Diario Oficial de la Federación de 04/07/2016 (Contenido completo)

EdiciónMatutina
Tomo DCCLIV No. 2 Ciudad de México, lunes 4 de julio de 2016
CONTENIDO
Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales
Secretaría de Energía
Secretaría de Economía
Secretaría de Salud
Secretaría del Trabajo y Previsión Social
Procuraduría General de la República
Suprema Corte de Justicia de la Nación
Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación
Banco de México
Comisión Federal de Competencia Económica
Instituto Nacional Electoral
Avisos
Indice en página 109
$21.00 EJEMPLAR
2 (Primera Sección) DIARIO OFICIAL Lunes 4 de julio de 2016
PODER EJECUTIVO
SECRETARIA DE ENERGIA
ACUERDO por el que se emite el Manual del Sistema de Información del Mercado.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Energía.
PEDRO JOAQUÍN COLDWELL, Secretario de Energía, con fundamento en el Tercero Transitorio de la
Ley de la Industria Eléctrica y en los artículos 33, fracción XXVI, de la Ley Orgánica de la Administració n
CONSIDERANDO
Que de conformidad con el artículo 25, párrafo cuarto, de la Constitución Política de los Estados Unidos
Mexicanos, el sector público tendrá a su cargo, de manera exclusiva, las áreas estratégicas que se señalan en
el artículo 28, párrafo cuarto, de la Constitución;
Que el artículo 27, párrafo sexto, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos establece
que corresponde exclusivamente a la Nación la planeación y el control del Sistema Eléctrico Nacional, así
como el servicio público de transmisión y distribución de energía eléctrica, y que en estas actividades no se
otorgarán concesiones, sin perjuicio de que el Estado pueda celebrar contratos con particulares en los
términos que establezcan las leyes, mismas que determinarán la forma en que los particulares podrán
participar en las demás actividades de la industria eléctrica;
Que el Transitorio Tercero de la Ley de la Industria Eléctrica establece en su tercer párrafo, que p or única
ocasión la Secretaría de Energía emitirá las primeras Reglas del Mercado Eléctrico Mayorista, y que dichas
Reglas incluirán las Bases del Mercado Eléctrico y las Disposiciones Operativas del Mer cado que la referida
Secretaría determine;
Que el 8 de septiembre de 2015 se publicaron en el Diario Oficial de la Federación las Bases del Mercado
Eléctrico, mismas que definen las reglas y procedimientos que deberán llevar a cabo los Participantes del
Mercado y las autoridades para mantener una adecuada administración, operación y planeación del Mercado
Eléctrico Mayorista;
Que los Manuales de Prácticas del Mercado forman parte de las Disposiciones Operativas del Mercado y
tienen por objeto desarrollar con mayor detalle los elementos de las Bases del Mercado Eléctrico y estab lecer
los procedimientos, reglas, instrucciones, principios de cálculo, directrices y ejemplos a seguir para la
administración, operación y planeación del Mercado Eléctrico Mayorista;
Que el Manual del Sistema de Información del Mercado desarrollará con mayor detalle el contenido de la
Base 15 de las Bases del Mercado Eléctrico, a fin de establecer los procedimientos, reglas, instrucciones,
principios de cálculo, directrices, clasificación de información, plazos y represent aciones gráficas de la
información, para que los Integrantes de la Industria Eléctrica, las autoridades involucradas, los
Transportistas, los Distribuidores y el público en general conozcan y tengan acceso a la información releva nte
del Mercado Eléctrico Mayorista y del Sistema Eléctrico Nacional, y
Que dicho Manual se considera un acto administrativo de carácter general que debe publicarse en el
Diario Oficial de la Federación, a fin de que produzca efectos jurídicos, por lo que he tenido a bien emitir
el siguiente
ACUERDO
ARTÍCULO ÚNICO.- La Secretaría de Energía emite el Manual del Sistema de Información del Mercado.
TRANSITORIO
ÚNICO. El presente Acuerdo entrará en vigor el día de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Ciudad de México, a 22 de junio de 2016.- El Secretario de Energía, Pedro Joaquín Coldwell.- Rúbrica.
Lunes 4 de julio de 2016 DIARIO OFICIAL (Primera Sección) 3
MANUAL DEL SISTEMA DE INFORMACIÓN DEL MERCADO
CONTENIDO
CAPÍTULO 1
Introducción
1.1 Propósito de los Manuales de Prácticas del Mercado
1.2 Propósito y contenido de este Manual
1.3 Términos definidos
1.4 Reglas de interpretación
CAPÍTULO 2
Disposiciones generales
2.1 Antecedentes
2.2 Transparencia y acceso a la información
2.3 Creación, implementación y mantenimiento del SIM
2.4 Gestión de las cuentas de usuario del SIM
2.5 Características del SIM
2.6 Procedimiento para realizar notificaciones a través del SIM
2.7 Procedimiento para la recepción de solicitudes de información
2.8 Oficialía de Partes Electrónica (OPE)
CAPÍTULO 3
Información Pública
3.1 Acceso a la Información Pública
CAPÍTULO 4
Información Confidencial
4.1 Acceso a la Información Confidencial
4.2 Información Confidencial para Partici pantes del Mercado, en forma individual, y el Monitor
Independiente del Mercado
4.3 Información Confidencial para Transportistas y Distribuidores, en forma individual, Monitor
Independiente del Mercado y Autoridades
CAPÍTULO 5
Información Reservada
5.1 Acceso a la Información Reservada
5.2 Información Reservada para Participantes del Mercado y Usuarios Externos de Confianza.
5.3 Información Reservada para Transportistas y Distribuidores
5.4 Información Reservada para Autoridades
CAPÍTULO 6
Captura de información
6.1 Características de la captura de información
6.2 Captura de Información en el Área Pública
6.3 Captura de información en el Área Segura
6.4 Captura de Información en el Área Certificada
CAPÍTULO 7
Disposiciones finales
7.1 Solución de Controversias
7.2 Monitoreo y vigilancia
7.3 Sanciones
CAPÍTULO 8
Disposiciones transitorias
8.1 Disposiciones transitorias

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