Diario Oficial de la Federación de 03/07/2015 (Contenido completo)

Tomo DCCXLII No. 3 México, D.F., viernes 3 de julio de 2015
CONTENIDO
Secretaría de Hacienda y Crédito Público
Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales
Secretaría de Economía
Secretaría de Agricultura, Ganadería,
Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación
Secretaría de Comunicaciones y Transportes
Secretaría de la Función Pública
Secretaría del Trabajo y Previsión Social
Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano
Archivo General de la Nación
Petróleos Mexicanos
Consejo de la Judicatura Federal
Banco de México
Avisos
Indice en página 126
$17.00 EJEMPLAR
2 (Primera Sección) DIARIO OFICIAL Viernes 3 de julio de 2015
PODER EJECUTIVO
SECRETARIA DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
ACUERDO de la Junta de Gobierno de la Comisión Nacional de Seguros y Fianzas por el que se adscriben
orgánicamente las unidades administrativas de la Comisión Nacional de Seguros y Fianzas.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Hacienda
y Crédito Público.- Comisión Nacional de Seguros y Fianzas.
ACUERDO 1/2015
ACUERDO DE LA JUNTA DE GOBIERNO DE LA COMISIÓN NACIONAL DE SEGUROS
Y FIANZAS POR EL QUE SE ADSCRIBEN ORGÁNICAMENTE LAS UNIDADES
ADMINISTRATIVAS DE LA COMISIÓN NACIONAL DE SEGUROS Y FIANZAS
La Junta de Gobierno de la Comisión Nacional de Seguros y Fianzas, con fundamento en los artículos
366, fracción II, 367, 369, fracción XX, de la Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas, y 4 y 10 del
Reglamento Interior de esta Comisión, y
CONSIDERANDO
Que el artículo 367 de la Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas dispone que la Comisión Nacional
de Seguros y Fianzas, para el ejercicio de sus facultades, contará, entre otras, con vicepresidencias y
direcciones generales.
Que los artículos 4 y 10 del Reglamento Interior de la Comisión Nacional de Seguros y Fianzas establecen
que para el mejor ejercicio de sus atribuciones, la Junta de Gobierno determinará mediante acuerdo que se
publique en el Diario Oficial de la Federación, la adscripción orgánica de las un idades administrativas de la
misma.
Que la Junta de Gobierno de la Comisión Nacional de Seguros y Fianzas, en sesión del 15 de junio de
2015, según consta en el Acta número 179, punto II, aprobó el Acuerdo que fue sometido a su consideración,
en los términos que enseguida se transcriben.
ACUERDO
ÚNICO.- Las unidades administrativas de la Comisión estarán adscritas de la siguiente manera:
I. La Presidencia tendrá adscritas las vicepresidencias:
a) De Operación Institucional;
b) Jurídica;
c) De Análisis y Estudios Sectoriales, y
d) De Tecnologías de la Información y Planeación;
II. La Vicepresidencia de Operación Institucional tendrá adscritas las direcciones generales:
a) De Supervisión Financiera;
b) De Supervisión de Reaseguro;
c) De Supervisión Actuarial, y
d) De Supervisión del Seguro de Pensiones y Salud;
III. La Vicepresidencia Jurídica tendrá adscritas las direcciones generales:
a) Jurídica Consultiva y de Intermediarios, y
b) Jurídica Contenciosa y de Sanciones;
IV. La Vicepresidencia de Análisis y Estudios Sectoriales tendrá adscritas las direcciones generales:
a) De Análisis de Riesgos, y
b) De Desarrollo e Investigación, y
Viernes 3 de julio de 2015 DIARIO OFICIAL (Primera Sección) 3
V. La Vicepresidencia de Tecnologías de la Información y Planeación tendrá adscritas l as direcciones
generales:
a) De Tecnologías de la Información, y
b) De Planeación y Administración.
VI. Delegaciones Regionales, las cuales estarán adscritas a la Dirección General Jurídica Consultiva y de
Intermediarios.
TRANSITORIO
ÚNICO.- Este Acuerdo entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Ofici al de la
Federación.
Lo anterior, se comunica con fundamento en los artículos 366, fracción II, 367, 369, fracción XX, 372, XLII,
373 y 381 de la Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas.
Atentamente
Sufragio Efectivo. No Reelección.
México, D.F. 25 de junio de 2015.- El Presidente de la Comisión Nacional de Seguros y Fianzas,
Manuel S. Aguilera Verduzco.- Rúbrica.
ACUERDO de la Junta de Gobierno de la Comisión Nacional de Seguros y Fianzas por el que se define la sede y
circunscripción territorial de las delegaciones regionales de la Comisión Nacional de Seguros y Fianzas.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Hacienda
y Crédito Público.- Comisión Nacional de Seguros y Fianzas.
ACUERDO DE LA JUNTA DE GOBIERNO DE LA COMISIÓN NACIONAL DE SEGUROS Y FIANZAS POR EL QUE
SE DEFINE LA SEDE Y CIRCUNSCRIPCIÓN TERRITORIAL DE LAS DELEGACIONES REGIONALES DE LA
COMISIÓN NACIONAL DE SEGUROS Y FIANZAS.
La Junta de Gobierno de la Comisión Nacional de Seguros y Fianzas, con fundamento en los artículos
366, fracción II, 367, 369, fracción XX, de la Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas y 4 y 44 del
Reglamento Interior de esta Comisión, y
CONSIDERANDO
Que el artículo 367, de la Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas dispone que la Comisión Nacional
de Seguros y Fianzas, para el ejercicio de sus facultades, contará con delegaciones regionales y que éstas
podrán realizar, dentro del área de su jurisdicción geográfica, las funciones que se determinen en su
Reglamento Interior.
para el mejor desempeño de sus facultades, la Junta de Gobierno, a propuesta del Presidente det erminará la
sede y circunscripción territorial de las delegaciones regionales de dicha Comisión, mediante acuerdo que se
publique en el Diario Oficial de la Federación.
Que el artículo 45 del Reglamento citado, establece las atribuciones que corresponden a las delegaciones
regionales.
Que la Junta de Gobierno de la Comisión Nacional de Seguros y Fianzas, en sesión del 15 de junio de
2015, según consta en el Acta número 179, punto III, aprobó el Acuerdo que fue sometido a su consideración,
en los términos que en seguida se transcriben.
ACUERDO
ÚNICO.- Se determina la sede y circunscripción territorial de las delegaciones regionales de la
Comisión Nacional de Seguros y Fianzas, en los términos siguientes:

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