Diario Oficial de la Federación de 29/01/2014 (Contenido completo)

Tomo DCCXXIV No. 22 México, D.F., miércoles 29 de enero de 2014
CONTENIDO
Secretaría de Gobernación
Secretaría de Hacienda y Crédito Público
Secretaría de Energía
Secretaría de Salud
Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano
Consejo de Salubridad General
Instituto de Seguridad y Servicios Sociales
de los Trabajadores del Estado
Banco de México
Avisos
Indice en página 110
$24.00 EJEMPLAR
2 (Primera Sección) DIARIO OFICIAL Miércoles 29 de enero de 2014
PODER EJECUTIVO
SECRETARIA DE GOBERNACION
DECRETO por el que se crea la Coordinación Nacional Antisecuestro.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Presidencia
de la República.
ENRIQUE PEÑA NIETO, Presidente de los Estados Unidos Mexicanos, en ejercicio de la facultad que me
confiere el artículo 89, fracción I, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, con
fundamento en los artículos 21, de la propia Constitución; 1, 2, 17, 26 y 2 7 de la Ley Orgánica de la
Administración Pública Federal; 2, 3, 4, 7, fracciones II, III, VIII, IX y XIII, 8 y 9, de la Ley General del Sistema
Nacional de Seguridad Pública; 1, 21, 40, 44 y 45 de la Ley General para Prevenir y Sa ncionar los Delitos en
Materia de Secuestro, Reglamentaria de la fracción XXI del artículo 73 de la Constitución Política de los
Estados Unidos Mexicanos, y
CONSIDERANDO
pública es una función a cargo de la Federación, el Distrito Federal, los Estados y los Municipios,
que comprende la prevención de los delitos; la investigación y persecución para hacerla efectiva, así como la
sanción de las infracciones administrativas, en los términos de la ley, en las respectivas competencias que la
Constitución señala;
Que en el mismo precepto constitucional se prevé que el Ministerio Público y las instituciones policiales
de los tres órdenes de gobierno deberán coordinarse entre sí para cumplir con los objeti vos de la seguridad
pública;
Que el Plan Nacional de Desarrollo 2013-2018 establece la meta nacional “Un México en P az” que
garantice el avance de la democracia, la gobernabilidad y la seguridad de su población, la cual res ponde a un
nivel de inseguridad que atenta contra la tranquilidad de los mexicanos y que, en ocasiones, ha incrementado
los costos de producción de las empresas e inhibido la inversión de largo plazo, motivo por el cual es
prioritario, en términos de seguridad pública, abatir los delitos que más afectan a la ciudadanía -secuestro,
extorsión y robos con violencia-, mediante la prevención del delito y l a transformación institucional de las
fuerzas de seguridad y, en este sentido, busca disminuir los factores de riesgo asociados a la criminalidad,
fortalecer el tejido social y las condiciones de vida para inhibir las c ausas del delito y la violencia, así como
construir policías profesionales, un Nuevo Sistema de Justicia Penal y un sistema efectivo de reinserción
social de los delincuentes;
Que el Programa Sectorial de la Secretaría de Gobernación 2013-2018 prevé que las estrategias y líneas
de acción propuestas en el sector para mejorar las condiciones de seguridad y justicia, se enmarcan en la
nueva política pública de seguridad y justicia definida por el Gobierno de la República, y ésta tiene como
propósitos fundamentales la reducción de la violencia, el combate a los delitos que más vulneran a la
sociedad y el restablecimiento de la armonía social en nuestro país;
Que el Gobierno Federal debe contribuir de manera eficaz al restablecimiento del orden y la seguridad y,
para tales efectos, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 27, fracción I, de la Ley Orgánica de la
Administración Pública Federal, el Ejecutivo Federal a mi cargo puede acordar que la Secretaría de
Gobernación coordine a los funcionarios de la Administración Pública Federal para el c umplimiento del objeto
del presente Decreto;
Que el artículo 27, fracción XVIII, de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal determina que a
la Secretaría de Gobernación corresponde auxiliar a las autoridades federales, estatales, municipale s y del
Distrito Federal competentes, que soliciten apoyo en el marco del Sistema Nacional de Seguridad Pública, en
la protección de la integridad física de las personas y la preservación de sus bienes; reforzar, cuando así lo
soliciten, la tarea policial y de seguridad de los municipios y localida des rurales y urbanas que lo requieran;
intervenir ante situaciones de peligro cuando se vean amenazados por aquéllas que impliquen vio lencia o
riesgo inminente; promover la celebración de convenios entre las autoridades federales, y de éstas con las
estatales, municipales y del Distrito Federal competentes, en aras de lograr la efectiva coordinación y
funcionamiento del Sistema Nacional de Seguridad Pública y el combate a la delincuencia, y establecer
acuerdos de colaboración con instituciones similares, en los términos de las disposiciones aplicables;
Que la fracción XIX del artículo 27 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal establece que
corresponde a la Secretaría de Gobernación auxiliar, cuando así lo requieran, para el debido ejercicio de sus
funciones, a los órganos de gobierno, entidades federativas y municipios, y a la Procuraduría General de la
República, en la investigación y persecución de los delitos;
Miércoles 29 de enero de 2014 DIARIO OFICIAL (Primera Sección) 3
Que la fracción XX del artículo 27 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal prevé que
corresponde a la Secretaría de Gobernación aplicar las políticas de prevención del delito y reconstrucción del
tejido social de las comunidades afectadas por fenómenos de delincuencia recurrente o generalizada, en
coordinación con las autoridades competentes federales, estatales y municipales; fomentar la participación
ciudadana en la formulación de planes y programas de prevención e n materia de delitos federales, así como
facilitar la participación social para el desarrollo de actividades de vigilancia sobre el ejercicio de sus
atribuciones en materia de seguridad pública; y atender de manera expedita las denuncias y quejas
ciudadanas con relación al ejercicio de estas atribuciones;
Que de conformidad con el artículo 27, fracción XXVII, de la Ley Orgánica de la Administración Pública
Federal compete a la Secretaría de Gobernación coordinar, operar e impulsar la mejora continu a del sistema
de información, reportes y registro de datos en materia criminal; desarrollar las políticas, normas y sistemas
para el debido suministro permanente e intercambio de información en materia de seguridad pública entre las
autoridades competentes; y establecer un sistema destinado a obtener, analizar, estudiar y procesar
información para la prevención de delitos, mediante métodos que garanticen el respeto a los derechos
humanos;
Que adicionalmente, el artículo 27, fracción XXVIII, de la citada Ley prevé que corresponde a la Secretaría
de Gobernación establecer mecanismos e instancias para la coordinación integral de las tareas y cuerpos de
seguridad pública y policial, así como para el análisis y sistematización integral de la investigación
e información de seguridad pública y de seguridad nacional en el marco del Sistema Nacional de Seguridad
Pública;
Que en el marco de los acuerdos adoptados por el Consejo Naci onal de Seguridad Pública, es necesario
contar con una estrategia inmediata para contener y disminuir los índices que se r egistran del delito de
secuestro;
Que en la Primera Sesión Extraordinaria 2014 de la Comisión Permanente de Prevención del Delito y
Participación Ciudadana del Consejo Nacional de Seguridad Pública, del diecisiete de enero, se acordó
encomendar a la Secretaría de Gobernación la coordinación y seguimiento d e las acciones necesarias para
prevenir, investigar, sancionar y abatir el delito de secuestro, a través de la Coordinación Nacional
Antisecuestro y la creación de un Comité Especial de Seguimiento y Evaluación de las acciones
implementadas por dicha Coordinación;
Que en la Primera Sesión Extraordinaria 2014 de la Comisión Permanente de Información del C onsejo
Nacional de Seguridad Pública, celebrada el diecisiete de enero, se acordó la adhe sión a los acuerdos
adoptados por la Comisión Permanente de Prevención del Delito y Participación Ciudadana d el citado
Consejo, referidos en el considerando anterior, y
Que en virtud de lo anterior, es indispensable la creación de un órgano administrativo desconcentrado
adscrito a la Secretaría de Gobernación, que cuente con las facultades necesarias para coordinar las acciones
para abatir el delito de secuestro de manera más eficiente, rápida y directa, en el marco de la coordinación
que establece el artículo 21 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, por lo que he tenido
a bien emitir el siguiente
DECRETO POR EL QUE SE CREA LA COORDINACIÓN NACIONAL ANTISECUESTRO
PRIMERO.- Se crea la Coordinación Nacional Antisecuestro, como un órgano administrativo
desconcentrado de la Secretaría de Gobernación.
Para efectos de este Decreto, se entiende por secuestro, las conductas tipificadas en la Ley General para
Prevenir y Sancionar los Delitos en Materia de Secuestro, Reglamentaria de la fracción XXI del artículo 73 de
SEGUNDO.- La Coordinación Nacional Antisecuestro tendrá por objeto coordinar los esfuerzos de
vinculación, operación, gestión, evaluación y seguimiento de las acciones entre las dependencias
responsables de la seguridad pública del Gobierno Federal, de los gobiernos estatales y del Gobierno del
Distrito Federal, de conformidad con el sistema de distribución de competencias que establece la Cons titución
Política de los Estados Unidos Mexicanos y los ordenamientos legales aplicables, en el marco de la es trategia
nacional para combatir el delito de secuestro.
TERCERO.- Al frente de la Coordinación Nacional Antisecuestro habrá un Coordin ador, quien será
nombrado y removido por el Secretario de Gobernación.
La Coordinación Nacional Antisecuestro contará con la estructura necesaria para el cumplimiento
de sus funciones.

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR