Diario Oficial de la Federación de 01/11/2017 (Contenido completo)

EdiciónMatutina
Tomo DCCLXX No. 1 Ciudad de México, miércoles 1 de noviembre de 2017
CONTENIDO
Secretaría de Gobernación
Secretaría de Economía
Secretaría de Agricultura, Ganadería,
Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación
Secretaría de la Función Pública
Secretaría de Salud
Banco de México
Instituto Nacional Electoral
Avisos
Indice en página 111
$25.00 EJEMPLAR
2 (Primera Sección) DIARIO OFICIAL Miércoles 1 de noviembre de 2017
PODER EJECUTIVO
SECRETARIA DE GOBERNACION
DECLARATORIA de Emergencia por la presencia de lluvia severa para los municipios de Atzacan, Tamiahua y
Tepetzintla del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave; así como por lluvia severa e inundación pluvial
y fluvial para el Municipio de Tantoyuca de dicha entidad federativa ocurridas los días 10 y 11 de octubre de 2017.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría
de Gobernación.
LUIS FELIPE PUENTE ESPINOSA, Coordinador Nacional de Protección Civil de la Secretaría de
Gobernación, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 19, fracción XI, 21, 58, 59, 61, 62 y 64 de la Ley
General de Protección Civil; 102 del Reglamento de la Ley General de Protección Civil; 59, fracciones I, XX y
XXI del Reglamento Interior de la Secretaría de Gobernación; 3o., fracción I del “Acuerdo por el que se emiten
las Reglas Generales del Fondo de Desastres Naturales” (Reglas Generales); y 10 del “Acuerdo que
establece los Lineamientos del Fondo para la Atención de Emergencias FONDEN” (LINEAMIENTOS), y
CONSIDERANDO
Que mediante oficio número SPC/897/2017, recibido con fecha 23 de octubre de 2017 en la Coordinación
Nacional de Protección Civil (CNPC), suscrito por la Secretaria de Protección Civil del Estado de Veracruz de
Ignacio de la Llave, Arq. Yolanda Baizabal Silva, de conformidad con los artículos 32 Quater y 32 Quinter de la
Ley Orgánica del Poder Ejecutivo para el Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave; 20, fracció n II de la Ley
de Protección Civil y la Reducción del Riesgo de Desastres para el Estado de Veracruz de Ignaci o de la Llave
y 7 fracción XX del Reglamento Interior de la Secretaría de Protección Civil del Estado de Veracruz de Ignacio
de la Llave, se solicitó a la Secretaría de Gobernación (SEGOB) a través de la CNPC, la emisión de la
Declaratoria de Emergencia para los municipios de Atzacan, Tamiahua, Tantoyuca y Tepetzintla de dicha
entidad federativa por la presencia de lluvia severa, inundación fluvial y pluvial del 10 al 15 de octubre de
2017, ello, con el propósito de acceder a los recursos del Fondo para la Atención de Emergencias FONDEN.
Que mediante oficio número CNPC/1349/2017, de fecha 23 de octubre de 2017, la CNPC solicitó
a la Comisión Nacional del Agua (CONAGUA) el dictamen técnico correspondiente para, en su caso, emitir la
Declaratoria de Emergencia para los municipios del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave solicitados en
el oficio número SPC/897/2017 referido con anterioridad.
Que con oficio número B00.8.-616 de fecha 24 de octubre de 2017, la CONAGUA emitió el dictamen
técnico correspondiente, corroborando el fenómeno de lluvia severa para los municipios de At zacan,
Tamiahua y Tepetzintla del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave; y por lluvia severa e inundación pluvial
y fluvial al municipio de Tantoyuca de dicha entidad federativa los días 10 y 11 de octubre de 2017.
Que el día 24 de octubre de 2017 se emitió el Boletín de Prensa número 370/17, mediante el cual se dio a
conocer que la SEGOB por conducto de la CNPC emite una Declaratoria de Emergencia en el Estado de
Veracruz de Ignacio de la Llave para los municipios de Atzacan, Tamiahua y Tepetzintla, por la ocurrencia
de lluvia severa; así como, al municipio de Tantoyuca de dicha entidad federativa, por la ocurrencia de lluvia
severa e inundación pluvial y fluvial los días 10 y 11 de octubre de 2017, con lo que se activan los recursos del
Fondo para la Atención de Emergencias FONDEN, y a partir de esa Declaratoria las autorid ades contarán con
recursos para atender las necesidades alimenticias, de abrigo y de salud de la población afectada.
Con base en lo anterior se consideró procedente en este acto emitir la siguiente:
DECLARATORIA DE EMERGENCIA POR LA PRESENCIA DE LLUVIA SEVERA
PARA LOS MUNICIPIOS DE ATZACAN, TAMIAHUA Y TEPETZINTLA DEL ESTADO DE
VERACRUZ DE IGNACIO DE LA LLAVE; ASÍ COMO, POR LLUVIA SEVERA E INUNDACIÓN
PLUVIAL Y FLUVIAL PARA EL MUNICIPIO DE TANTOYUCA DE DICHA ENTIDAD FEDERATIVA
OCURRIDAS LOS DÍAS 10 Y 11 DE OCTUBRE DE 2017
Artículo 1o.- Se emite Declaratoria de Emergencia para el Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave por
la ocurrencia de lluvia severa para los municipios de Atzacan, Tamiahua y Tepetzintla; así como, al municipio
de Tantoyuca de dicha entidad federativa, por la ocurrencia de lluvia severa e inundación pluvial y fluvial los
días 10 y 11 de octubre de 2017.
Artículo 2o.- La presente se expide para que el Estado de Veracruz de Ignacio d e la Llave pueda acceder
a los recursos del Fondo para la Atención de Emergencias FONDEN de la Secretaría de Gobernación.
Artículo 3o.- La determinación de los apoyos a otorgar se hará en los términos de los LINEAMIENTOS y
con base en las necesidades prioritarias e inmediatas de la población para salvaguardar su vida y su salud.
Artículo 4o.- La presente Declaratoria se publicará en el Diario Oficial de la Federación de conformidad
con el artículo 61 de la Ley General de Protección Civil y en cumplimiento a lo dispuesto por el artículo 10,
fracción IV de los LINEAMIENTOS.
Ciudad de México, a veinticuatro de octubre de dos mil diecisiete.- El Coordinador Nacional, Luis Felipe
Puente Espinosa.- Rúbrica.
Miércoles 1 de noviembre de 2017 DIARIO OFICIAL (Primera Sección) 3
EXTRACTO de la solicitud de registro de la agrupación denominada Iglesia de Dios de los Campos del Bosque,
para constituirse en asociación religiosa.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de
Gobernación.- Subsecretaría de Población, Migración y Asuntos Religiosos.- Dirección General
de Asociaciones Religiosas.
EXTRACTO DE LA SOLICITUD DE REGISTRO CONSTITUTIVO COMO ASOCIACIÓN RELIGIOSA QUE PRESENTÓ
EL C. JOSÉ GUADALUPE DOMÍNGUEZ BAÑUELOS DE LA AGRUPACIÓN DENOMINADA IGLESIA DE DIOS DE LOS
CAMPOS DEL BOSQUE.
En cumplimiento a lo dispuesto por el último párrafo del artículo 7o. de la Ley de Asociaciones Religiosas y
Culto Público y 10 de su Reglamento, se publica el correspondiente extracto de la solicitud d e registro de la
agrupación denominada IGLESIA DE DIOS DE LOS CAMPOS DEL BOSQUE, para constituirse en asociación
religiosa; solicitud presentada en la Dirección General de Asociaciones Religiosas, para su trámite respectivo;
cuyos datos principales son los que a continuación se señalan:
I.- Domicilio: Calle Manuel Miller, Número 310, Colonia Ejido San Juan Bautista, del Municipio de Frontera,
Estado de Coahuila.
II.- Bienes inmuebles: Se relacionó para cumplir con su objeto un inmueble, ubic ado en Calle Manuel
Miller, Número 310, Colonia Ejido San Juan Bautista, del Municipio de Frontera, Estado de Coahuila,
manifestado de manera unilateral bajo contrato de comodato.
III.- Estatutos: Presentó estatutos, los que contienen las bases fundamentales de su doctrina, la
determinación de los asociados, ministros de culto y representante, mismos que señalan como objeto, el
siguiente: “Cumplir con la gran comisión del Señor Jesucristo de predicar el evangelio a todo ser humano y
por toda la tierra, haciendo discípulos y levantando Iglesias para el mismo fin”.
IV.- Se exhiben las pruebas suficientes que acreditan que la agrupación religiosa cuenta con notorio
arraigo entre la población.
V.- Representante: José Guadalupe Bañuelos Domínguez.
VI.- Relación de asociados: José Guadalupe Bañuelos Domínguez, Agustina Sánchez López, Benjamín
Flores Ordaz, Luis Enrique Salinas Bartolo y Giovani Ventura Bartolo.
VII.- Exhiben el convenio propuesto a la Secretaría de Relaciones Exteriores, para dar cumplimiento a lo
VIII.- Órgano de Dirección o Administración: De conformidad con los estatutos exhibidos, se denomina
“Consejo Ministerial o Pastoral”, integrado por las personas y cargos sigui entes: José Guadalupe Bañuelos
Domínguez, Presidente; Agustina Sánchez López, Secretaria; Benjamín Flores Ordaz, Tesorero; Luis Enrique
Salinas Bartolo, Vocal; y Giovani Ventura Bartolo, Vocal.
IX.- Ministros de culto: José Guadalupe Bañuelos Domínguez, Agustina Sánchez López, Benjamín Flores
Ordaz, Luis Enrique Salinas Bartolo y Giovani Ventura Bartolo.
X.- Credo religioso: Cristiano Evangélico.
En cumplimiento a lo dispuesto por el primer párrafo del artículo 11 del Reglamento de la Ley de
Asociaciones Religiosas y Culto Público, se notifica lo anterior, a efecto de que las personas físicas,
asociaciones religiosas, agrupaciones religiosas o iglesias que pudieran considerarse afectadas en su esfera
jurídica, comparezcan dentro del término de veinte días hábiles, contados a partir del día siguiente de esta
publicación, a presentar su oposición ante esta Dirección General. Asimismo, se comunica que el expediente
de la solicitud de referencia, estará a la vista de los interesados para su consulta, solamente dur ante el
término señalado.
Expedido en la Ciudad de México, a los diecinueve días del mes de octubre de dos mil diecisiete.-
El Director General de Asociaciones Religiosas de la Secretaría de Gobernación, Arturo Manuel Díaz León.-
Rúbrica.

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