Diario Oficial de la Federación de 07/06/2017 (Contenido completo)

EdiciónMatutina
Tomo DCCLXV No. 5 Ciudad de México, miércoles 7 de junio de 2017
CONTENIDO
Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales
Secretaría de Energía
Secretaría de Economía
Secretaría de Comunicaciones y Transportes
Secretaría de Salud
Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano
Banco de México
Instituto Nacional Electoral
Tribunal Superior Agrario
Avisos
Indice en página 125
$33.00 EJEMPLAR
2 (Primera Sección) DIARIO OFICIAL Miércoles 7 de junio de 2017
PODER EJECUTIVO
SECRETARIA DE ENERGIA
PROYECTO de Norma Oficial Mexicana PROY-NOM-028-ENER-2017, Eficiencia energética de lámparas para
uso general. Límites y métodos de prueba.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.
PROYECTO NORMA OFICIAL MEXICANA PROY-NOM-028-ENER-2017, EFICIENCIA ENERGÉTICA DE LÁMPARAS
PARA USO GENERAL. LÍMITES Y MÉTODOS DE PRUEBA.
ODÓN DEMÓFILO DE BUEN RODRÍGUEZ, Presidente del Comité Consultivo Nacional de Normalización
para la Preservación y Uso Racional de los Recursos Energéticos (CCNNPURRE) y Director General de la
Comisión Nacional para el Uso Eficiente de la Energía (Conuee), con fundamento en los artículos 33, fracción
X de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 17, 18, fracciones V y XIX y 36, fracción IX de la
Ley de Transición Energética; 38 fracción II y IV; 40, fracciones I, XII y XVIII, 41, 44, 45, 46, 47, fracción I y 51
de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización; 28, 33 y 34 del Reglamento de la Ley Federal sobr e
Metrología y Normalización; 2 apartado F, fracción II, 8, fracciones XIV, XV y XXX, 39 y 40 del Reglamento
Interior de la Secretaría de Energía y el artículo único del Acuerdo por el que se delegan en el Director
General de la Comisión Nacional para el Uso Eficiente de la Energía, las facultades que se indican, publicado
en el Diario Oficial de la Federación, el 21 de julio de 2014; expide el siguiente: P royecto Norma Oficial
Mexicana PROY-NOM-028-ENER-2017, Eficiencia energética de lámparas para uso general. Límites y
métodos de prueba.
De conformidad con el artículo 47 fracción I de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización y 33
párrafo primero de su Reglamento, se expide el PROY-NOM-028-ENER-2017 para consulta pública, a efecto
de que dentro de los siguientes 60 días naturales contados a partir de la fecha de su publicación, los
interesados presenten sus comentarios a la Conuee, sita en Av. Revolución No. 1877, Colonia Loreto,
Delegación Álvaro Obregón, Ciudad de México, C.P. 01090 correo electrónico: ybo.pulido@conuee.go b.mx y
norma.morales@conuee.gob.mx; a fin de que en términos de la Ley, se consideren en el seno del Comité
Consultivo Nacional de Normalización para la Preservación y Uso Racional de los Recursos Energéticos
(CCNNPURRE).
Asimismo, de acuerdo a lo dispuesto por el artículo 45 de la Ley Federal sobre Metrología y
Normalización, la Manifestación de Impacto Regulatorio relacionada con el Proyecto de Norma Oficial
Mexicana PROY-NOM-028-ENER-2017, Eficiencia energética de lámparas para uso general. Límites y
métodos de prueba estará a disposición del público para su consulta en el domicilio señalado.
Sufragio Efectivo. No Reelección.
Ciudad de México, a 25 de mayo de 2017.- El Presidente del Comité Consultivo Nacional de
Normalización para la Preservación y Uso Racional de los Recursos Energéticos (CCNNPURRE) y Director
General de la Comisión Nacional para el Uso Eficiente de la Energía, Odón Demófilo de Buen Rodríguez.-
Rúbrica.
PROY-NOM-028-ENER-2017, EFICIENCIA ENERGÉTICA DE LÁMPARAS PARA USO GENERAL.
LÍMITES Y MÉTODOS DE PRUEBA
El presente proyecto de norma oficial mexicana fue elaborado por el Comité Cons ultivo Nacional de
Normalización para la Preservación y Uso Racional de los Recursos Energéticos (CCNNPURRE), con la
colaboración de los siguientes organismos y empresas:
Asociación de Normalización y Certificación, A.C.
Acuity Brands
Cámara Nacional de Manufacturas Eléctricas
Electro Mag, S.A. de C. V.
GE Commercial Materials, S. de R.L. de C.V.
Havells México, S.A. de C.V.
Ledvance, S.A. de C.V.
Philips Mexicana, S.A. de C.V.
Miércoles 7 de junio de 2017 DIARIO OFICIAL (Primera Sección) 3
CONTENIDO
1. Objetivo y campo de aplicación
2. Referencias normativas
3. Definiciones
4. Especificaciones
4.1. Lámparas incandescentes, incandescentes con halógenos.
4.2. Lámparas fluorescentes lineales
4.3. Lámparas de descarga en alta intensidad, luz mixta y vapor de mercurio
5. Muestreo
6. Criterios de aceptación
7. Métodos de prueba
7.1. Eficacia luminosa
7.2. Variación del flujo luminoso
7.3. Variación de la potencia eléctrica
7.4. Lámparas incandescentes e incandescentes con halógenos
7.5. Lámparas fluorescentes lineales
7.6. Lámparas de descarga en alta intensidad, luz mixta y vapor de mercurio
8. Marcado
8.1 En el cuerpo del producto
8.2 En el empaque
9. Vigilancia
10. Procedimiento de evaluación de la conformidad
11. Sanciones
12. Concordancia con normas internacionales
Apéndice A (normativo) Condiciones generales para las pruebas eléctricas y de flujo luminoso para
lámparas de luz mixta
Apéndice B (informativo) Dimensiones de las lámparas fluorescentes
13. Bibliografía
14. Transitorios
1. Objetivo y campo de aplicación
Este proyecto de norma oficial mexicana establece los límites mínimos de eficacia para las lámparas de
uso general, destinadas para la iluminación de los sectores residencial, comercial, servicios, industrial y
alumbrado público, así como sus métodos de prueba.
Este proyecto de norma oficial mexicana aplica a las lámparas de uso genera l destinadas para iluminación
de los sectores residencial, comercial, servicios, industrial y alumbrado público, tal es como: incandescentes,
incandescentes con halógeno, fluorescentes lineales, de descarga en alta intensidad y luz mixta; que se
importen, se fabriquen, y/o se comercialicen dentro del territorio nacional.
Se excluyen del campo de aplicación de este proyecto de norma oficial mexicana a las lámparas para
iluminación que cuenten con una norma oficial mexicana específica en materia de eficiencia energética, así
como a los tipos de lámparas que posean una o más de las siguientes características:
Lámparas de luz negra, anti-insectos, infrarrojas, uso en medios de transporte, señalización, minería,
crecimiento de plantas, acuarios, antifragmentación, semaforización, con reflector integrado, entretenimiento,
fotoproyección, uso médico o terapéutico.
Lámparas incandescentes para uso exclusivo en los electrodomésticos, en potencias menores o iguales
a 40W, tales como las utilizadas en hornos, microondas, refrigeradores, ventiladores, campanas extractoras,
máquinas de coser, secadoras.
Lámparas incandescentes e incandescentes con halógeno con tensión nominal hasta 32 volts o
menores.

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR