Diario Oficial de la Federación de 07/07/2015 (Contenido completo)

Fecha de disposición07 Julio 2015
Fecha de publicación07 Julio 2015
Tomo DCCXLII No. 5 México, D.F., martes 7 de julio de 2015
CONTENIDO
Secretaría de Gobernación
Secretaría de Hacienda y Crédito Público
Secretaría de Desarrollo Social
Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales
Secretaría de Economía
Secretaría de Comunicaciones y Transportes
Secretaría de Educación Pública
Secretaría de Salud
Secretaría del Trabajo y Previsión Social
Consejo de Salubridad General
Consejo de la Judicatura Federal
Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación
Banco de México
Instituto Nacional para la Evaluación de la Educación
Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa
Tribunal Unitario Agrario
Convocatorias para Concursos de Adquisiciones,
Arrendamientos, Obras y Servicios del Sector Público
Avisos
Indice en página 109
$25.00 EJEMPLAR
2 (Primera Sección) DIARIO OFICIAL Martes 7 de julio de 2015
PODER EJECUTIVO
SECRETARIA DE GOBERNACION
DECLARATORIA de Desastre Natural por la ocurrencia de lluvia severa el día 25 de junio de 2015 que afectó
a 2 municipios del Estado de Sonora.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría
de Gobernación.
LUIS FELIPE PUENTE ESPINOSA, Coordinador Nacional de Protección Civil de la Secretaría de
Gobernación, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 27 fracción XXXII, de la Ley Orgánica
de la Administración Pública Federal; 2 fracciones XVI, XXII y XXIV, 7 fracción IV, 19 fracción XI, 21, 58, 60,
61, 62, 63 y 74 de la Ley General de Protección Civil; 59 del Reglamento Interior de la Secretaría de
Gobernación; 7, 8, 9 y 10 del “Acuerdo por el que se emiten las Reglas Generales del Fond o de Desastres
Naturales” (Reglas Generales), publicado en el Diario Oficial de la Federación el 3 de diciembre de 2010, así
como el numeral 4 primer párrafo y demás relativos aplicables de los “Lineamientos de Operación específicos
del Fondo de Desastres Naturales” (Lineamientos de Operación), publicados en el referido órgano
de difusión del Gobierno Federal el día 31 de enero de 2011, y
CONSIDERANDO
Que mediante oficio número SG-280/15 de fecha 29 de junio de 2015, en cumplimiento al artículo 7 de las
Reglas Generales, el Secretario de Gobierno del Estado de Sonora, Priciliano Meléndrez Barrios, solicitó
a la Comisión Nacional del Agua (CONAGUA) la corroboración del fenómeno natural perturbador, descrito
como Lluvia severa 25 de junio de 2015, que afectó a los municipios de Hermosillo y San Miguel
de Horcasitas.
Que con oficio B00.8.-0408 de fecha 30 de junio de 2015, la CONAGUA emitió su opinión técnica en
atención al oficio número SG-280/15, señalado en el párrafo inmediato anterior, disponiendo en su parte
conducente que se corrobora el fenómeno de Lluvia severa el día 25 de junio de 2015, qu e afectó a los
municipios de Hermosillo y San Miguel de Horcasitas del Estado de Sonora.
Que con fecha 1 de julio de 2015, y con fundamento en el artículo 11 de las R eglas Generales, se llevó a
cabo la correspondiente sesión de instalación del Comité de Evaluación de Daños, en la cual el Gobierno de l
Estado de Sonora presentó a la Secretaría de Gobernación la Solicitud de Dec laratoria de Desastre
Natural respectiva.
Con base en lo anterior, se consideró procedente en este acto emitir la siguiente:
DECLARATORIA DE DESASTRE NATURAL POR LA OCURRENCIA DE LLUVIA
SEVERA EL DÍA 25 DE JUNIO DE 2015 AFECTÓ A 2 MUNICIPIOS DEL ESTADO DE SONORA
Artículo 1o.- Se declara como zona de desastre a los municipios de Hermosillo y San Miguel de
Horcasitas del Estado de Sonora, por la ocurrencia de Lluvia severa el día 25 de junio de 2015.
Artículo 2o.- La presente Declaratoria de Desastre Natural se expide para efectos de poder acceder a los
recursos del Fondo de Desastres Naturales, de acuerdo con lo dispuesto por la Ley General de Pr otección
Civil, y las Reglas Generales.
Artículo 3o.- La presente Declaratoria se publicará en el Diario Oficial de la Federación de conformidad
con el artículo 61 de la Ley General de Protección Civil y en cumplimiento a lo dispuesto por el numeral 10 de
las Reglas Generales.
México, Distrito Federal, a 1 de julio de 2015.- El Coordinador Nacional, Luis Felipe Puente
Espinosa.- Rúbrica.
Martes 7 de julio de 2015 DIARIO OFICIAL (Primera Sección) 3
SECRETARIA DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
OFICIO mediante el cual se revoca la autorización para el establecimiento en territorio nacional de Banamex USA,
Oficina de Representación en México.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Hacienda y
Crédito Público.- Comisión Nacional Bancaria y de Valores.- Presidencia.- Vicepresidencia de Normativida d.-
Vicepresidencia de Supervisión de Grupos e Intermediarios Financieros B.- Oficio Núm.: P036/2015.- Exp.
CNBV. 312.211.23 (1046).
Asunto: Cierre de esa Oficina de Representación en
México, así como revocación de la
autorización para su establecimiento.
BANAMEX USA
OFICINA DE REPRESENTACIÓN EN MÉXICO
Paseo de los Tamarindos No. 400-B, Torre Arcos, Piso 7
Col. Bosques de las Lomas
05120 México, D.F.
AT’N.: C. MARCELA NATALIA LOBATÓN DÍAZ GARDUÑO
Representante
Hacemos referencia a los escritos de fechas 18 de diciembre de 2014 y 18 de marzo del año en curso,
mediante los cuales solicita a esta Comisión autorización para el cierre de esa Oficina de Representació n, en
términos de la documentación remitida al efecto.
ANTECEDENTES
1. Mediante oficio 356-I-BE-13144 de fecha 4 de diciembre de 1981, la Secretaría de Hacienda y
Crédito Público (SHCP), autorizó a California Commerce Bank el establecimiento de una Oficina de
Representación en territorio nacional ostentando la denominación de California Commerce Bank,
Los Ángeles, California, Estados Unidos de Norteamérica, Representación en México.
2. Con ofici o UBA/034/2006 de fecha 9 de febrero de 2006, la SHCP emitió resolución por la que se
modificó la autorización para el establecimiento en territorio nacional de la oficina de representación
mencionada en el numeral anterior, con motivo del cambio de su denominación por l a de Citibank
(Banamex USA), Oficina de Representación en México.
3. Mediante oficio 210/12731/2010 de fecha 23 de febrero de 2010, esta Comisión resolvió modificar la
resolución señalada en el numeral que antecede, como consecuencia del cambio de la denominación
de esa oficina de representación por la de Banamex USA, Oficina de Representación en México.
4. Mediante consentimiento unánime por escrito adoptado fuera de sesión del cons ejo de
administración de Banamex USA de fecha 2 de diciembre de 2014, se aprobó el ci erre de su oficina
de representación en México.
5. Con oficio OFI/S33-002-12694 del 16 d e febrero de 2015, el Banco de México manifestó no tener
inconveniente en que se autorice el cierre definitivo de dicha oficina y se proc eda a la revocación de
la autorización respectiva.
Atendiendo a los antecedentes expuestos y considerando que la solicit ud y documentación presentada
cumple con las disposiciones aplicables al caso, esta Comisión, con fundamento en lo dispuesto por la
Décima Tercera, fracción VI de las “Reglas aplicables al establecimiento y operación de ofici nas de
representación de entidades financieras del exterior a que se refiere el artículo 7o. de la Ley de Instituciones
de Crédito”, vigentes de conformidad con el Artículo Tercero Transitorio de las Reglas de oficinas de
representación de entidades financieras del exterior, publicadas en el Diario Oficial de la Federación el
31 de diciembre de 2014, ha resuelto autorizar el cierre de la Oficina de Representació n en México
de Banamex USA.
Como consecuencia de lo anterior y con fundamento en la Regla antes invocada, los miembros de la Junta
de Gobierno de esta Comisión, en sesión celebrada el 8 de los actuales, adoptaron el siguiente:
ACUERDO
OCTAVO.- Los miembros de la Junta de Gobierno, tomando en consideración la opinión favorable emitida
por el Comité de Autorizaciones de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores en su sesión celebrada el 28
de mayo de 2015, aprobaron por unanimidad la revocación de la autorización para el establecimiento de la
Oficina de Representación en México de Banamex USA, otorgada por la Secretaría de Hacienda y Crédito
Público mediante oficio 356-I-BE-13144 de fecha 4 de diciembre de 1981, como consecuencia de su cierre.
El presente oficio se emite con fundamento en los artículos 16, fracciones I y VI de la Ley de la Comisión
Nacional Bancaria y de Valores y 9, 12 y 13 del Reglamento Interior de la Comisión Nacional Bancaria y de
Valores, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 12 de noviembre de 2014.
Atentamente,
México, D.F., a 22 de junio de 2015.- El Presidente, Jaime González Aguadé.- Rúbrica.

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