Diario Oficial de la Federación de 04/04/2017 (Contenido completo)

EdiciónMatutina
Tomo DCCLXIII No. 2 Ciudad de México, martes 4 de abril de 2017
CONTENIDO
Secretaría de Gobernación
Secretaría de Hacienda y Crédito Público
Secretaría de Economía
Secretaría de Agricultura, Ganadería,
Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación
Secretaría de Salud
Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano
Consejo de la Judicatura Federal
Banco de México
Comisión Federal de Competencia Económica
Convocatorias para Concursos de Adquisiciones,
Arrendamientos, Obras y Servicios del Sector Público
Avisos
Indice en página 125
$21.00 EJEMPLAR
2 (Primera Sección) DIARIO OFICIAL Martes 4 de abril de 2017
PODER EJECUTIVO
SECRETARIA DE GOBERNACION
CONVENIO Específico de Adhesión para el otorgamiento del subsidio para el fortalecimiento del desempeño en
materia de Seguridad Pública a los municipios y demarcaciones territoriales de la Ciudad de México y, en su caso,
a las entidades federativas que ejerzan de manera directa o coordinada la función, que celebran el Secretariado
Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública y el Estado de Morelos.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de
Gobernación.- Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública.
CONVENIO ESPECÍFICO DE ADHESIÓN, EN LO SUCESIVO “CONVENIO” PARA EL OTORGAMIENTO DEL
“SUBSIDIO PARA EL FORTALECIMIENTO DEL DESEMPEÑO EN MATERIA DE SEGURIDAD PÚBLICA A LOS
MUNICIPIOS Y DEMARCACIONES TERRITORIALES DE LA CIUDAD DE MÉXICO Y, EN SU CASO, A LAS ENTIDADES
FEDERATIVAS QUE EJERZAN DE MANERA DIRECTA O COORDINADA LA FUNCIÓN”, EN LO SUCESIVO
“FORTASEG”, QUE CELEBRAN EL EJECUTIVO FEDERAL, POR CONDUCTO DEL SECRETARIADO EJECUTIVO DEL
SISTEMA NACIONAL DE SEGURIDAD PÚBLICA, EN LO SUCESIVO “EL SECRETARIADO”, REPRESENTADO POR SU
TITULAR, EL C. ÁLVARO VIZCAÍNO ZAMORA; EL PODER EJECUTIVO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE
MORELOS, EN LO SUCESIVO “EL BENEFICIARIO”, REPRESENTADO POR SU GOBERNADOR CONSTITUCIONAL, EL
C. GRACO LUIS RAMÍREZ GARRIDO ABREU, ASISTIDO POR EL SECRETARIO DE GOBIERNO, EL C. MATÍAS
QUIROZ MEDINA; EL SECRETARIO DE HACIENDA, EL C. JORGE MICHEL LUNA Y EL SECRETARIO EJECUTIVO DEL
SISTEMA ESTATAL DE SEGURIDAD PÚBLICA, EL C. OMAR DARÍO DE LASSE CAÑAS; A QUIENES
CONJUNTAMENTE SE LES DENOMINARÁ “LAS PARTES”, DE CONFORMIDAD CON EL MARCO LEGAL,
DECLARACIONES Y CLÁUSULAS SIGUIENTES:
MARCO LEGAL
“LAS PARTES” protestan cumplir y hacer cumplir en el ámbito de sus respectivas competencias, lo
Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, así como 7 y 8 del Presupuesto de Egresos de la
Federación para el Ejercicio Fiscal 2017, en lo sucesivo, “PRESUPUESTO DE EGRESOS”, y las demás
disposiciones aplicables al “FORTASEG” y al presente “CONVENIO”; razón por la cual se obligan a él como si
estuviera inserto a la letra en este documento, con todos los efectos legales y administrativos conducentes.
DECLARACIONES
I. DECLARA “EL SECRETARIADO”, A TRAVÉS DE SU REPRESENTANTE QUE:
I.1 Es un Órgano Administrativo Desconcentrado de la Secretaría de Gobernación, operativo del
Sistema Nacional de Seguridad Pública, con autonomía técnica, de gestión y presupuestal,
de conformidad con los artículos 17 de la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública, en
lo subsecuente “LEY GENERAL”; 2, apartado C, fracción XI y 120 del Reglamento Interior de la
Secretaría de Gobernación, y 1 del Reglamento del Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional
de Seguridad Pública.
I.2 Su Titular fue designado como Secretario Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Públic a por el
C. Presidente de la República en su carácter de Presidente del Consejo N acional de Seguridad
Pública, ratificado por el Senado de la República el 14 de diciembre de 2015, de conformidad con los
artículos 17, párrafo segundo de la “LEY GENERAL”; 27, párrafo último de la Ley Orgánica de la
Administración Pública Federal y 5 del Reglamento del Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional
de Seguridad Pública.
I.3 Está facultado para suscribir el presente “CONVENIO” de acuerdo a lo preceptuado por los artículos
18, fracciones VII y XXV de la “LEY GENERAL”; 8, párrafo cuarto del “PRESUPUESTO DE
EGRESOS”; 69, párrafo segundo, y 70, fracción V del Reglamento Interior de la Secretaría de
Gobernación, y 5 y 8, fracción XII del Reglamento del Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional
de Seguridad Pública, así como 19, párrafo primero de los “Lineamientos para el otorg amiento del
subsidio para el fortalecimiento del desempeño en materia de seguridad pública a los munic ipios y
demarcaciones territoriales de la Ciudad de México y en su caso, a las entidades federativas que
ejerzan de manera directa o coordinada la función”, publicados en el Diario Oficial de la F ederación el
25 de enero de 2017, en lo sucesivo “LOS LINEAMIENTOS”.
Martes 4 de abril de 2017 DIARIO OFICIAL (Primera Sección) 3
I.4 Para todos los efectos legales relacionados con este “CONVENIO”, señala como domicilio el ubicado
en Avenida General Mariano Escobedo número 456, piso 12, Colonia Anzures, Delegación Miguel
Hidalgo, Código Postal 11590, Ciudad de México.
I.5 Para efectos de operación, funcionamiento y seguimiento del “FORTASEG” designa a la Direcc ión
General de Vinculación y Seguimiento, sita en: Avenida General Mariano Escobedo número 456,
piso 1, Colonia Anzures, Delegación Miguel Hidalgo, Código Postal 11590, Ciudad de México.
II. DECLARA “EL BENEFICIARIO”, A TRAVÉS DE SU REPRESENTANTE QUE:
II.1 Es parte integrante de los Estados Unidos Mexicanos, libre y soberano en todo lo concerniente a su
régimen interior, constituido como gobierno republicano, representativo, democrático, laico y popular,
como lo preceptúan los artículos 40, 42, fracción I, 43 y 115 de la Constitución Política de los Estados
II.2 Asumió el cargo de Gobernador Constitucional del Estado Libre y Soberano de Morelos, a partir del
01 de octubre de 2012; por lo que cuenta con facultades para celebrar el presente “CONVENIO”, en
términos de los artículos 57, 70, fracción XX y 71 de la Constitución Política del Estado Libre y
Soberano de Morelos; 9 y 18 de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Mor elos;
16, fracciones I y III, 20, 21, y 42, fracción I, inciso a) de la Ley del Sistema de Seguridad Pública del
Estado de Morelos y demás disposiciones aplicables.
II.3 En cumplimiento a la función que atribuyen los artículos 21, párrafo noveno y décimo, y 115 de la
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 1, 2, 3, 4 y 7 de la “LEY GENERAL”; 18, 19,
20, 21, 51, 53 y 109 de la Ley del Sistema de Seguridad Pública del Estado de More los y demás
ordenamientos vigentes, el Poder Ejecutivo del Gobierno del Estado de Morelos celebró el 1 de
enero de 2016 con el Municipio de Tepoztlán; el 2 de enero de 2016 co n el Municipio de Yautepec; el
20 de enero de 2016 con los Municipios de Cuautla; Emiliano Zapata, Jiutepec y Xochitepec, el 1 de
febrero de 2016 con el Municipio de Temixco; el 3 de febrero de 2016 con el Municipio de Jojutla y el
5 de febrero de 2016 con el Municipio de Cuernavaca; Convenios de asunción total en materia de
coordinación del Estado de las funciones de policía preventiva y tránsito municipa l para la integración
del Mando Único Coordinado Policía Morelos, los cuales tiene por objeto que el Estado, a través de
la Comisión Estatal de Seguridad Pública, asuma de forma directa el ejercicio de la función
de seguridad pública de dichos Municipios, en términos de la fracción III, inciso h) y párrafo tercero
cláusula Primera de cada uno de los Convenio en mención.
II.4 En los Convenios señalados, los Municipios adquirieron entre otros compromisos, la obligación de
incorporar a todos los elementos que integran la policía preventiva y tránsito mu nicipal, a la Policía
de Morelos, agrupamiento integrado por elementos operativos de la policía estatal y de las policías
preventivas y tránsito municipales bajo el mando de la Comisión Estatal de Seguridad Pública; por su
parte, el Poder Ejecutivo del Gobierno del Estado de Morelos, por conducto de la Comisión Estatal de
Seguridad Pública, adquirió entre otros compromisos, la obligación de formular el programa
de trabajo para que el Estado asuma los servicios de policía preventiva y tránsito municipal, así como
ejecutar operativos de presencia y disuasión en el territorio municipal con los el ementos que integran
la Policía Morelos, de conformidad con las Cláusulas Segunda, inciso a), Quinta, fracción I y Sexta
de dichos Convenios.
II.5 En las cláusulas Décima y Décima Tercera de los Convenios señalados, las partes establecieron
como ámbito territorial en la cual realizarán sus actividades los elementos de las policías preventiva s
y tránsito municipales integrados a la Policía Morelos, su Municipio correspondiente, pudiendo
interactuar con elementos de la policía preventiva estatal y de diversos Municipios integrados al
Mando Único, en operativos de carácter estatal, regional o intermunicipal, cuando la estrategia de
seguridad estatal o necesidades del servicio así lo requieran, conviniendo que la Comisión Estatal
de Seguridad Pública, sea la encargada de ejecutar, administrar e implementar los recursos en
materia de seguridad pública a que tengan derechos los Municipios, respetando las políticas,
estrategias y/o reglas de operación para su ejercicio; razón por la cual en términos del artículo 8 del
"PRESUPUESTO DE EGRESOS", “EL BENEFICIARIO” ejercerá los recursos del “FORTASEG” y
cumplirán las obligaciones previstas en “LOS LINEAMIENTOS", el “CONVENIO”, su Anexo Técnico,
y demás disposiciones aplicables, con la finalidad de fortalecer el desempeño de sus funciones en
materia de seguridad pública que realiza en sus Municipios beneficiados con el “F ORTASEG”,
previstos en el Anexo 1 y 2 de “LOS LINEAMIENTOS”.

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