Diario Oficial de la Federación de 02/10/2014 (Contenido completo)

Tomo DCCXXXIII No. 2 México, D.F., jueves 2 de octubre de 2014
CONTENIDO
Secretaría de Gobernación
Secretaría de Hacienda y Crédito Público
Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales
Secretaría de Economía
Secretaría de Educación Pública
Secretaría de Salud
Consejo de Promoción Turística de México
Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación
Banco de México
Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa
Convocatorias para Concursos de Adquisiciones,
Arrendamientos, Obras y Servicios del Sector Público
Avisos
Indice en página 109
$20.00 EJEMPLAR
2 (Primera Sección) DIARIO OFICIAL Jueves 2 de octubre de 2014
PODER EJECUTIVO
SECRETARIA DE GOBERNACION
DECLARATORIA de Desastre Natural por la ocurrencia de inundación pluvial y fluvial del 21 al 22 de septiembre
de 2014, en los municipios de Bocoyna y Juárez del Estado de Chihuahua.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría
de Gobernación.
LUIS FELIPE PUENTE ESPINOSA, Coordinador Nacional de Protección Civil de la Secretaría de
Gobernación, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 27 fracción XXXII, de la Ley Orgánica de la
Administración Pública Federal; 2 fracciones XVI, XXI y XXIII, 7 fracción IV, 19 fracción XI, 21, 58, 60, 61, 62,
63 y 74 de la Ley General de Protección Civil; 59 del Reglamento Interior de la Secretaría de Gobernación; 7,
8, 9 y 10 del “Acuerdo por el que se emiten las Reglas Generales del Fondo de Desastres Naturales” (Reglas
Generales), publicado en el Diario Oficial de la Federación el 3 de diciembre de 2010, así como el numeral 4
primer párrafo y demás relativos aplicables de los “Lineamientos de Operación específicos del Fond o de
Desastres Naturales” (Lineamientos de Operación), publicados en el referido órgano de difusión del Gobierno
Federal el día 31 de enero de 2011, y
CONSIDERANDO
Que mediante oficio número D.E. 089-2014 de fecha 23 de septiembre de 2014, en cumplimiento al
artículo 7 de las Reglas Generales, el Gobernador Constitucional del Estado de Chihuahua, solicit ó a la
Comisión Nacional del Agua (CONAGUA) la corroboración del fenómeno natural perturbador, descrito como
Lluvia severa, inundación fluvial y pluvial del 21 al 22 de septiembre de 2014, en los municipios de Bocoyna
y Rosales.
Que con oficio B00.05.05.-700, de fecha 25 de septiembre de 2014, la CONAGUA emitió su opinión
técnica en atención al oficio número D.E. 089-2014, señalado en el párrafo inmediato anterior, disponiendo en
su parte conducente que se corrobora el fenómeno de Inundación pluvial del 21 a l 22 de septiembre de 2014
en el municipio de Bocoyna del Estado de Chihuahua.
Que mediante oficio número D.E. -090/2014 de fecha 24 de septiembre de 2014, en cumplimiento al
artículo 7 de las Reglas Generales, el Gobernador Constitucional del Estado de Chihuahua, solicit ó a la
CONAGUA la corroboración del fenómeno natural perturbador, descrito como Inundación fluvial y pluvial del
21 y 22 de septiembre de 2014, en el municipio de Juárez.
Que con oficio B00.05.05.-0701, de fecha 25 de septiembre de 2014, la CONAGUA emitió su opinión
técnica en atención al oficio número D.E. -090/2014, señalado en el párrafo inmediato anterior, disponiendo en
su parte conducente que se corrobora el fenómeno de Inundación pluvial y fluvial del 21 al 22 de septiembre
de 2014 en el municipio de Juárez del Estado de Chihuahua.
Que con fecha 26 de septiembre de 2014, y con fundamento en el artículo 11 de las Reglas Generales, se
llevó a cabo la correspondiente sesión de instalación del Comité de Evaluación de Daños, en la cual el
Gobierno del Estado de Chihuahua presentó a la Secretaría de Gobernación la Solicitud de Declaratoria de
Desastre Natural respectiva.
Con base en lo anterior, se consideró procedente en este acto emitir la siguiente:
DECLARATORIA DE DESASTRE NATURAL POR LA OCURRENCIA
DE INUNDACIÓN PLUVIAL Y FLUVIAL DEL 21 AL 22 DE SEPTIEMBRE DE 2014, EN LOS
MUNICIPIOS DE BOCOYNA Y JUÁREZ DEL ESTADO DE CHIHUAHUA
Artículo 1o.- Se declara como zona de desastre los municipios de Bocoyna y Juárez d el Estado de
Chihuahua, por la ocurrencia de Inundación pluvial y fluvial del 21 al 22 de septiembre de 2014.
Artículo 2o.- La presente Declaratoria de Desastre Natural se expide para efectos de poder acceder a los
recursos del Fondo de Desastres Naturales, de acuerdo con lo dispuesto por la Ley General de Pr otección
Civil, y las Reglas Generales.
Artículo 3o.- La presente Declaratoria se publicará en el Diario Oficial de la Federación de conformidad
con el artículo 61 de la Ley General de Protección Civil y en cumplimiento a lo dispuesto por el numeral 10 de
las Reglas Generales.
México, Distrito Federal, a 26 de septiembre de 2014.- El Coordinador Nacional, Luis Felipe Puente
Espinosa.- Rúbrica.
Jueves 2 de octubre de 2014 DIARIO OFICIAL (Primera Sección) 3
EXTRACTO de la solicitud de registro de la agrupación denominada Casa de Oración Manantial de Vida,
para constituirse en asociación religiosa.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de
Gobernación.- Subsecretaría de Población, Migración y Asuntos Religiosos.- Dirección General
de Asociaciones Religiosas.
EXTRACTO DE LA SOLICITUD DE REGISTRO CONSTITUTIVO COMO ASOCIACIÓN RELIGIOSA QUE PRESENTÓ
EL C. HUMBERTO ENRIQUE VÁSQUEZ CORNEJO DE LA AGRUPACIÓN DENOMINADA "CASA DE ORACIÓN
MANANTIAL DE VIDA".
En cumplimiento a lo dispuesto por el último párrafo del artículo 7o. de la Ley de Asociaciones Religiosas y
Culto Público y 10 de su Reglamento, se publica el correspondiente extracto de la solicitud d e registro de la
agrupación denominada "CASA DE ORACIÓN MANANTIAL DE VIDA", para constituirse en asociación
religiosa; solicitud presentada en la Dirección General de Asociaciones Religiosas, para su trámite respectivo;
cuyos datos principales son los que a continuación se señalan:
I.- Domicilio: avenida Guadalupe Victoria número 3101, esquina calle 31, colonia Burócrata, municipio de
San Luis Río Colorado, Estado de Sonora, código postal 83450.
II.- Bienes inmuebles: Se relacionó para cumplir con su objeto un inmueble bajo contrato de
arrendamiento, denominado "Casa de Oración Manantial de Vida", ubicado en avenida Guadalupe Victoria
número 3101, esquina calle 31, colonia Burócrata, municipio de San Luis Río Colorado, Estado de Sonora,
código postal 83450.
III.- Estatutos: Presentó estatutos, los que contienen las bases fundamentales de su doctrina, la
determinación de los asociados, ministros de culto y representantes, mismos que señalan como objeto, el
siguiente: “Propagar el evangelio de 'Nuestro Señor Jesucristo' para beneficio de las familias e n el mundo
entero, por medio del plan misionero según el evangelio de San Mateo”.
IV.- Se exhiben las pruebas suficientes que acreditan que la agrupación religiosa cuenta con notorio
arraigo entre la población.
V.- Representantes: Humberto Enrique Vásquez Cornejo, Martín Andrés Martín Zepeda, Verónica
Rodríguez Bojórquez, Alejandra Vásquez Rodríguez y Héctor Alonso Montes.
VI.- Relación de asociados: Irma Angélica Díaz Martínez y María de Lourdes Díaz Zaragoza.
VII.- Exhiben el convenio propuesto a la Secretaría de Relaciones Exteriores, para dar cumplimiento a lo
VIII.- Órgano de Administración y Dirección: De conformidad con los estatutos exhibidos, se denomina
“Comité Directivo”, integrado por las personas y cargos siguientes: Humberto Enrique Vásquez Cornejo,
Presidente; Martín Andrés Martín Zepeda, Secretario; Verónica Rodríguez Bojórquez, Tesorera; Alejandra
Vásquez Rodríguez, Primer Vocal; y Hector Alonso Montes, Segundo Vocal.
IX.- Ministros de culto: Humberto Enrique Vásquez Cornejo, Martín Andrés Martín Zepeda y Verónica
Rodríguez Bojórquez.
X.- Credo religioso: Cristiano Evangélico.
En cumplimiento a lo dispuesto por el primer párrafo del artículo 11 del Reglamento de la Ley de
Asociaciones Religiosas y Culto Público, se notifica lo anterior, a efecto de que las personas físicas,
asociaciones religiosas, agrupaciones religiosas o iglesias que pudieran considerarse afectadas en su esfera
jurídica, comparezcan dentro del término de veinte días hábiles, contados a partir del día siguiente de esta
publicación, a presentar su oposición ante esta Dirección General. Asimismo, se comunica que el expediente
de la solicitud de referencia, estará a la vista de los interesados para su consulta, solamente dur ante el
término señalado.
Expedido en la Ciudad de México, Distrito Federal, a los diez días del mes de septiembre de dos mil
catorce.- El Director General de Asociaciones Religiosas de la Secretaría de Gobernación, Arturo Manuel
Díaz León.- Rúbrica.

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