.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de
Gobernación.- Comisión Nacional para Prevenir y Erradicar la Violencia contra las Mujeres.
CONVENIO DE COORDINACIÓN QUE CELEBRAN POR UNA PARTE LA SECRETARÍA DE GOBERNACIÓN,
REPRESENTADA POR EL OFICIAL MAYOR, LIC. JORGE FRANCISCO MÁRQUEZ MONTES, Y LA COMISIONADA
NACIONAL PARA PREVENIR Y ERRADICAR LA VIOLENCIA CONTRA LAS MUJERES, MTRA. ALEJANDRA NEGRETE
MORAYTA, A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LES DENOMINARÁ “LA SECRETARÍA”; Y POR OTRA PARTE, EL
GOBIERNO DEL ESTADO DE CHIHUAHUA, REPRESENTADO POR EL GOBERNADOR DEL ESTADO, LIC. CÉSAR
HORACIO DUARTE JÁQUEZ, ASISTIDO POR EL SECRETARIO GENERAL DE GOBIERNO, LIC. MARIO TREVIZO
SALAZAR, EL SECRETARIO DE HACIENDA, ING. JAIME RAMÓN HERRERA CORRAL, Y EL FISCAL GENERAL DEL
ESTADO, LIC. JORGE ENRIQUE GONZÁLEZ NICOLÁS, A QUIENES EN LO SUCESIVO Y PARA LOS EFECTOS
DEL PRESENTE INSTRUMENTO SE LES DENOMINARÁ “EL GOBIERNO DEL ESTADO”, Y CUANDO ACTÚEN
CONJUNTAMENTE COMO “LAS PARTES”, OBLIGÁNDOSE AL TENOR DE LOS SIGUIENTES ANTECEDENTES,
DECLARACIONES Y CLÁUSULAS:
ANTECEDENTES
El 20 de mayo de 2013, se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Plan Naci onal de Desarrollo
2013-2018, el cual contempla dentro del Enfoque Transversal (México en Paz), diversas líneas de acción
como parte de la Estrategia III “Perspectiva de Género”, entre las cuales se encuentran que: i) se establecerán
medidas especiales orientadas a la erradicación de la violencia de género en las dependencias y entidades de
la Administración Pública Federal, Entidades Federativas y municipios; ii) se simplificarán los procesos y se
mejorará la coordinación en los planos federal, estatal y municipal, para prevenir, atender, sancionar y
erradicar la violencia contra la mujer; iii) se acelerará la aplicación de las órdenes de protección para las
mujeres que se enfrentan a riesgos, y iv) se incorporarán acciones específicas para garantizar la seguridad e
integridad de las mujeres, entre otras. Además, dentro del Enfoque Transversal (México con Responsabilidad
Global), Estrategia III “Perspectiva de Género”, se establece que se deberá promover y dar seguimiento al
cumplimiento de los compromisos internacionales en materia de género.
En relación con lo anterior, el Programa Sectorial de Gobernación 2013-2018, contiene como Objetiv o 3.
Garantizar el respeto y protección de los derechos humanos, reducir la discriminación y la violencia contra las
mujeres; del cual se desprende la Estrategia 3.6. Coordinar la política nacional de prevención, atención y
sanción para la erradicación de la violencia contra las mujeres. Dicha estrategia cumple con las siguie ntes
líneas de acción: 3.6.1. Diseñar y coordinar una política integral para la prevención, atenci ón, sanción y
erradicación de la violencia contra las mujeres y 3.6.2. Establecer mecanismos d e coordinación en los
órdenes de gobierno para prevenir, atender, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres.
En 2012, el Comité para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer, órgano supervisor de la
Convención sobre la Eliminación de todas las formas de Discriminación contra la Mujer (CEDAW), emitió
observaciones y recomendaciones al séptimo y octavo informe que México presentó durante 2010, con la
finalidad de dar cumplimiento a lo establecido en el artículo 18 de dicha Convención, dentro de las cuales se
encuentran: Adoptar medidas para fomentar la denuncia de los casos de violencia contra la mujer, como l a
violación, y garantizar que existan procedimientos adecuados y armonizados para investigar, enjuiciar y
sancionar a los autores de actos de violencia contra la mujer; y Garantizar el acceso de las mujeres a l a
justicia, entre otras cosas mejorando la capacidad de los centros de justicia para las mujeres y poniendo estos
centros al alcance de las mujeres y las muchachas que son víctimas de la violencia, entre otras.
De conformidad con lo antes expuesto, el Gobierno Federal y las Entidades Federat ivas reconocen la
necesidad de actuar para eliminar contextos de violencia social contra las mujeres en todo el país por ello,
estiman necesario disponer de los medios legales y materiales a su alcance para coadyuvar en la prevención
y eventual erradicación del fenómeno, así como en la promoción de los derechos humanos de las mujer es en
el Estado de Chihuahua.
La violencia de género se ha articulado en la sociedad mexicana a través de años de ne gación,
permisibilidad, machismo y miedo. Gran parte de la población es indiferente a la problemática e incluso lo
asimila de manera natural y cotidiana; la repetición de patrones, los factores culturales y la falta de acciones
integrales en la materia constituyen una fuente inacabable de este fenómeno.
El Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2015, publicado en el
Diario Oficial de la Federación (DOF) el 3 de diciembre de 2014, señala en los Anexos 13 Erogaciones para
la Igualdad entre Mujeres y Hombre y 33 Ampliaciones al Ramo 04 Gobernación, Ramo 04 relativo a la
Secretaría de Gobernación, la asignación presupuestal para promover la atención y prevención de la violencia
contra las mujeres.
Martes 8 de diciembre de 2015 DIARIO OFICIAL (Primera Sección) 3
subsidios deben sujetarse a los criterios de objetividad, equidad, transparencia, publicidad, selectividad y
temporalidad, para lo cual se deberá, entre otros aspectos: i) identificar con precisión la población objetivo;
ii) incorporar mecanismos periódicos de seguimiento, supervisión y evaluación; iii) prever la temporalidad en
su otorgamiento, y iv) reportar su ejercicio en los informes trimestrales.
De conformidad con los artículos 175 y 176 del Reglamento de la Ley Federal de Presupuesto y
Responsabilidad Hacendaria (RLFPRH), los subsidios cuyos beneficiarios sean los gobiernos d e las entidades
federativas y, en su caso, de los municipios, se considerarán devengados a partir de la entrega de los
recursos a dichos órdenes de gobierno. No obstante, deberán reintegrar a la Tesorería de la Federación
los recursos que no se destinen a los fines autorizados y aquellos que a l cierre del ejercicio fiscal de que se
trate, no se hayan devengado.
De conformidad con el oficio número REJV/UA/277/2015 del 23 de marzo de 2015, suscrito por el titular de
la Fiscalía Especializada de Atención a Mujeres Víctimas del Delito por Razones de Género del Gobi erno
del Estado de Chihuahua, Mtro. Refugio Ernesto Jáuregui Venegas, la Entidad Federativa solicitó en tiempo y
forma a la Comisión Nacional para Prevenir y Erradicar la Violencia contra las Mujeres (Conavim), recursos
federales para el acceso a los subsidios destinados para el fortalecimiento d el Centro de Justicia para las
Mujeres en la ciudad de Chihuahua, Chihuahua.
Derivado del cumplimiento en tiempo y forma de los requisitos señalados en los Criterios p ara acceder a
los subsidios destinados a la creación o fortalecimiento de los Centros de Justicia para las Mujeres en e l
ejercicio fiscal 2015, el Comité de Evaluación de Proyectos, determinó viable el proyecto presentado, por lo
que autorizó la cantidad $1´535,991.91 (Un millón quinientos treinta y cinco mil novecientos nov enta y un
pesos 91/100 M.N.). Dicha situación se notificó a la Entidad Federativa mediante los oficios número
CNPEVM/477-3/2015 y CNPEVM/586-2/2015 del 20 de abril y 21 de mayo de 2015 respectivamente.
El Centro de Justicia para las Mujeres está ubicado en las calles Antonio Rosales, Degollado, 51ª y 53ª
Lote 1 Manzana 9, colonia Arquitectos, de la Ciudad de Chihuahua, Chihuahua. La Entidad Federativa se
compromete a fortalecer el Centro de Justicia para las Mujeres durante el ejercicio fiscal 2015. En caso de que
se complete en ejercicios fiscales posteriores, se obliga a conseguir los recursos presupuestales necesarios
para la conclusión de su construcción o adecuaciones, así como a poner en garantizar el funcionamiento el
mismo, equipándolo y capacitado al personal del mismo.
Así, “LAS PARTES” manifiestan formalizar el presente instrumento al tenor de las siguientes:
DECLARACIONES
I. “LA SECRETARÍA” declara que:
I.1. Es una Dependencia de la Administración Pública Federal Centralizada, según lo dispuesto por los
de la Administración Pública Federal y 1 del Reglamento Interior de la Secretaría de Gobernación.
I.2. De conformidad con el artículo 27, fracción XI de la Ley Orgánica de la Administración Públic a
Federal, en el ámbito de su competencia, tiene a su cargo la responsabilidad de vigilar el
cumplimiento de los preceptos constitucionales por parte de las autoridades del país, especialmente
en lo que se refiere a derechos humanos y la de dictar las medidas necesarias para tal efecto, bajo
mecanismos de participación y coordinación de las autoridades, tanto de las entidades federativas
como de los municipios.
I.3. El Lic. Jorge Francisco Márquez Montes, en su calidad de Oficial Mayor, tiene facultades para
suscribir el presente instrumento jurídico, de conformidad con el artículo 7o., fracción X del
I.4. La Conavim es un Órgano Administrativo Desconcentrado de la Secretaría de Gobernación, de
conformidad con los artículos 2, apartado C, fracción IX y 117 del Reglamento Interior de la
Secretaría de Gobernación, y el Decreto por el que se crea como Órgano Administrativo
Desconcentrado de la Secretaría de Gobernación, la Comisión Nacional para Prevenir y Erradicar la
Violencia contra las Mujeres, publicado en el DOF el 1 de junio de 2009.
I.5. La Mtra. Alejandra Negrete Morayta, Comisionada Nacional, cuenta con las atribuciones para la
suscripción del presente convenio, con fundamento en el artículo 70, fracción V del Reglamento
Interior de la Secretaría de Gobernación.
I.6. Señala como su domicilio el ubicado en la calle de Dinamarca 84, piso 6, Colonia Ju árez, Delegación
Cuauhtémoc, Código Postal 06600, México, Distrito Federal.
I.7. Para dar cumplimiento al presente Convenio, cuenta con los recursos económicos suficientes en la
partida presupuestal 438011, relativa a Subsidios a Entidades Federativas y Mu nicipios, con número
de constancia de suficiencia presupuestaria 312113.

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR