Diario Oficial de la Federación de 04/07/2014 (Contenido completo)

Tomo DCCXXX No. 5 México, D.F., viernes 4 de julio de 2014
CONTENIDO
Secretaría de Gobernación
Secretaría de Hacienda y Crédito Público
Secretaría de Economía
Secretaría de Salud
Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano
Secretaría de la Función Pública
Instituto Mexicano del Seguro Social
Instituto del Fondo Nacional para el Consumo de los Trabajadores
Consejo de la Judicatura Federal
Banco de México
Tribunal Superior Agrario
Avisos
Indice en página 111
$16.00 EJEMPLAR
2 (Primera Sección) DIARIO OFICIAL Viernes 4 de julio de 2014
PODER EJECUTIVO
SECRETARIA DE GOBERNACION
CONVENIO de Coordinación en materia de federalismo, descentralización y desarrollo municipal, que celebran
la Secretaría de Gobernación, a través del Instituto Nacional para el Federalismo y el Desarrollo Municipal, y el
Estado de Chihuahua.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de
Gobernación.- Instituto Nacional para el Federalismo y el Desarrollo Municipal.
CONVENIO DE COORDINACIÓN EN MATERIA DE FEDERALISMO, DESCENTRALIZACIÓN Y DESARROLLO
MUNICIPAL, QUE CELEBRAN POR UNA PARTE, EL GOBIERNO FEDERAL, POR CONDUCTO DE LA SECRETARÍA DE
GOBERNACIÓN, A TRAVÉS DEL INSTITUTO NACIONAL PARA EL FEDERALISMO Y EL DESARROLLO MUNICIPAL,
REPRESENTADO POR EL COORDINADOR, L.A. JOSÉ ANTONIO GONZÁLEZ CURI, A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE
DENOMINARÁ “EL INAFED”; Y POR LA OTRA PARTE, EL GOBIERNO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE
CHIHUAHUA, REPRESENTADO POR EL GOBERNADOR DEL ESTADO, LIC. CÉSAR HORACIO DUARTE JÁQUEZ, A
QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ “EL EJECUTIVO DEL ESTADO”, ASISTIDO POR EL SECRETARIO
GENERAL DE GOBIERNO, RAYMUNDO ROMERO MALDONADO, Y EL DIRECTOR GENERAL DE DESARROLLO
MUNICIPAL; FELIPE SALASPLATA MENDOZA; A QUIENES ACTUANDO CONJUNTAMENTE SE LES DENOMINARÁ
COMO “LAS PARTES”, AL TENOR DE LOS ANTECEDENTES, DECLARACIONES Y CLÁUSULAS SIGUIENTES:
ANTECEDENTES
Que la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos establece que es voluntad del pueblo
constituirse en una República Federal, compuesta de estados libres y soberanos en todo lo concer niente a su
régimen interior; pero unidos en una Federación.
Que en términos del artículo 33 de la Ley de Planeación, el Ejecutivo Federal podrá convenir con los
gobiernos de las entidades federativas, la coordinación que se requier a a efecto de que dichos gobiernos
participen en la planeación nacional del desarrollo, coadyuven a la consecución d e los objetivos de la misma,
y para que las acciones a realizarse por la Federación y los Estados se planeen de manera conjunta,
considerando la participación que corresponda a los municipios.
Que en el apartado Federalismo articulado, contenido en el numeral I.1 de la Meta Nacional “México en
Paz” del Plan Nacional de Desarrollo (PND) 2013-2018, se establece que es imperativo avanzar hacia un
federalismo articulado en el que todos los órdenes de gobierno asuman corresponsablemente sus funciones;
a través de mecanismos de diálogo y concertación intergubernamental orientad os a alcanzar las grandes
metas nacionales.
Que el PND contempla dentro de la Meta Nacional 1. “México en Paz”, el objetivo 1.1. “Promover y
fortalecer la gobernabilidad democrática”, y a su vez, tal objetivo establece la estrategia 1.1.3. “Impulsar un
federalismo articulado mediante una coordinación eficaz y una mayor corresponsabilidad de los tres órdenes
de gobierno”, contemplándose como una línea de acción “promover el desarrollo de capacidades
institucionales y modelos de gestión para lograr administraciones públicas estatales y municipales efectivas”.
Que es necesario promover el desarrollo de las capacidades institucionales y modelos de gestión para
lograr administraciones públicas modernas y cercanas a la ciudadanía, que contribuyan a construir un México
en paz, incluyente, próspero, con educación de calidad y con responsabilidad global.
Que el Programa Sectorial de Gobernación 2013-2018 contempla dentro de su objetivo 1. “Promov er y
fortalecer la gobernabilidad democrática”, la estrategia 1.4. “Impulsar un federalismo articulado que promueva
una mayor coordinación y corresponsabilidad entre los tres órdenes de gobierno”, esta bleciéndose como línea
de acción 1.4.2. “Promover el desarrollo de capacidades institucionales en estados y municipios”.
Que “EL INAFED” tiene entre otras atribuciones, promover la realización de acciones para el
fortalecimiento del federalismo entre las autoridades federales, de las entidades federativas y municipales, así
como para el desarrollo y la colaboración regional, estatal, municipal y metropolitana que prevean una mayor
participación de la comunidad, de las asociaciones de municipios, así como de las distintas organizaciones
sociales y privadas en la materia.
Viernes 4 de julio de 2014 DIARIO OFICIAL (Primera Sección) 3
Que dentro del Plan Estatal de Desarrollo 2010-2016, en el Eje de Orden Institucional y particularmente en
el rubro de Gobierno Responsable se consigna la clara vocación federalista que el Estado de Chihuahua, por
ello es trascendente que los gobiernos locales sean auténticos protagonistas del pacto federal y tengan una
mayor participación en la planeación y programación de las políticas sectoriales y regionales, como
corresponde a la esencia constitucionalista del municipio libre y soberano.
Que de esta manera, “EL EJECUTIVO DEL ESTADO”, comprometido con la renovación del federalismo,
impulsará el pleno desarrollo de las capacidades y potencialidades d e los municipios y sus pobladores,
contribuyendo a su gobernabilidad democrática, compromisos que se plasman entre los objetivos siguientes:
impulsar en coordinación con los municipios, la sociedad y los demás actores intere sados, iniciativas que
fortalezcan la democracia municipal; contribuir a la modernización de las Instituciones del municipio,
fortaleciendo sus órganos de gobierno; identificar las ventajas comparativas y comp etitivas de cada región,
con la finalidad de que atraigan más inversión y generen empleos mejor remunerados; impulsar proyectos
detonadores del desarrollo en las localidades municipales, especialmente en la educación y salud d e sus
habitantes, de manera tal que se igualen las oportunidades y se generen las capacidades básicas en las
regiones más atrasadas.
De acuerdo a los antecedentes expuestos, “EL INAFED” y “EL EJECUTIVO DEL ESTADO” otorgan las
siguientes:
DECLARACIONES
I. “EL INAFED” DECLARA POR CONDUCTO DE SU REPRESENTANTE:
I.1. Que es un órgano administrativo desconcentrado de la Secretaría de Gobernación, cuyo objeto es
formular, conducir y evaluar las políticas y acciones de la Administración Pública Federal en materia
de federalismo, descentralización y desarrollo municipal, de conformidad con lo establecido en los
artículos 2o. apartado C fracción II, 69, 72 y 73 del Reglamento Interior de la Secretaría de
Gobernación, publicado en el Diario Oficial de la Federación, el 2 de abril de 2013.
I.2. Que su Coordinador se encuentra debidamente facultado para suscribir el presente instrumento, de
conformidad con lo dispuesto en los artículos 70 fracción V y 73 fracción XIV del Reglamento Interior
de la Secretaría de Gobernación.
I.3. Que señala como su domicilio el ubicado en Calle Roma Número 41, 4o. piso, Colonia Juárez,
Delegación Cuauhtémoc, C.P. 06600, en la Ciudad de México, Distrito Federal.
II. “EL EJECUTIVO DEL ESTADO” POR CONDUCTO DE SU REPRESENTANTE DECLARA:
II.1. Que el Estado de Chihuahua es una Entidad Federativa, parte integrante del Estado M exicano, Libre
y Soberano en cuanto su régimen interior, constituido como un Gobierno Republicano,
Representativo y Popular, en los términos de lo establecido por los Artículos 42, 43 y 116
de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y 1o., 2o., 3o., 30 y 31 de la
Constitución Local.
II.2. El Titular del Ejecutivo Estatal, se encuentra legalmente facultado para suscribir el presente
instrumento, de conformidad con el artículo 93 fracción XLI de la Constitución Política del
Estado Libre y Soberano de Chihuahua y artículo 20 de la Ley Orgánica del Poder Ejec utivo
del Estado de Chihuahua.
II.3. Que el C. Lic. César Horacio Duarte Jáquez, acredita su personalidad como Gobernador
Constitucional del Estado, mediante Decreto No. 1136/2010 XI P.E., expedido por el H. Congreso del
Estado, publicado el 11 de agosto de 2010, en el Periódico Oficial del Estado, que declaró válidas las
elecciones para Gobernador Constitucional del Estado de Chihuahua, que se efectuaron el día 4 de
julio de 2010 y de las que resultó electo para el período comprendido del 04 de octubre de 2010 al 3
de octubre del año 2016, así como el acta de la sesión solemne del H. Congreso del Estado, de
fecha 4 de octubre de 2010, en la que rindió protesta como Gobernador Constitucional del Estado
para el período antes referido.
II.4. Que los artícul os 97 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Chihuahua y 11 de la
Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado de Chihuahua, establecen que los acuerdos, órdenes y
demás disposiciones del Gobernador, para su validez y observancia serán firmadas por el Secretario
General de Gobierno y por el Secretario o Coordinador a que el asunto corresponda.

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